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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de noviembre de 2008 384146 Dicha autorización es por el periodo de cincuenta y ocho (58) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiéndose efectuar la contratación del servicio mencionado en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4°.- DISPONER, que la Ofi cina General de Administración del INPE comunique a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5°.- REMITIR, copias al Órgano de Control Institucional a fi n de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de la Situación de Desabastecimiento que se aprueba. Artículo 6°.- DISTRIBUIR, copia de la presente Resolución a la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín del INPE y a las instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.LEONARDO CAPARROS GAMARRA Presidente )e)Consejo Nacional Penitenciario 283563-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Ratifican a Vocales y a Presidente de la Sala Colegiada de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERGMIN Nº 655-2008-OS/CD Lima, 14 de noviembre de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 067-2008-OS/CD se aprobó el Reglamento de los Órganos Resolutivos de OSINERGMIN, cuerpo normativo que rige la actuación de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios – JARU de OSINERGMIN; Que, conforme a lo establecido por el tercer párrafo del artículo 5º del Reglamento antes mencionado, el plazo de designación de los Vocales de la JARU es de dos años renovables; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 321-2004-OS/CD de fecha 23 de noviembre de 2004, ratifi cada mediante Resolución de Consejo Directivo N° 617-2006-OS/CD del 16 de noviembre de 2006, se designó a seis (6) de los siete (7) Vocales que integran la JARU; Que, asimismo, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 114-2006-OS/CD, ratifi cada mediante Resolución N° 338-2008-OS/CD del 3 de abril de 2008 se ratifi có al doctor Eloy Espinosa-Saldaña Barrera como Vocal y Presidente de la Sala Colegiada de la JARU hasta el 1 de abril del año 2010;De conformidad con el artículo 52º inciso d) del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y el Reglamento de los Órganos Resolutivos de OSINERGMIN, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 067-2008-OS/CD; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ratifi car como Vocales de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios – JARU – a los siguientes profesionales: Sala Colegiada:- Dr. José Luis Sardón de Taboada. - Ing. Pedro Villa Durand. Sala Unipersonal Nº 1- Dr. Fabricio Orozco VélezSala Unipersonal Nº 2- Ing. Ricardo Braschi O’ HaraVocales Suplentes:- Dra. Claudia Díaz Díaz - Ing. Jorge Cárdenas Bustíos. Artículo 2º.- Ratifi car en el cargo de Presidente de la Sala Colegiada de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios – JARU al Dr. Eloy Espinosa-Saldaña Barrera conforme a los términos de la Resolución N° 338-2008-OS/CD. Artículo 3º.- Declarar que la ratifi cación prevista en el Artículo 1° de la presente resolución tendrá vigencia desde la fecha de culminación de su actual período de designación hasta el 23 de noviembre de 2010, conforme a lo previsto en el artículo 5° del Reglamento de los Órganos Resolutivos. Artículo 4º.- La presente resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 283803-1 Aprueban el “Procedimiento de Fijación de Tarifas de Distribución de Gas Natural en Lima y Callao para el período 2009 - 2013” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 0660-2008-OS/CD Lima, 27 de noviembre de 2008CONSIDERANDO:Que, el 28 de abril de 2008, con la presentación de la propuesta tarifaria de la empresa concesionaria Gas Natural de Lima y Callao S.A. (en adelante Cálidda), se dio inicio al “Procedimiento para Fijación de la Tarifas de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos para la concesión de Lima y Callao para el período 2008-2012”, habiéndose desarrollado dicho procedimiento conforme a lo dispuesto en el Anexo F del Texto Único Ordenado y Concordado de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobado mediante Resolución OSINERGMIN Nº 775-2007-OS/CD hasta llegar a la etapa de publicación del respectivo proyecto de resolución que fijaba las tarifas, dispuesta mediante Resolución OSINERGMIN Nº 610-2008-OS/CD, expedida el 25 de setiembre de 2008 y publicada en el Diario El Peruano el 29 de setiembre de 2008; Que, la prepublicación de la tarifa prevista en la Resolución OSINERGMIN N° 610-2008-OS/CD, no llegó a tener efi cacia por mandato del Artículo 3° del Decreto Descargado desde www.elperuano.com.pe