Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2008 (29/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
OSINERGMIN
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SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de noviembre de 2008

Modifican la Res. Nº 639-2008-OS/CD

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 662-2008-OS/CD MORDAZA, 27 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 29º de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, ha creado el Precio a Nivel Generacion, que debe ser aplicado a los consumidores finales de electricidad localizados en el Peru, y que son sujetos a regulacion de precios por la energia o potencia que consumen. Dicho Precio a Nivel Generacion es calculado como el promedio ponderado de los precios de los Contratos sin Licitacion y de los Contratos resultantes de Licitaciones; Que, el Articulo 29º citado en el parrafo precedente ha dispuesto, asimismo, el establecimiento de un mecanismo de compensacion entre Usuarios Regulados del MORDAZA, con la finalidad que el Precio a Nivel Generacion sea unico, excepto por las perdidas y la congestion de los sistemas de transmision; Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2007-EM se aprobo el "Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuarios Regulados del SEIN". Dicho Reglamento dispone que OSINERGMIN apruebe los procedimientos necesarios para calcular el Precio a Nivel Generacion y determinar el programa de transferencias entre empresas aportantes y receptoras del mecanismo de compensacion; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 180-2007OS/CD se aprobo la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados", la cual contiene los criterios y procedimientos para la aplicacion de los Precios a Nivel Generacion y, para la aplicacion y administracion del Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados del Sistema Electrico Interconectado Nacional establecidos mediante la citada Ley Nº 28832; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 6392008-OS/CD se aprobo el calculo de los Precios a Nivel Generacion aplicables al trimestre Noviembre 2008 ­ Enero 2009, asi como el mecanismo para trasladar hacia los Usuarios Regulados, las variaciones de los precios de generador a distribuidor; Que, como resultado de la aplicacion de la resolucion mencionada en el considerando anterior, se ha observado que es conveniente que las variaciones que se produzcan en los precios de adquisicion de energia, por parte de las distribuidoras a las empresas de generacion, se trasladen en la medida de lo posible de manera inmediata a las tarifas aplicables por las distribuidoras a los clientes finales sujetos a regulacion de precios. Asimismo, que este traslado requiere ser lo mas preciso posible para reducir el Saldo por Compensacion que se debe agregar en el siguiente periodo de calculo; Que, en ese sentido, corresponde modificar el mecanismo para trasladar hacia los Usuarios Regulados, las variaciones de los precios de generador a distribuidor, aprobado mediante la Resolucion OSINERGMIN N° 639-2008-OS/CD, para su aplicacion a partir del mes de diciembre del presente ano y durante la vigencia de la mencionada resolucion; Que, finalmente, se han expedido el informe N° 04902007-GART de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN y el informe N° 0495-2007-GART de la Asesoria Legal de la GART, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el articulo 3º, numeral 4, de la LPAG; y De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica y en sus normas complementarias; y, en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Articulo 1°.- Modificar el numeral 1.3 del Articulo 1° de la Resolucion OSINERGMIN N° 639-2008-OS/CD, a partir del 01 de diciembre de 2008, de acuerdo con lo siguiente: "1.3 FORMULA DE REAJUSTE DE LOS PRECIOS A NIVEL GENERACION Los Precios a Nivel Generacion seran actualizados a partir del mes de diciembre de 2008 utilizando las siguientes Formulas: PENP = PENP0 * FA PENF = PENF0 * FA PPN FA VPB VPL = PPN0 * FA = 0,4*VPB + 0,6*VPL = (PPM/(7,2*0,8) + 0,2*PEMP + 0,8*PEMF)/13,36 = 0,232 (a * FTP + b * FPM) + 0,768 (d * FTP + e * FD2 + f * FR6 + g * FPGN + cb * FCB) = (TC / TCo)*(IPP/IPPo) = IPM / IPMo = PD2 / PD2o = PR6 / PR6o

FTP FPM FD2 FR6

FPGN = PGN/PGNo FCB Donde a b d e f g cb FA = = = = = = = = 0,7846 0,2154 0,1173 0,0310 0,1378 0,5667 0,1471 Factor de actualizacion de precios. Sera redondeado a cuatro digitos decimales. Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta publicado en la presente resolucion. Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta publicado en la presente resolucion. Precio de Potencia a Nivel Generacion publicado en la presente resolucion. Precio a Nivel Generacion de la Energia en Horas de Punta actualizado, expresado en centimos de S/./kW.h y redondeado a dos cifras decimales. Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas Fuera de Punta actualizado, expresado en centimos de S/./kW.h y redondeado a dos cifras decimales. Precio de Potencia a Nivel Generacion actualizado, expresado en S/./kW y redondeado a dos cifras decimales. Precio de la Potencia de Punta a Nivel Generacion en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en S/./kW-mes, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolucion OSINERGMIN N° 341-2008-OS/CD. Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas de Punta en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en S/./kW-mes, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolucion OSINERGMIN N° 341-2008-OS/CD. Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas Fuera de Punta en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en S/./kW-mes, obtenido de acuerdo con lo establecido en la Resolucion OSINERGMIN N° 341-2008-OS/ CD. MORDAZA de Cambio. Valor de referencia para el Dolar de los Estados Unidos de MORDAZA, determinado la Superintendencia de Banca y Seguros del = PCB/PCBo

PENP0 = PENF0 = PPN0 = PENP =

PENF =

PPN PPM

= =

PEMP =

PEMF =

TC

=

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