Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2008 (03/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de octubre de 2008

la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. 083-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 084-2004-PCM, concordante con el Comunicado Nº 03-2005-CG. Articulo 3º.- PUBLIQUESE La presente Resolucion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, asi como en el Diario Oficial el Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes, a partir de la fecha. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA PRO MORDAZA MORDAZA 260121-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Autorizan exoneracion de MORDAZA de seleccion para la adquisicion de materiales de construccion
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 096-2008-CM-MDSS San MORDAZA, 16 de setiembre de 2008. POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de San MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 26 de setiembre de 2008, ha aprobado emitir el presente acuerdo: CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972 Organica de Municipalidades se tiene que los "Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, mediante Informe Nº 128.-2008-GA-MDSS de fecha 25 de Setiembre del 2008, de la Gerencia de Administracion de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, se da cuenta sobre el desabastecimiento inminente de MORDAZA corrugado y cemento, debido a la MORDAZA variacion de precios, lo que ha generado la ausencia de postores y por consiguiente la declaratoria de desierto de los procesos de seleccion, asi como el retraso en la entrega de los bienes pese a haberse otorgado la buena pro; Que, mediante Informe Nº 606-2008-GI-MDSS, de fecha 25 de Setiembre del 2008, emitido por la Gerencia de Infraestructura, en la cual se da cuenta sobre la problematica de desabastecimiento de MORDAZA corrugado y cemento para la construccion de las diferentes obras, al haberse declarado desierto los procesos de seleccion, por el alza MORDAZA y la especulacion de precios por parte de los proveedores, con la consecuencia de paralizar las obras; por lo que ante tal circunstancia se hace necesario se proceda a la exoneracion por desabastecimiento inminente prevista en el Inc. C) del Art. 19 del Texto unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S N° 083-2004-PCM, que establece se proceda a la exoneracion de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: "En situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente ley; Que, de acuerdo a la opinion legal Nº 109-2008GAJ-MDSS, senala que el Art. 21 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D. S Nº 083-2004-PCM; establece lo siguiente: "Se considera situacion de desabastecimiento inminente a aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio y

obra compromete en forma directa o inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades y operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. La aprobacion de la exoneracion en virtud de la causal de situacion de desabastecimiento inminente, no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores cuya conducta hubiere generado o configurado dicha causal..."; Que, de conformidad a lo establecido por el Art. 146 del Reglamento precitado, aprobado por D.S Nº 084-2004-PCM, se requiere el informe tecnico legal, es decir para aprobar mediante acuerdo municipal la exoneracion del MORDAZA de seleccion por desabastecimiento inminente, requiere de uno o mas informes previos que contengan la justificacion tecnica de la procedencia y necesidad de la exoneracion; los que han sido previamente emitidos y que se encuentran adjuntos a la propuesta respectiva; Estando al Informe Nº 128.-2008-GA-MDSS, Informe Nº 606-2008-GI-MDSS y la opinion legal Nº 109-2008GAJ-MDSS expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR, por Unica Vez la exoneracion del MORDAZA de Seleccion por situacion de desabastecimiento inminente, para la adquisicion de:
ITEM CANTIDAD 1 1 86,530.42 59,517 UNID. MEDIDA KILOS BOLSAS DESCRIPCION P.U VALOR REFERENCIAL

MATERIAL DE CONSTRUCCION 6.00 519,182.52 (FIERRO DE ACERO) CEMENTO PORTLAND MORDAZA 1 26.50 1 577,200.50

Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerente de Administracion la ejecucion del presente acuerdo. Articulo Tercero.- DISPONER, que el presente Acuerdo de Consejo Municipal se publique en el Diario Oficial El Peruano, asi como se registre en el SEACE. Articulo Cuarto.- DISPONER, Comunicar el presente Acuerdo mediante Oficio a la Contraloria General de la Republica, al Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Oficina de Control Institucional ­ OCI de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, para los fines de ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 260117-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de Convenio entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Union Economica BelgoLuxemburguesa sobre Promocion y Proteccion Reciproca de Inversiones
Entrada en vigencia del "Convenio entre el Gobierno de la Republica del Peru, por una parte, y la Union Economica Belgo ­ Luxemburguesa, por la otra, sobre Promocion y Proteccion Reciproca de Inversiones", suscrito el 12 de octubre de 2005, en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, ratificado mediante Decreto Supremo Nº 023-2006-RE de 1 de junio de 2006, publicado el 4 de junio de 2006. Entro en vigencia el 11 de setiembre de 2008. 260157-1

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