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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de octubre de 2008 381761 5) En el caso de existir interferencia de vías, deberá cumplir con las normas de seguridad y señalización, de acuerdo al Manual de Dispositivos de Control de Tránsito para calles y carreteras, aprobado por Resolución Ministerial Nº 210-2000-TC, debiendo especifi car los colores, tamaños de las letras y material a utilizar; además deberá colocar señales refl exivas, aproximadamente a 200 m del inicio de obra y a lo largo de esta, cuyas medidas mínimas deberán ser de 0.80 mx 1.20 m. Artículo 11º.- PROHIBICIÓN DE TENDIDO DE REDES DE CABLEADO AEREO Por razones de seguridad y protección de la integridad física de los vecinos, y necesidad de preservar un espacio público en un entorno saludable; queda prohibida la instalación de tendido de redes de cableado aéreo de telecomunicaciones, eléctricos y afi nes, dentro del distrito del Cercado Callao. La Municipalidad autorizará únicamente el mantenimiento del cableado, lo cual no implica bajo ningún concepto que esta autorización comprenda el incremento o ampliación del mismo. TITULO IV DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES CAPITULO I DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primero.- OBLIGACION DE RETIRAR INFRAESTRUCTURA EN DESUSO Al haberse detectado que en el Callao, existen muchas redes de cableado aéreo en desuso, generando contaminación visual, lo cual impacta negativamente en el espacio público y genera deterioro del paisaje urbano de las calles; se otorga a los operadores o empresas concesionarias de servicios públicos, un plazo de 60 días útiles que correrá a partir de la fecha que entre en vigencia la presente Ordenanza, a efectos de proceder al retiro de estas redes de cableado aéreo que se encuentren en desuso y dentro del distrito Cercado Callao. Vencido el plazo la Municipalidad Provincial del Callao, mediante carta notarial comunicará a los operadores o empresas concesionarias de servicios públicos, que se procederá a elaborar el Cronograma para la revisión y retiro de estas redes de cableado aéreo en desuso; acción que será coordinada con los Organismos e Instituciones de los sectores encargados de regular y controlar a las empresas de servicios públicos correspondientes, eximiéndose de responsabilidad alguna, si en el proceso de retiro uno de estos cables, puede estar dando servicios. Segundo.- COBRANZA POR LA VIA COACTIVA Los gastos que se puedan generar por estas labores no ocasionarán perjuicio económico a la municipalidad, dado que los mismos serán cobrados a los operadores o empresas concesionarias de servicios públicos mediante la vía coactiva, según la normatividad del caso. CAPITULO II DISPOSICIONES FINALES Primero.- Declarase que las normas que se opongan a la presente Ordenanza no tienen aplicación en la Provincia Constitucional del Callao. Segundo.- Facúltese al Alcalde Provincial para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias y reglamentarias de la presente Ordenanza. Tercero.- Eliminarse los procedimientos Núms. 37.1, 37.2, 37.3 y 37.4 a efectos de modificar el procedimiento denominado “Ejecución de obras en áreas de dominio público en el Cercado del Callao y en las vías expresas, arteriales y colectoras de la Provincia Constitucional del Callao”; y modificar el procedimiento 38 denominado “Certificado de Conformidad de Obra (ejecución en vía pública), ambos correspondientes al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Unidad Orgánica de la Gerencia General de Desarrollo Urbano aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000038 publicado el 25 de julio del 2008, de acuerdo al Anexo adjunto. Cuarto.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO:Se registe, comunique y publique.FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 265644-1 Aprueban reordenamiento de nume- ración de las cuadras que comprende la avenida Quilca ubicadas en el Cercado del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000059 Callao, 15 de setiembre de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 15 de setiembre de 2008, Aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 8 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, la Ordenanza Municipal N° 000049 establece la regularización y simplificación de procedimientos para las edificaciones en Asentamientos Humanos y/o Urbanizaciones Populares que cuenten con titulación; Que, el Memorando Nº 2067-2008-MPC-GGDU, emitido por la Gerencia General de Desarrollo Urbano, remite a la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación el proyecto de Ordenanza que aprueba el Reordenamiento de Numeración de la avenida Quilca – Cercado del Callao, que comprende desde el inicio en la intersección con la avenida Elmer Faucett, las dieciséis cuadras de su trayectoria, hasta su final, que es el cruce con el jirón Las Codornices - Callao y el jirón Leonardo Ortiz Salcedo perteneciente a la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres; dando lugar al otorgamiento de los Certificados de Nomenclatura y Numeración de forma gratuita y sin trámite alguno; Que, el Concejo Provincial del Callao, en la sesión de la fecha, adoptó el Acuerdo de Concejo N° 000227, el mismo que aprobó el Reordenamiento de Numeración de las cuadras que comprende la avenida Quilca ubicadas en la jurisdicción Cercado del Callao, en toda su extensión, desde su inicio en la intersección con la avenida Elmer Faucett hasta el final de su trayectoria constituida por dieciséis cuadras, teniendo como antecedente el Informe Nº 0965-2008-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opinando que es procedente la aprobación de la referida ordenanza; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao, ha dado la siguiente:Descargado desde www.elperuano.com.pe