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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (18/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de octubre de 2008 381757 Que el artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala entre las materias de competencia ambiental municipal, la planifi cación del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo distrital, la protección y conservación del ambiente; así como la formación, aprobación, ejecución y monitoreo de los planes y políticas locales en materia ambiental en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN Y EL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo Único.- CRÉASE la Comisión Ambiental Municipal - CAM como la instancia de gestión ambiental del distrito de San Juan de Mirafl ores, encargada de coordinar y concertar la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los sectores público, privado y sociedad civil. La cual tendrá por norma el presente Reglamento: Artículo 1º.- De la Comisión Ambiental Municipal La Comisión Ambiental Municipal – CAM, del distrito de San Juan de Mirafl ores es el órgano de coordinación y concertación de la política y gestión ambiental en el ámbito del distrito, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre todos los actores locales, articulando sus políticas ambientales con la Comisión Ambiental Regional – CAR – LIMA, y el Ministerio del Ambiente. Artículo 2º.- De sus funciones La Comisión Ambiental Municipal del distrito de San Juan de Mirafl ores tiene las siguientes funciones: a. Ser la instancia de concertación de la política y sistema ambiental local en coordinación con las Comisiones Ambientales Provincial y Regional. b. Elaborar participativamente el Plan de Acción Ambiental (de largo plazo) y la Agenda Ambiental Local (de corto plazo) que serán aprobados por el gobierno local. c. Impulsar en forma efectiva diversos mecanismos de participación de la sociedad civil en la gestión ambiental local. d. Elaborar propuestas, velar por su aplicación y evaluación y mejora continua de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales. e. Lograr compromisos concretos de las instituciones y sectores integrantes en base a una visión compartida del desarrollo sostenible local. f. Facilitar la concertación y el tratamiento apropiado para la resolución de confl ictos ambientales. g. Representar a las necesidades e intereses del distrito en la gestión ambiental provincial y regional. h. Plantear las propuestas del distrito en la gestión ambiental provincial y regional. i. Canalizar la efectiva participación del sector educativo, salud y medios de comunicación para la difusión y ejecución de la política ambiental local. j. Promover y establecer mecanismos de apoyo, trabajo y participación, coordinando con sus distintos integrantes, a favor de la gestión ambiental, en base al Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local. k. Promover la educación y la conciencia ambiental en todo el ámbito del distrito. Artículo 3º.- De sus miembros La Comisión Ambiental Municipal del distrito de San Juan de Mirafl ores, se encuentra constituida por los siguientes miembros: 1). 1 Representante de la Municipalidad 2). 1 Representante de la UGEL Nº 01 3). 1 Representante de la Red de Salud 4). 1 Representante de ONGs5). 1 Representante del Sector Industrial6). 2 Representantes del Consejo de Desarrollo Zonal- CDZ7). 1 Representante del CCLD 8). 1 Representante del Sector Comercial9). 1 Representante de los Institutos Superiores Artículo 4º.- De su representación La Comisión Ambiental Municipal - CAM, representa a las personas, instituciones públicas y privadas con responsabilidad, competencia e interés en la problemática ambiental del distrito. Las instituciones conformantes de la CAM, deberán designar un representante titular y alterno, mediante comunicación escrita, la misma que debe ser suscrita por el directivo del más alto nivel. Artículo 5º.- De los instrumentos de gestión ambiental La aprobación de los instrumentos de gestión ambiental distrital debe contar con la opinión favorable de la Comisión Ambiental Municipal, sin perjuicio de la intervención de las instituciones públicas y privadas, y órganos de base representativos de la Sociedad Civil. Los instrumentos de gestión ambiental distrital deben guardar estricta concordancia con los aprobados para el ámbito nacional, regional, y provincial, de conformidad con el Art. 26 de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental – Ley Nº 28245 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 265638-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Convocan al II Matrimonio Civil Comunitario 2008 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 022-2008/MDSMP San Martín de Porres, 14 de octubre del 2008EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento al Plan Operativo Institucional 2008 de la Entidad, corresponde convocar la realización del II Matrimonio Civil Comunitario 2008; Que, el principal objetivo de esta convocatoria es regularizar la situación convivencial de muchos vecinos sanmartinianos, brindándoles las máximas facilidades al respecto; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 248 y siguientes del Código Civil vigente, corresponde al alcalde celebrar los matrimonios y demás actos inherentes al mismo; De conformidad con los artículos 20, Inc. 6) y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como artículos 248, 252 y demás concordantes del Código Civil vigente; DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR al II Matrimonio Civil Comunitario 2008, a realizarse el 06.DICIEMBRE.2008, Descargado desde www.elperuano.com.pe