Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2008 (18/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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Que, asimismo debe entenderse que las entidades y empresas del subsector hidrocarburos que realizan actividades de produccion de gas natural deberan autoliquidar y pagar la referida contribucion a partir del periodo octubre 2005, la misma que sera equivalente al 0.42% de su facturacion mensual, deducido el Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal;" (...)

Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana Aerea del Callao, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAENZ. Registrese, comuniquese y publiquese. ROSSANA MORDAZA MORDAZA Intendente (e) Intendencia Aduana Aerea del Callao 265590-1

Que, tomando en cuenta que las empresas productoras de gas natural deben regularizar el cumplimiento de la obligacion de autoliquidar y pagar el Aporte por Regulacion a partir del periodo octubre 2005, resulta imprescindible y urgente aprobar un MORDAZA formulario y su correspondiente cartilla de instruccion que posibiliten dicho cumplimiento, por lo que corresponde exceptuar a la presente MORDAZA de la obligacion de prepublicacion; (...)"

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Modifican Ordenanza Regional que aprobo conformacion del Consejo Regional de Desarrollo Humano COREDH y aprueban su Reglamento de Organizacion y Funciones
ORDENANZA REGIONAL Nº 220GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional de la Region Amazonas, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de setiembre del 2008, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 1) del articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por el articulo unico de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, se dispone crear los Gobiernos Regionales; y conforme a lo establecido por el articulo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, estos emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; Que, es competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales consagrada en el articulo 10º y 32º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, planificar el desarrollo integral de su region y contar con un Plan Regional de Desarrollo Concertado; Que, en concordancia con su mision institucional, el Gobierno Regional de Amazonas ha planteado la actualizacion del Plan Regional de Desarrollo Concertado de Amazonas, en coordinacion con la Mesa de Concertacion para la Lucha contra la Pobreza de Amazonas y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF); Que, segun Ordenanza Regional Nº 199 se crea el Consejo Regional de Desarrollo Humano (COREDH) como organo consultivo, de concertacion, coordinacion y articulacion entre las politicas, programas y proyectos de desarrollo, organizado con competencias en el ambito de la Region Amazonas; Que, existe la necesidad de generar una sinergia que comprometa al Gobierno Regional de Amazonas,

Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de OSINERGMIN (www.osinerg.gob.pe). MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Consejo Directivo y Encargado de la Presidencia OSINERGMIN 266171-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana Aerea del Callao
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 235 3E0000/2008-000070 Callao, 9 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, resulta necesario la designacion de nuevos Auxiliares Coactivos en la Intendencia de Aduana Aerea del Callao para garantizar el normal funcionamiento de sus acciones de cobranza coactiva; Que, el articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingreso mediante Concurso Publico; Que, el articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares

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