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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de octubre de 2008 381747 sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 21. FERNANDO ZEVALLOS CABELLO Inhabilitación por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2673-2008-TC-S3 de 22.09.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 22. GRUPO MMV SERVICIOS GENERALES S.A.C. Inhabilitación por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2697- 2008-TC-S3 de 24.09.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 23. GIOVANA DEL PILAR VELARDE CASTRO Inhabilitación por seis (6) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por contratar con el Estado estando impedida para hacerlo, causal tipifi cada en el numeral 4) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2701-2008-TC-S3 de 24.09.2008, sanción que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 24. CROSS MARK SERVICE E.I.R.L. Mediante Resolución N° 2702-2008-TC-S3 de 24.09.2008, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada empresa contra la Resolución N° 2544-2008-TC-S3 de 09.09.2008, que le sanciona con doce (12) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber contratado con el Estado encontrándose impedido para ello y por haber presentado documentos falsos o inexactos, causales tipifi cadas en los numerales 4) y 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM. Artículo Segundo .- Disponer que la Dirección de Plataforma – SEACE incorpore la relación de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de setiembre de 2008 a la página web de la Entidad, www.consucode.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. SANTIAGO B. ANTÚNEZ DE MAYOLO M. Presidente 265555-1 INSTITUTO DEL MAR DEL PERU Designan Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica del IMARPE RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE-Nº 327-2008 Callao, 17 de octubre de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 053-2008-CD/O, adoptado en la Décimo Primera Sesión Ordinaria de fecha 12.09.2008, se aceptó la renuncia al cargo de confi anza de Directora de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, presentada por la Abogada Gisella Vivar Ramírez a partir del 1 de octubre del 2008; Que, se encuentra vacante dicho cargo y por lo tanto, resulta pertinente se designe a un profesional abogado para que lo ocupe; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2001-PE, en su Artículo 9º inciso g) establece que es función del Consejo Directivo aprobar el nombramiento de los Directores y Jefes a propuesta del Director Ejecutivo; Que, la Abogada señora Silvia Simone Dongo Arévalo ha desempeñado cargos de confi anza en el Sector Pesquería y por lo tanto, cuenta con los requisitos profesionales y experiencia requerida para el desempeño del cargo de Directora de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; Que, mediante Acuerdo Nº 054-2008-CD/O, adoptado en la Décimo Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el 15.10.2008, el Consejo Directivo del IMARPE acordó designar a la señora Abogada Silvia Simone Dongo Arévalo en el cargo de confi anza de Directora de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a partir del 20 de octubre del 2008; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 -Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el D.S.Nº 009-2001-PE Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú; Con las visaciones de la Directora (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, del Director (e) de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Evaluación de Gestión y del Director de la Ofi cina de Administración; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar a la Abogada señora SILVIA SIMONE DONGO ARÉVALO en el cargo de confi anza de Directora de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a partir del 20 de octubre de 2008. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución se cargará al Grupo Genérico 1 “Personal y Obligaciones Sociales” del Pliego 240 - IMARPE y Ejercicio Presupuestal 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese.GODOFREDO CAÑOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo 266328-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de septiembre de 2008 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 099-2008-INGEMMET/PCD Lima, 14 de octubre del 2008CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, correspondiéndole al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 05 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET;Descargado desde www.elperuano.com.pe