Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2008 (24/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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se autorizara a las embarcaciones comprendidas en el regimen establecido por la Ley Nº 26920, siempre que se sustituya por otras de MORDAZA, cuya capacidad de bodega estara sujeta al volumen de bodega a sustituir; Que el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, establece que los saldos de capacidad de bodega, que se generen de las embarcaciones sustituidas en las autorizaciones de incremento de flota, asi como en las ampliaciones de permisos de pesca, bajo la modalidad de sustitucion de capacidad de bodega, podran utilizarse de conformidad con lo previsto por el articulo 38º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Asimismo que las autorizaciones de incremento de flota via sustitucion de bodega, no podran exceder de 110 m3 de capacidad de bodega, siendo en lo demas aplicable lo dispuesto en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Ademas establece que las embarcaciones pesqueras que MORDAZA materia de sustitucion, deberan ser desguasadas como requisito previo para el otorgamiento del permiso de pesca a la nueva embarcacion; Que en el MORDAZA de la Ley Nº 26920, por Resolucion Directoral N° 075-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR del 30 de octubre del 2000, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera construida en MORDAZA denominada JHONNY MANUELITO I con matricula CO-18298-CM de 34.87 m3 de volumen de bodega y 8.05 A.N, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 105-98CTAR-PIURA-DIREPE-DR del 28 de diciembre de 1998, se otorgo permiso de pesca al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera JHONNY MANUELITO II de matricula CO-18314-CM con 65.05 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos jurel, caballa, suco, cachema y machete para el consumo humano directo, utilizando MORDAZA con hielo como medio de preservacion y redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm), respectivamente en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que por Resolucion Directoral Nº 095-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR del 13 de noviembre del 2000, se amplio el permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 105-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR del 28 de diciembre de 1998 al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada JHONNY MANUELITO II de matricula CO-18314-CM de 65.05 m3 de volumen de bodega y 17.82 TRN, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 039-2005GRP-420020-100 del 23 de febrero del 2005 se modifico las Resoluciones Directorales Nº 105-98-CTAR PIURA/ DIREPE-DR del 28 de diciembre de 1998, modificada por Resolucion Directoral Nº 095-2000-CTAR PIURA/DIREPEDR del 13 de noviembre del 2000, en el extremo referido al volumen de capacidad de bodega correspondiente a la embarcacion pesquera JHONNY MANUELITO II de matricula CO-18314-CM, reconociendose el volumen de 75.03 m3; Que la embarcacion pesquera JHONNY MANUELITO I con matricula CO-18298-CM con 34.87 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto, publicados en el literal J del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 0852007-PRODUCE. Asimismo, la embarcacion JHONNY MANUELITO II de matricula CO-18314-CM de 75.03 m3 de capacidad de bodega se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para el consumo humano indirecto y los recursos caballa, jurel, machete, suco y cachema para consumo humano directo, publicado en el literal N del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE. Asimismo, se encuentran consignadas con

permisos de pesca vigente, en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion; Que no obstante lo manifestado en el parrafo anterior, con respecto a la embarcacion JHONNY MANUELITO II de matricula CO-18314-CM, se indica que a traves de la Resolucion Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/ DGEPP de fechas 14 y 15 de noviembre del 2007, se ha resuelto caducar los permisos de pesca de diversas embarcaciones pesqueras, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto; encontrandose en dicha relacion, la embarcacion pesquera JHONNY MANUELITO II de matricula CO-18314-CM; quedando MORDAZA que la referida embarcacion solo contaria con permiso de pesca unicamente con acceso a los recursos anchoveta, sardina, cachema, machete y suco, al haberse caducado el permiso de pesca en el extremo de los recursos jurel y caballa; Que la Resolucion Ministerial Nº 195-2001-PE de fecha 4 de MORDAZA del 23001, resuelve suspender el otorgamiento de autorizaciones de incremento de flota y de nuevos permisos de pesca para el acceso de embarcaciones pesqueras de mayor y menor escala a las especies, entre otros, machete y MORDAZA, cuyo acceso a dichas pesquerias conllevaria a la desestabilizacion de los recursos hidrobiologicos, toda vez que afectaria el equilibrio del sistema costero; recursos costeros asociados a la actividad artesanal; Que a traves del escrito Nº 00058032 del 17 de agosto del 2007, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA VICTORA MORDAZA DE MORDAZA, solicitan autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion JHONNY MANUELITO II de matricula CO-18314-CM de 75.03 m3, via sustitucion y aplicacion de la capacidad de bodega de 34.87 m3 que posee la embarcacion pesquera JHONNY MANUELITO I de matricula CO-18298-CM; solicitando ademas se deje en suspenso el permiso de pesca correspondiente en el extremo que concede para consumo humano directo: caballa, jurel, machete, suco y cachema; y para consumo humano indirecto: sardina; Que asimismo mediante el escrito con registro Nº 00073817 del 26 de octubre del 2007, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, solicitan que se incorpore a la citada conyuge tambien como titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera JHONNY MANUELITO II de matricula CO-18314-CM, encausando su requerimiento como un cambio de titular del permiso de pesca; solicitud que posteriormente lo hace tambien para el caso de la embarcacion JHONNY MANUELITO I de matricula CO-18298-CM; Que posteriormente, los administrados a traves del escrito del 7 de MORDAZA del 2008, formulan renuncia con caracter notarial al derecho administrativo de permiso de pesca de la embarcacion JHONNY MANUELITO II de matricula CO-18314-CM, en el extremo referido al recurso sardina; Que el articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley General del Procedimiento Administrativo General, establece que la Autoridad responsable de la instruccion, por propia iniciativa o a instancia de los administrados, dispone mediante resolucion irrecurrible la acumulacion de los procedimientos en tramite que guarden conexion; Que las solicitudes de los recurrentes han sido formulados conforme a los procedimientos 6 y 12-A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demas normas modificatorias, y en virtud a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE publicada con fecha 21 de febrero del 2007; Que de la evaluacion efectuada al expediente presentado, se determina que los recurrentes han presentado los requisitos establecidos en los procedimientos Nºs. 6 y 12-A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demas normas modificatorias, asi como los requisitos sustantivos de la normatividad pesquera vigente; por lo que seria viable aprobar a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA el cambio de titular de permiso de pesca de las embarcaciones JHONNY MANUELITO I de matricula CO-18298-CM y JHONNY MANUELITO II de matricula CO-18314-CM. Asimismo, autorizar el incremento de flota

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