Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2008 (24/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2008

relacion entre si, por lo que se resulta conveniente su evaluacion conjunta; Que mediante los escritos a que se hace referencia en el MORDAZA considerando, se ha tomado conocimiento que la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula CO-0622-PM, sufrio siniestro que ocasiono la perdida total de la embarcacion, conforme se senala en la Resolucion de Capitania Nº 095-2008, de fecha 20 de junio del 2008, emitida por la Capitania de Puerto del Callao, a traves del cual se declara la perdida total de la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula CO-0622-PM, por lo que se considera que bajo dicha circunstancia no es factible otorgar el cambio de titular del permiso de pesca, por lo que la solicitud efectuada por la empresa PESQUERA EXALMAR S.A., deviene en improcedente; Que con relacion a la solicitud de autorizacion de incremento de incremento para la construccion de una embarcacion pesquera de 429.58 m3, via sustitucion entre otra-de la embarcacion pesquera DON MORDAZA, cabe indicar que de conformidad con los documentos presentados por la empresa solicitante y ademas de conformidad con lo establecido por el numeral 2 del Articulo 344º de la Ley General de Sociedad, la empresa PESQUERA EXALMAR S.A. se encuentra legitimada para solicitar el incremento de flota via sustitucion de la embarcacion pesquera siniestrada con perdida total, de acuerdo a los alcances establecidos por el Articulo 18º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que de la evaluacion efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA de matricula CE-1837-CM y autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera, via sustitucion total de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA y DON MORDAZA, presentado por la administrada se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos Nº 6 y 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; asi como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente correspondiente; por lo que es procedente aprobar el cambio de titular de permiso de pesca y la autorizacion de incremento de flota solicitados; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 5092008-PRODUCE/DGEPP-Chi de fecha 01 de setiembre de 2008 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, sus modificatorias y ampliatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, y demas normas complementarias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula CO-0622PM, en razon a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA de matricula CE1837-CM y con 182.07 m3 de capacidad de bodega para la extraccion del recurso anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; reconociendose como titular del permiso de pesca de la referida embarcacion a la empresa PESQUERA EXALMAR S.A. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA otorgado a PESQUERA LA MORDAZA S.A.C.; e incorporar a la empresa PESQUERA EXALMAR S.A. como el MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion MORDAZA de matricula CE-1837-CM, asi como la presente Resolucion, al literal A del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE.

Articulo 4º.- Otorgar a la empresa PESQUERA EXALMAR S.A. autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de 492.58 m3, via sustitucion total de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera no siniestrada MORDAZA de matricula CE-1837-CM y 182.07 m3 de capacidad de bodega y con autorizacion para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, y de la embarcacion pesquera denominada DON MORDAZA de matricula CO-0622-PM y 310.51 m3 de capacidad de bodega y con autorizacion para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, esta MORDAZA siniestrada con perdida total. Articulo 5º.- La autorizacion otorgada por el articulo precedente se regira de acuerdo a lo senalado en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 6º.- Ejecutada la autorizacion de incremento de flota otorgada, dentro de los plazos previstos y senalados en el articulo precedente, la empresa PESQUERA EXALMAR S.A., deberan solicitar dentro del plazo de un (1) ano, el permiso de pesca de la nueva embarcacion pesquera; bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la citada autorizacion. Articulo 7º.- La embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CE-1837-CM, podra operar hasta que la embarcacion objeto de la presente autorizacion de incremento de flota se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca y obtenga el permiso de pesca correspondiente. Articulo 8º.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcacion pesquera denominada DON MORDAZA de matricula CO-0622-PM y excluirla de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Incluir la presente Resolucion en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 9º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 268078-17 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 582-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 29 de septiembre del 2008

Visto los Escritos con Registro Nº 00056196 del 01 de agosto y 12 de septiembre del 2008 presentados por MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORALES. CONSIDERANDO: Que en el MORDAZA de la Ley Nº 26920, mediante Resolucion Directoral Nº 148-2002-CTAR PIURA/DIREPEDR del 31 de diciembre de 2002, la Direccion Regional de Pesqueria CTAR MORDAZA otorgo permiso de pesca al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "LEYLITA 2", de matricula Nº PT-2277-CM, de arqueo neto 7.68 y de 33.34 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm) y (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que en el MORDAZA de la Ley Nº 26920 mediante Resolucion Directoral Nº 147-2002-CTAR PIURA/DIREPE-

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