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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de octubre de 2008 382023 su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Para tal efecto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio de preservación a bordo; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según el Informe Nº 516-2008-PRODUCE/DGEPP-Chi del 3 de septiembre del 2008, y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98, y modifi cado por los Decretos Supremos Nº 001-99-PE, Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE, y el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de los señores MARIA TOMASA TEJADA DE SUCLUPE, MERCEDES, JOSE DE LA ROSA, NELY, MARIA JUANA, CARMEN ROSA, MARCELA, VIRGINIA, MARIA SANTOS, GEORGINA, y LUIS MIGUEL SUCLUPE TEJADA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera MI JOSE LUIS de matrícula PL-3531-BM, otorgado por Resolución Directoral Nº 006-99-CTAR-LL/DIREPE, modifi cado por Resolución Directoral Nº 048-2000-PRE/P; reconociéndole únicamente el acceso al recurso anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto. Artículo 2º.- Aprobar a favor de los señores MARIA TOMASA TEJADA DE SUCLUPE, MERCEDES, JOSE DE LA ROSA, NELY, MARIA JUANA, CARMEN ROSA, MARCELA, VIRGINIA, MARIA SANTOS, GEORGINA, y LUIS MIGUEL SUCLUPE TEJADA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación JOSE LUIS 3 de matrícula PL-10602-CM, otorgado por Resolución Directoral Nº 006-99-CTAR-LL/DIREPE modifi cado por Resolución Directoral Nº 061-2000-PRE/P y Resolución Directoral Nº 004-2004-PRE/P-LL, reconociéndole únicamente el acceso al recurso anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto. Artículo 3º.- Aprobar a favor de los señores MARIA TOMASA TEJADA SANTAMARIA, MERCEDES, JOSE DE LA ROSA, NELY, MARIA JUANA, CARMEN ROSA, MARCELA, VIRGINIA, MARIA SANTOS, GEORGINA, y LUIS MIGUEL SUCLUPE TEJADA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera JOSE LUIS 5 de matrícula PL-17596-CM, otorgado por Resolución Directoral Nº 003-2001-CTAR-LAMB/DRPE del 12 de enero del 2001, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta con destino al consumo humano indirecto y sardina para consumo humano directo. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados a favor del señor HIPOLITO SUCLUPE SANTISTEBAN, para operar las embarcaciones MI JOSE LUIS de matrícula PL-3531-BM, JOSE LUIS 3 de matrícula PL-10602-CM y JOSE LUIS 5 de matrícula PL-17596-CM. Artículo 5º.- Incorporar a los señores MARIA TOMASA TEJADA DE SUCLUPE, MERCEDES, JOSE DE LA ROSA, NELY, MARIA JUANA, CARMEN ROSA, MARCELA, VIRGINIA, MARIA SANTOS, GEORGINA, y LUIS MIGUEL SUCLUPE TEJADA, como los nuevos titulares del permiso de pesca para operar las embarcaciones MI JOSE LUIS de matrícula PL-3531-BM, JOSE LUIS 3 de matrícula PL-10602-CM y JOSE LUIS 5 de matrícula PL-17596-CM. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe.Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 268078-16 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 579-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 29 de septiembre del 2008Visto los escritos de Registro Nºs. 00042517 de fecha 10 de junio del 2008 y 00058319 de fechas 11, 20 y 28 de agosto, 17 de setiembre de 2008, presentados por la empresa PESQUERA EXALMAR S.A. CONSIDERANDO: Que el artículo 24º del Decreto Ley N 25977, Ley General de Pesca, establece que la construcción y/o adquisición de embarcaciones pesqueras deberá contar con autorización previa de incremento de fl ota otorgada por el Ministerio de Pesquería -hoy de la Producción-, en función de la disponibilidad, preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos, asimismo, que dicha autorización para embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, sólo se otorgarán siempre que se sustituya igual capacidad de bodega de la fl ota existente; Que el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que en el caso de recursos hidrobiológicos que se encuentren plenamente explotados, el Ministerio de Pesquería -hoy de la Producción- no autorizara incrementos de fl ota ni otorgara permisos de pesca que concedan acceso a esa pesquerías, bajo responsabilidad; salvo que se sustituya igual capacidad de bodega de la fl ota existente en la pesquería de los mismos recursos hidrobiológicos; Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que Mediante la Resolución Directoral Nº 248-2002- PE/DNE, se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca y el cambio de nombre de la embarcación pesquera ISLA (ex RIBAR IX) con matrícula CE-1837-CM, a favor de PESQUERA LA ISLA S.A.C., en los mismos términos y condiciones en fue otorgado; Que a través de la Resolución Ministerial Nº 067-96- PE, se otorgó permiso de pesca a la empresa PESQUERA BOREAL S.R.L., para operar la embarcación pesquera denominada DON ALFREDO de matrícula CO-0622-PM, para la extracción de los recursos hidrobiológicos para consumo humano indirecto; Que mediante el escrito de Registro Nº 00042517 de fecha 10 de junio del 2008, la empresa PESQUERA EXALMAR S.A., solicita cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación DON ALFREDO de matrícula CO-0622-PM; Que mediante los escritos de Registro Nº 00058319 de fechas 11, 20 y 28 de agosto, y 17 de setiembre de 2008 visto, la administrada, solicita cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación ISLA de matrícula CE-1837-CM y autorización de incremento de fl ota para la construcción de una embarcación pesquera de 492.58 m3, vía sustitución total de la capacidad de bodega de la embarcación pesquera no siniestrada ISLA de matrícula CE-1837-CM y 182.07 m3 de capacidad de bodega y con autorización para la extracción de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, y de la embarcación pesquera denominada DON ALFREDO de matrícula CO-0622-PM y 310.51 m3 de capacidad de bodega y con autorización para la extracción de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, esta última siniestrada con pérdida total; Que de la revisión de los escritos referidos en los considerandos anteriores, se ha determinado que guardan Descargado desde www.elperuano.com.pe