TEXTO PAGINA: 32
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de octubre de 2008 382458 la estructura orgánica y funcional de la Defensoría del Pueblo; Que, de acuerdo a ello, resulta conveniente precisar que en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones se ha incorporado en la estructura orgánica de la Defensoría del Pueblo al órgano denominado “Secretaría General” y se han modifi cado las denominaciones de algunos órganos. Así también, se ha incorporado nuevas funciones a determinados órganos y se han defi nido el perfi l de competencia de cada una de ellos, propiciando un encadenamiento lógico que permita que los órganos y unidades orgánicas apoyen en forma organizada y estructurada en los requerimientos de las estrategias defi nidas por la Alta Dirección en nuestro Plan Estratégico Institucional 2007-2011, aprobado por la Resolución Administrativa Nº 020-2007-DP; Que, el literal a) del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 074-95-PCM, mediante el cual se dictan disposiciones referidas a la transferencia de funciones desempeñadas por el Instituto Nacional de Administración Pública, establece que la aprobación de los instrumentos de gestión tales como Cuadro de Asignación de Personal, Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Organización y Funciones y Presupuesto Analítico de Personal, será de responsabilidad exclusiva de cada entidad del sector público, así como la fi scalización y cumplimiento de las normas de simplifi cación administrativa; Que, el literal f) del artículo 28º de los referidos lineamientos establece que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones procede cuando se requiere optimizar o simplifi car los procesos de la entidad con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones; Que, el artículo 34º de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2006/DP, establece que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo se realiza mediante Resolución del Titular; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones, a fi n de optimizar y/o simplifi car los procesos de la Defensoría del Pueblo, con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia sus funciones y su misión, previstos en el referido Plan Estratégico Institucional de la institución; Con los visados de la Primera Adjuntía y de las ofi cinas de Gestión de Recursos Humanos, de Planifi cación y Presupuesto, de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 074-95-PCM, mediante el cual se dictan disposiciones referidas a la transferencia de funciones desempeñadas por el Instituto Nacional de Administración Pública, con el literal f) del artículo 28º y el artículo 34º de los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º y el numeral 7) del artículo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y en concordancia con los literales d), m) y p) del artículo 8º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo que consta de V Títulos, VII Capítulos, cuarenta y tres (43) artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias, cuatro (4) Disposiciones Transitorias y dos (2) Disposiciones Finales, y del Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del PuebloREGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente Reglamento es un instrumento normativo de gestión institucional en el cual se precisa la organización básica y funciones generales de la Defensoría del Pueblo, de acuerdo a lo establecido por los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú, su Ley Orgánica Nº 26520 y las normas complementarias. Contiene las funciones generales y atribuciones de la titular y las disposiciones relativas a las funciones de los órganos y unidades orgánicas de la Defensoría del Pueblo. Sus modifi caciones serán aprobadas mediante Resolución Defensorial. Artículo 2º .- Las normas establecidas en el presente Reglamento son de aplicación y cumplimiento obligatorio por todos los órganos y unidades orgánicas de la Defensoría del Pueblo, en el ámbito de su competencia. Artículo 3º.- La Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo con personalidad jurídica de derecho público. Le corresponde defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la adecuada prestación de los servicios públicos a la ciudadanía. Tiene su domicilio legal en la capital de la República y en el ejercicio de su mandato constitucional ejerce su actuación y competencia en todo el territorio del país. Su titular es la Defensora del Pueblo. Artículo 4º.- La Defensoría del Pueblo constituye un pliego presupuestario del sector público, en la sección Gobierno Nacional. Artículo 5º.- Constituyen recursos de la Defensoría del Pueblo: a) Los montos que le asigne la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público. b) Los créditos y aportes internos o externos que obtenga. c) Las donaciones, aportes y transferencias que efectúen instituciones y organismos, públicos y privados, así como las personas naturales. d) Los aportes de la cooperación técnica internacional.e) Los recursos provenientes de ingresos propios.f) Otros que se le asigne. TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 6º.- La estructura orgánica de la Defensoría del Pueblo es la siguiente: CÓDIGO 01: ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN 01.1 Defensora del Pueblo 01.2 Gabinete01.3 Primera Adjuntía01.4 Secretaría General CÓDIGO 02: ÓRGANO CONSULTIVOCÓDIGO 03: ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL 03.1 Ofi cina de Control Institucional CÓDIGO 04: ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO 04.1 Ofi cina de Asesoría Jurídica04.2 Ofi cina de Desarrollo Estratégico, Cooperación Internacional e Inversiones 04.3 Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística CÓDIGO 05: ÓRGANOS DE APOYO 05.1 Ofi cina de Administración y Finanzas05.2 Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional 05.3 Ofi cina de Gestión de Recursos HumanosDescargado desde www.elperuano.com.pe