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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de octubre de 2008 382453 b) Credencial de visita debidamente fi rmada por el representante de la Entidad a la que se postula, sólo en caso de Sociedades con domicilio en la provincia donde se ubica dicha Entidad. c) Declaración jurada señalando los aspectos siguientes: - Veracidad de la información presentada por la Sociedad. -Que la información del Registro se encuentra actualizada. - Confi rmando la vigencia de la habilitación de la Sociedad, por el Colegio Profesional. - Confi rmando la vigencia de la habilitación de todos los profesionales del equipo propuesto a través de sus respectivos Colegios Profesionales . d) Presentación de los formatos integrantes de las bases , a los que se refi ere el artículo 27º, en calidad de declaración jurada, respecto a: - Ausencia de prohibiciones e impedimentos de la Sociedad y del personal del equipo propuesto. - No tener deudas exigibles de tributos.- No tener deudas por aportaciones que corresponda abonar por sus trabajadores. - Conocimiento y aceptación del contenido y alcance de los requisitos establecidos en los convenios de préstamo, Organismo Cooperante o la normativa aplicable a la Entidad a la que se postula. En caso de Sociedades que se presenten en forma asociada, se deberá presentar los documentos a que se refi eren los literales c) y d) del presente artículo por cada una de las Sociedades. III. Nivel profesional, experiencia y formación del equipo de auditoría propuesto. a) Asignación de personal por cargos (supervisor, jefe de equipo o auditor encargado, auditores, asistentes, especialistas, de acuerdo a las Bases ), indicando número de horas/hombre programadas por cada integrante, de acuerdo al plazo fi jado en las Bases y condición contractual . En caso se presenten Sociedades en forma asociada, dicha asignación de personal deberá considerar al personal inscrito en el Registro de cada una de las Sociedades. Para la conformación del equipo de auditoría debe tenerse en cuenta el requerimiento del personal establecido en las bases, cautelando que el jefe de equipo, auditores y/o asistentes, no se encuentren comprometidos en más de dos propuestas. b) Hoja de vida actualizada del personal eventual contratado para el servicio de auditoría al que postula, debidamente documentado, que señale : - Datos personales. -Formación Profesional.- Egresado, bachiller, título profesional, maestría, doctorado, especialización, que corresponda. Capacitación en Control Gubernamental, Gestión Pública y/o temas afi nes, impartidas por la Escuela Nacional de Control, Universidades, Colegios Profesionales, Instituciones de Educación Superior autorizadas por el Ministerio de Educación, Entidades Rectoras u Organismos Cooperantes, de acuerdo al grado de especialización correspondiente a su ámbito, con una antigüedad no mayor de tres (3) años y con una duración mínima de dieciocho (18) horas. Los estudios en el extranjero impartidos por Organismos Cooperantes, Universidades u Organismos Ofi ciales, deberán ser acreditados con documento legalizado vía consular, y de ser el caso, con su respectiva traducción simple. Asimismo, se considerará como capacitación la participación como docente en la Escuela Nacional de Control en materias de control gubernamental. - Nivel de experiencia en auditoría efectiva u otros servicios vinculados a la Gestión Pública ,éste último solo para las designaciones de auditoría de gestión, de acuerdo a los requisitos mínimos exigidos para los cargos del equipo de auditoría, establecidos en la Directiva del Registro de Sociedades Califi cadas, con una antigüedad no mayor de cinco (5) años.- Declaración Jurada de no tener antecedentes policiales, penales y judiciales. - Contrato celebrado con la Sociedad. De encontrarse alguna discrepancia entre lo señalado en la Hoja de Vida y el sustento documentario, dicha información será considerada como no presentada y no formará parte de la califi cación. Adicionalmente, el personal auditor debe acreditar un mínimo de sesenta (60) horas de capacitación, con una antigüedad no mayor de tres (3) años, en cursos de Control y/o Gestión Gubernamental, impartidas por la Escuela Nacional de Control. c) Declaración Jurada suscrita por cada integrante del equipo propuesto, indicando que en las fechas programadas de ejecución de la auditoría no se encuentra comprometido con auditorías en curso o propuestas. SOBRE “B” - Propuesta Económica La propuesta económica no debe superar el costo de la auditoría previsto en las bases del concurso público de méritos, debiendo ser presentada de acuerdo a la composición siguiente: - Retribución económica más impuesto general a las ventas (I.G.V.) - Gastos de viajes: pasajes y viáticos (de ser el caso). Los sobres “A” y “B” y el contenido de las propuestas deben estar foliados, visados y sellados por el representante legal de la Sociedad postora, en caso de presentarse en asociación deberá estar visado y sellado por los representantes legales de las Sociedades. Artículo 37º.- Recepción de propuestas y apertura de Propuesta Técnica El proceso de evaluación y califi cación se inicia con el acto público de recepción de propuestas contenidas en los sobres “A” y “B”, donde participan como observadores los representantes acreditados de la Entidad y de las Sociedades participantes, así como personal del Órgano de Control Institucional de la Contraloría General. Los miembros de la Comisión Especial de Designación, en dicho acto, abren el sobre “A de las Propuestas Técnicas, verifi cando en cada caso, que el código que fi gura en medio magnético o digital corresponda al formato impreso en las propuestas, así como el cumplimiento de los requisitos y documentos exigidos en las bases del concurso, aviso de convocatoria , el presente Reglamento y normativa específi ca. No cabe subsanación documental y/o digital, por lo que cualquier incumplimiento e inconsistencia da lugar a la descalifi cación automática y devolución de las propuestas; dejándose constancia de estos hechos en el acta de apertura de sobres “A”. Finalizada la revisión de dicha documentación , medios magnéticos y/o digitales ,se procede a la suscripción del acta de recepción y apertura por parte de los representantes de la Entidad y las Sociedades participantes ymiembros de la Comisión Especial de Designación. La Propuesta Económica contenida en el sobre “B” se abre en la oportunidad y el modo señalado por el artículo 41º del presente Reglamento. Artículo 38º.- Descalifi cación de propuestas Se procede a la descalifi cación de las propuestas presentadas por las Sociedades en forma individual o asociada, en los casos siguientes: a) Incumplimiento de los requisitos establecidos en las bases del concurso, aviso de convocatoria ,el presente Reglamento o normativa específi ca. b) Si el personal propuesto en el equipo de auditoría se encuentra comprometido en la realización de otros trabajos propuestos o designados durante el período de ejecución de la auditoría a la que se postula; con excepción del supervisor y de los especialistas, en cuyo caso se precisa y sustenta documentalmente las horas/hombre a ser dedicadas a cada trabajo. En este supuesto, a fi n de mantener una propuesta se utilizarán los criterios establecidos en el artículo 46º. c) Si las Sociedades, sus socios o personal se encuentran incursos en las prohibiciones e impedimentos previstos en los artículos 10º y 30º del presente Reglamento.Descargado desde www.elperuano.com.pe