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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de octubre de 2008 382533 DP/OPP, por el que se solicita la elaboración del proyecto de resolución autoritativa que encargue las funciones de Asesor II de la Primera Adjuntía; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y mediante la Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el régimen laboral del personal de la Defensoría del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen de la actividad privada; Que, mediante Resolución Defensorial Nº 006-2008/DP se encargó al magíster Vito Leonardo Verna Coronado, las funciones de Adjunto de la entonces denominada Adjuntía para los Servicios Públicos y el Medio Ambiente de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D8, encargatura que fue cumplida de manera satisfactoria por el referido funcionario; Que, es política institucional promover a los trabajadores a fi n de que asuman encargaturas en cargos directivos y/o de confi anza en la Defensoría del Pueblo, con el doble propósito de aprovechar sus conocimientos y bagaje profesional en benefi cio de la institución, así como de contribuir al desarrollo de su experiencia profesional; Que, mediante el documento de visto, se solicita encargar al magíster Vito Leonardo Verna Coronado, Jefe del Programa de Pueblos Indígenas de la Adjuntía del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, las funciones de Asesor II de la Primera Adjuntía; Que, el literal e) del artículo 59º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Administrativa Nº 004-2007/DP, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Así también, dispone que la aprobación del encargo corresponde al Titular del pliego en caso de ausencia o vacancia del titular del cargo para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva de los niveles D7 y D8, quedando a criterio de la Defensora del Pueblo otorgar las remuneraciones y condiciones inherentes al cargo sólo mientras dure el encargo temporal, sin que ello genere derecho adquirido respecto a ese nivel remunerativo; Que, con el fi n de asegurar la continuidad de la gestión institucional, es menester encargar al magíster Vito Leonardo Verna Coronado las funciones de Asesor II de la Primera Adjuntía, correspondiente a la Plaza 024, con Nivel y Categoría D7, a partir del 1º de noviembre del 2008; Con los visados de la Primera Adjuntía y de las ofi cinas de Gestión de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5º y el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; en concordancia con lo dispuesto en el literal d) del artículo 8º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP; con el numeral 9.6 del artículo 9º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 y el literal e) del artículo 59º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Administrativa Nº 004-2007/DP y su modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la encargatura de funciones de Adjunto del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo al magíster Vito Leonardo VERNA CORONADO, la que se hará efectiva el 1º de noviembre del 2008, dándole las gracias por su importante desempeño en las funciones encomendadas. Artículo Segundo.- ENCARGAR las funciones de Asesor II de la Primera Adjuntía, al magíster Vito Leonardo VERNA CORONADO , en la Plaza 024, con Nivel y Categoría D7, a partir del 1º de noviembre del 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 272119-1Designan Asesor II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo y le encargan funciones de Adjunto del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 032-2008/DP Lima, 30 de octubre de 2008 VISTO: El Memorando Nº 848-2008-DP/OGRH que adjunta los memorandos Nº 722-2008-DP/PAD y Nº 628-2008-DP/OPP, por el que se solicita la elaboración del proyecto de resolución autoritativa que designe al Asesor II de la Primera Adjuntía y encargue las funciones del titular de la Adjuntía del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y mediante la Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el régimen laboral del personal de la Defensoría del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen de la actividad privada; Que, mediante documentos de visto, se solicita designar al abogado Iván Kriss Lanegra Quispe en el cargo de confi anza de Asesor II de la Primera Adjuntía; con Nivel y Categoría D7, Plaza 027, a partir del 1º de noviembre del 2008; y asimismo, se solicita encargar al referido asesor las funciones del titular de la Adjuntía del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas; Que, el artículo 33º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo establece que es potestad de la Defensora del Pueblo designar libremente a los asesores necesarios para el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con el reglamento y dentro de los límites presupuestales; Que, el artículo 43º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, establece que son trabajadores de confi anza aquellos que laboran en contacto personal y directo con el empleador, y cuyas opiniones o informes son presentados directamente al personal de dirección; Que, el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, señala que se considera empleado de confi anza a aquel que desempeña un cargo técnico o político, distinto al de funcionario público; de igual modo, el empleado de confi anza forma parte del entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso su porcentaje será mayor al cinco por ciento (5%) de los servidores públicos existentes en cada entidad; Que, el literal b) del artículo 7º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, señala que está permitida la designación de cargos de confi anza conforme a los documentos de gestión de la entidad y a la normatividad vigente; Que, resulta necesario designar al titular que desempeñe el cargo de confi anza de Asesor II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D7, en la Plaza 027, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 030-2008/DP, como con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), aprobado por la Resolución Administrativa Nº 0035-2006/DP y sus modifi catorias aprobadas mediante las resoluciones administrativas Nº 007-2007/DP, Nº 0014-2007/DP, Nº 0030-2007/DP, Nº 0036-2007/DP , Nº 012-2008/DP, Nº 031-2008/DP y Nº 050-2008/DP; Que, asimismo, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto, Racionalización y Estadística, a través del Memorando Nº 628-2008-DP/OPP señala que la referida acción de personal se encuentra presupuestada, por lo que es procedente designar a su titular;Descargado desde www.elperuano.com.pe