Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2008 (12/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Gobierno Nacional. Su Regimen Laboral corresponde al de la administracion Publica"; lo que se contrapone a los dispositivos MORDAZA mencionados, es mas no hace adecuacion ni aplicacion del inciso b) del articulo 38º del D.S. Nº 005-90-PCM, establece que "Las entidades de administracion publica solo podran contratar personal para realizar funciones de caracter temporal o accidental, dicha contratacion se realizara para ...b) Labores en Proyectos de Inversion y Proyectos Especiales cualquiera sea su duracion"; asi como tampoco a la Ley de Bases de Descentralizacion,Ley Nº 27783, que en su MORDAZA Disposicion Transitoria senala la formalidad y ejecucion de las transferencias que incluye a los Proyectos Especiales y en su Primera Disposicion Final al tratar sobre las normas reglamentarias dispone que estas se aprueban por Decreto Supremo como normas reglamentarias para la adecuada aplicacion de sus disposiciones; ni la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley Nº 28411, por lo cual dicha Ley General es de alcance a las entidades del Gobierno Regional y sus Organismos Publicos Descentralizados, bajo los cuales la actividad laboral se enmarca dentro de la actividad privada como son los contratos de Servicios No Personales y/o Locacion de Servicios del Codigo Civil, que tambien trata el Decreto Legislativo Nº 728. Que, el D.S. Nº 043-2006-PCM. "Aprueban Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la administracion publica" en sus articulos 1º y 3º establecen lineamientos generales a los que se sujetan todas las entidades del sector publico y dentro del inciso d) del articulo 3º, incluye a los organismos publicos descentralizados, con independencia de la denominacion formal que las normas les reconozcan. Lo cual quiere decir, que una vez culminada la transferencia de funciones se tiene que adecuar los documentos de gestion para el manejo integral del Gobierno Regional, lo que hace procedente la propuesta de supresion del ultimo parrafo del Art. 83º de la O.R. Nº 004-2004-CR/GRM. Que, se advierte imprecision en las disposiciones incluidas en la O.R. Nº 004-2004.CR/GRM lo que no encaja dentro de la fundamentacion y jerarquia normativa en su oportunidad ni en la actual que MORDAZA coherente con los fines de la regionalizacion, descentralizacion y transferencia de funciones que no se articule a la modernizacion del estado dentro de un autentico esquema de descentralizacion. Que, el Proyecto Especial Regional Pasto Grande, dada su naturaleza temporal no puede consagrar un regimen laboral de la Administracion Publica por cuanto sus funcionarios y servidores no son de MORDAZA publica, lo cual no implica desconocer las normas de austeridad previstas en la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2007. Que, en merito a los Art. 16º incisos a) y b) de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, Ley Nº 29053, habiendose cumplido con los previos a que se refiere los articulos 48º, 51º, 82º, 84º y c.c. del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 009-2006CR/GRM, con el MORDAZA de la mayoria de los miembros del Consejo Regional, y con prescindencia del tramite de la lectura y aprobacion del Acta de Sesion aprobo la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- Suprimase parte del ultimo parrafo del articulo 83º de la Ordenanza Regional Nº 004-2004CR/GRM, quedando su texto en los siguientes extremos: "Los Proyectos Especiales Regionales son organismos creados por el gobierno regional con aprobacion del Consejo Regional o transferidos del Gobierno Central". Articulo Segundo.- Remitase MORDAZA de la presente a la Gerencia General Regional, Presidencia Regional, Vicepresidencia Regional, Consejo Regional, y a todas las

reparticiones del Gobierno Regional asi como al PERPG, y Organo de Control Institucional. Comuniquese al senor Presidente Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los veinte dias del mes de diciembre de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA a los veinte dias del mes diciembre de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 250497-4

Disponen formular oposicion al tramite del Proyecto de Ley Nº 1278-2006CR respecto al ingreso de mercancias por el Muelle Peru - MORDAZA para el desembarque de vehiculos
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 004-2008-CR/GRM 31 de enero de 2008 EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA VISTOS: En Orden del dia de la Sesion Ordinaria Nº 0012008-CR/GRM de fecha 31 de enero del 2008, se trato como punto de Agenda el tema denominado "Oposicion al Proyecto de Ley Nº 1278-2006-CR, la misma que responde a una propuesta impulsada por el Presidente Regional de Tacna y sus congresistas, quienes han planteado que las mercancias MORDAZA ingresadas por el Muelle Peru - MORDAZA para el desembarque de vehiculos, perjudicando la actividad economica de CETICOS Ilo y Matarani"; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, correspondiendole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, el Proyecto de Ley Nº 1278/2006-CR, propone modificar el MORDAZA Parrafo del articulo 3º del D.L. Nº 843, presentado por el Congresista MORDAZA Ordonez MORDAZA, en el cual solicita la autorizacion para la importacion de vehiculos usados por el Muelle Peruano en MORDAZA, para su conversion en los CETICOS; Que, mediante D.L. Nº 843 publicado el 30.8.1996, se establecen normas necesarias para reglamentar la importacion de vehiculos automotores usados, consistente en lo siguiente: 1.- Se declara de interes prioritario el desarrollo de la MORDAZA sur del MORDAZA mediante la promocion de la inversion privada en infraestructura de la actividad productiva y de servicios, siendo el desarrollo de la MORDAZA sur sobre la base del Eje Matarani - Ilo - Tacna; 2.- Se crea sobre la base del area e infraestructura de las Zonas Francas Industriales de Ilo y Matarani y de la MORDAZA de Tratamiento Especial Comercial de Tacna - ZOTAC, los Centros de Exportacion, Transformacion, Industria, Comercializacion y Servicios - CETICOS de Ilo, Matarani y Tacna destinados a la realizacion de dichas actividades; y, 3.- ESPECIFICAMENTE EN SU ART. 4º MORDAZA

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