Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2008 (13/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 13 de setiembre de 2008

"Articulo 1º.- Las empresas y cooperativas de estiba y desestiba, los administradores portuarios, asi como cualquier otra persona o empresa que tenga a su cargo trabajadores que realicen funciones en areas operativas de los terminales portuarios, incluido el amarre de naves en los terminales multiboyas, deberan proveer obligatoria y adecuadamente a sus trabajadores el siguiente equipo de proteccion personal (epp), debiendo verificar bajo su responsabilidad, el correcto uso del mismo, cuando se encuentren laborando:
Equipo de Proteccion Personal Casco de seguridad Calzado de seguridad Guantes de seguridad Overol o pantalon y camisa refractante color naranja, con el logotipo de la empresa de estiba/desestiba (*) Gafas o anteojos de seguridad Uso Permanente Permanente Permanente Permanente Cuando el trabajador se encuentre expuesto al polvo de la carga seca a granel (minerales, granos, etc.), gases, liquidos, particulas, por deslumbramiento de radiacion visible, etc. Cuando el trabajador se encuentre expuesto al polvo de la carga seca a granel (minerales, granos, etc.), contaminacion del aire o deficiencia de oxigeno. En areas de trabajo donde se generen ruidos por encima de los 85 dB (A) Cuando el trabajador realice trabajos en camaras frigorificas o compartimentos que se encuentren a baja temperatura.

Mascarilla autofiltrante Respirador buconasal Mascara antigas Tapones auditivos u orejeras Overol para frio Casaca para frio Guantes para frio Botas para frio Gorra para frio Chaleco salvavidas

Cuando el trabajador realice maniobras que impliquen la caida accidental al mar, rio, lago o estanques abiertos. MORDAZA de seguridad, de suspension o Cuando el trabajador realice trabajos en altura arnes toraxico (a partir de 1.5 metros). Otros equipos de proteccion personal Cuando el trabajador realice trabajos que por su (especializados) naturaleza requiera epp especializado.

(*) Para la provision del Equipo de Proteccion Personal (epp), a partir del ano 2009. Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BOYLE MORDAZA Presidente del Directorio Autoridad Portuaria Nacional

de la Gerencia General del Poder Judicial, al haber sido objeto de sancion administrativa por los hechos expuestos en la parte considerativa de la referida Resolucion; Que, asimismo en la misma Resolucion se observa que el referido servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de justificar sus inasistencias y hacer efectiva sus remuneraciones, ha incurrido en actos presuntamente delictuosos al haber proporcionado informacion falsa al empleador con la finalidad de obtener una ventaja economica que no le correspondia, justificando los dias no laborados con Certificados Medicos presuntamente falsificados, los mismos que al haber sido objeto de reconocimiento por parte de sus supuestos otorgantes han sido desconocidos, informado que no se han otorgado en las instituciones correspondientes; Que, sobre el particular conviene mencionar los hechos supuestamente delictivos en los que habria incurrido el servidor senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cargos que a traves de las Resoluciones 01 y 03 recaidas en el Expediente N° 085-2008-GPEJ-GG-PJ se mencionan y detallan en los siguientes actos: a).- Haber presentado un Certificado Medico de fecha 30 de Enero del 2008, expedido por el Dr. MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA, Jefe de Logistica, Medicina General, del Hospital Nacional "Dos de Mayo", documento falsificado que fue presentado por el indicado servidor con el objeto de justificar sus inasistencias a la Institucion del 30 de Enero al 01 de Febrero del presente ano, b).- Haber presentado posteriormente el supuesto Certificado Medico N° 2204908 de fecha 18 de Marzo del 2008, para justificar parte de sus inasistencias del mes de Marzo, documento presuntamente falso y que fue otorgado por el Dr. MORDAZA La Negra MORDAZA, utilizando un sello que aparentemente correspondia al Hospital Nacional Arzobispo Loayza; Que, el mencionado servidor senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo tanto habria incurrido en hechos supuestamente delictuosos encontrandonos frente a un acto o presuncion de ilicito penal -Delitos Contra de Fe Publica-, correspondiendo autorizar a la Procuraduria Publica del Poder Judicial, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en la Resolucion N° 04; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 12° del Decreto Ley N° 17537 sobre Representacion y defensa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley N° 17667 y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Administrativa de la Presidencia Poder Judicial N° 137-2008-P-PJ de fecha 1° de MORDAZA del presente ano; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra aquellos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, la notificacion de la presente resolucion y la remision de los actuados del caso a la Procuraduria Publica del Poder Judicial para las acciones correspondientes, con conocimiento de la Oficina de Inspectoria General de este Poder del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. SUERO MORDAZA Gerente General

250928-2

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL N° 961-2008-GG-PJ
MORDAZA, 9 de setiembre de 2008 VISTO: El Memorandum Exp. N° 085-2008-GPEJ-GG-PJ de fecha 25 de MORDAZA del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion N° 04 recaida en el Expediente N° 085-2008-GPEJ-GG-PJ de fecha 25 de MORDAZA del 2008, se dispone proceder al despido del servidor senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su condicion de trabajador

251026-1

Aprueban Calendario de Compromisos del mes de setiembre del ano fiscal 2008 del Pliego Poder Judicial a nivel de Grupo Generico de Gasto y Fuente de Financiamiento
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL N° 989-2008-GG-PJ
MORDAZA, 9 de setiembre de 2008

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