Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2008 (13/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo Cuarto.- ENCARGASE a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de MORDAZA la implementacion y funcionamiento del Sistema Regional de Areas de Conservacion. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional

250676-1

Reconocen conformacion del Comite Tecnico Regional para la Formulacion de las Politicas Regionales de Formacion Profesional en el Gobierno Regional MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2008-GR.LAMB./CR
Chiclayo, 22 de agosto de 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 13 de agosto de 2008, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su Titulo IV, Capitulo II: Funciones Especificas, Articulo 48º, referido a funciones en materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena y micro empresa, establece las funciones correspondientes al fomento, apoyo y promocion de la generacion de empleo en el ambito de competencia de los gobiernos regionales. Que, la misma Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su Articulo 48º, literal d), senala como funcion especifica de los gobiernos regionales, la de "promover el dialogo y la concertacion con las organizaciones representativas de los trabajadores, empleadores y sectores de la sociedad vinculadas en materia de trabajo, promocion del empleo, formacion profesional y fomento de la micro y pequena empresa". Que, conforme al inciso h) del Articulo 47º de la Ley Nº 27867, son funciones en materia de educacion, cultura, ciencia, tecnologia, deporte y recreacion: "Integrar los distintos programas educativos regionales en una politica integral orientada, en lo economico, a la mejora en la productividad y competitividad de la Region; en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integracion y la inclusion a nivel regional; en lo politico, al afianzamiento de los mecanismos de participacion ciudadana y rendicion de cuentas en los distintos niveles de gobierno; y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y reconocimiento y respeto a la diversidad". Que, el Decreto Supremo Nº 021-2006-ED que aprobo los Lineamientos Nacionales de Politica de Formacion Profesional, Articulo 2º, prescribe que "los Gobiernos Regionales son responsables del diseno de las politicas regionales en materia de formacion profesional, en concordancia con la politica nacional sobre dicha materia. La implementacion de los lineamientos de politica de formacion profesional estara a cargo de los gobiernos regionales con participacion de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo, de Educacion y la Sociedad Civil". Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2008-ED, que preciso alcances de implementacion de los Lineamientos Nacionales de Politica de Formacion Profesional, se amplio el plazo otorgado a las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo y de Educacion en sesenta (60) dias habiles, contados desde el 06 de junio de 2008, en que se publica dicha MORDAZA, para conducir el MORDAZA de implementacion de los lineamientos de politica de formacion laboral.

Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional MORDAZA, en su Articulo 75º, refiere: "A la Gerencia Regional de Desarrollo Social le corresponde ejercer las funciones especificas regionales en los sectores educacion, cultura, ciencia y tecnologia, recreacion, deportes, salud, vivienda, trabajo, promocion del empleo, pequena y micro empresa, poblacion, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades". Que, en este MORDAZA es necesario constituir el Comite Tecnico Regional para la Formulacion de las Politicas Regionales de Formacion Profesional en el Gobierno Regional Lambayeque; para disenar las politicas regionales que tenga como proposito la promocion del empleo articulado con las demandas del MORDAZA laboral, facilitando el empleo de los grupos desfavorecidos de la poblacion, prioritariamente jovenes y mujeres, accion que es necesario reconocer a traves de la emision de una ordenanza regional. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- RECONOZCASE la conformacion del Comite Tecnico Regional para la Formulacion de las Politicas Regionales de Formacion Profesional en el Gobierno Regional MORDAZA, integrado por las siguientes instituciones: POR EL GOBIERNO REGIONAL: · Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien lo presidira; · Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo; · Direccion Regional de Educacion; · Direccion Regional de Turismo, Comercio y Artesania; · Direccion Regional de Agricultura; y, · Direccion Regional de Produccion. POR LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS: · Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo; · Universidad Particular Senor de Sipan; · INSTE Monsefu; · INSTE Motupe; · INSTE Illimo; · INSTE MORDAZA MORDAZA Albujar; · INSTE Republica Federal de Alemania; · Instituto Peruano de Administracion de Empresas ­ IPAE; · INSPE Sagrado Corazon de Jesus; · Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial ­ SENATI -Direccion Zonal MORDAZA MORDAZA Norte; · Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO. POR LAS ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES: · Sindicato Unitario de Trabajadores de EPSEL S.A. SUTESA; · Sindicato Unico de Trabajadores del Servicio Educativo MORDAZA ­ SUTSELAM; · Sindicato Unico de Trabajadores de Electronorte Regional Chiclayo. POR LAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES Y AFINES: · Sociedad Nacional de Industrias Lambayeque; · Asociacion de Hoteles y Restaurantes ­ AHORA Lambayeque; · Camara Peruana de la Construccion Lambayeque; · Telefonica del Peru; · Camara de Comercio y Produccion Lambayeque; · Union de Cervecerias Peruanas Backus & Johnston S.A.A. · COREMYPE. INSTITUCIONES AFINES: · Colegio Medico;

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