Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2009 (17/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2009

a) Incorporado en la Base Tarifaria b) No incorporado en la Base Tarifaria c) Aprobado por OSINERGMIN para la siguiente revision tarifaria 15.2 Cada solicitud sera evaluada segun lo siguiente: a. De forma individual por solicitud, con las caracteristicas tecnicas que requiera el Interesado; b. Por Proyecto, agrupacion de solicitudes de Interesados y de potenciales Interesados. En este caso, el Proyecto debe ser aprobado por OSINERGMIN a propuesta del Concesionario. 15.3 El costo de inversion para la dotacion del MORDAZA Suministro se valorizara con los costos unitarios aprobados por OSINERGMIN en cada regulacion o actualizacion tarifaria, el que incluira los costos unitarios de las redes, estaciones de regulacion y de las obras especiales del sistema de distribucion, correspondiente a extensiones y/o ampliaciones de la capacidad del sistema distribucion. El costo de inversion indicado se calculara considerando las caracteristicas tecnicas minimas para la atencion de la demanda del respectivo Proyecto o solicitud, de forma individual o del conjunto aprobado por OSINERGMIN. En el caso de requerirse costos unitarios distintos a los aprobados por OSINERGMIN, para la valorizacion de la inversion del MORDAZA Suministro, el Concesionario debera solicitar a OSINERGMIN la aprobacion de estos costos unitarios, adjuntando su propuesta de dichos costos debidamente sustentada. Articulo 16º.- Evaluacion de Proyectos Incorporados en la Base Tarifaria: 16.1 Toda solicitud relacionada a la MORDAZA de influencia de un Proyecto incorporado en la Base Tarifaria vigente, es viable tecnica y economicamente. 16.2 En su pagina Web, el Concesionario debera difundir el recorrido de las redes existentes como el de las redes proyectas que ha considerado ejecutar dentro de sus Planes Anuales de Inversiones y su Plan Quinquenal de Inversiones con todos los planos, en una escala que permita visualizar todos los detalles, del recorrido de ductos de gas natural existentes y de todos los Proyectos y zonas geograficas de influencia de dotacion de nuevos Suministros. En los planos indicados, que deberan actualizarse mensualmente, se debe poder apreciar las caracteristicas tecnicas y de operacion de las instalaciones y redes de gas natural existentes y los que proyecta instalar el Concesionario anualmente, como son: MORDAZA de tuberia (acero o polietileno), diametro y espesor de tuberia, presion de diseno, presion de operacion, capacidad MORDAZA de diseno y capacidad de operacion de las redes de distribucion de gas natural. 16.3 El Concesionario responde al Interesado en quince (15) dias dandole a conocer el plazo en que sera atendido de acuerdo con los plazos considerados en el Plan Quinquenal y/o Anual de Inversiones. Sin embargo, en caso que la evaluacion de la solicitud resulte viable tecnica y economicamente, segun los conceptos y metodologia indicados en la presente MORDAZA, el Concesionario respondera al interesado segun lo siguiente: · Si se cuenta con Infraestructura Necesaria en la MORDAZA, el Concesionario responde al Interesado en quince (15) dias, dandole a conocer que sera atendido en un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias. · Si no cuenta con Infraestructura Necesaria en la MORDAZA, el Concesionario responde al Interesado en quince (15) dias, dandole a conocer que sera atendido en un plazo MORDAZA de doce (12) meses. Articulo 17º.- Evaluacion de Incorporados en la Base Tarifaria. Proyectos No

17.4 Si la solicitud es viable economicamente, el Concesionario respondera al interesado segun lo siguiente: · Si se cuenta con Infraestructura Necesaria en la MORDAZA, el Concesionario responde al Interesado en quince (15) dias, dandole a conocer que sera atendido en un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias. · Si no cuenta con Infraestructura Necesaria en la MORDAZA, el Concesionario responde al Interesado en quince (15) dias, dandole a conocer que sera atendido en un plazo MORDAZA de doce (12) meses. 17.5 Si la solicitud no es viable economicamente, el Concesionario respondera al interesado segun lo siguiente: · El Concesionario responde al Interesado en quince (15) dias, que su solicitud de Suministro solo sera atendida si este ultimo acepta el pago del Aporte o Sobrecargo. · El Interesado tiene treinta (30) dias de plazo para responder al Concesionario, precisando si acepta el pago del Aporte o Sobrecargo. · Si el Interesado acepta el Aporte o Sobrecargo, el Concesionario inicia la construccion en sesenta (60) dias contados a partir de la fecha de cancelacion del Aporte o Sobrecargo. 17.6 La evaluacion de la viabilidad economica para un conjunto de Interesados, agrupados en un Proyecto o agrupacion de Proyectos (clusters), se realizara tomando en cuenta el costo conjunto de la inversion inicial del Proyecto o Cluster y, ademas, la suma de los respectivos productos de Derechos de Conexion por los Factores "k" de cada Interesado. 17.7 Todo Proyecto calificado viable economicamente sera considerado en la actualizacion de la Base Tarifaria. Articulo 18º.- Evaluacion de Proyectos Aprobados por OSINERGMIN para la Siguiente Revision Tarifaria 18.1 A solicitud de cualquiera de los Interesados, con la opinion favorable del Concesionario, OSINERGMIN podra incluir dentro de la Base Tarifaria de la proxima regulacion tarifaria o revision anual del Plan Quinquenal, un determinado Proyecto para la atencion de nuevos Suministros. 18.2 Toda solicitud relacionada a la MORDAZA de influencia de un MORDAZA Proyecto incorporado en la Base Tarifaria de la proxima regulacion tarifaria, es viable economicamente. 18.3 La viabilidad economica en la que OSINERGMIN apruebe que una solicitud sea incorporado para la siguiente revision tarifaria o revision anual del Plan Quinquenal; se determinara en aquellas circunstancias especiales donde dichos Proyectos claramente representen una ventaja para todos los Consumidores del Sistema (Consumidores nuevos y antiguos). OSINERGMIN garantiza al Concesionario la incorporacion de los costos del Proyecto a la Base Tarifaria mediante una Metodologia Roll-In, de acuerdo con las formulas de reajuste y revision de las tarifas de distribucion. 18.4 Si se cuenta con Infraestructura Existente en la MORDAZA, el Concesionario responde al Interesado en quince (15) dias, dandole a conocer que sera atendido en un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias, en concordancia con lo senalado en el Articulo 7º numeral 7.1 de la presente norma. 18.5 Si no cuenta con la Infraestructura Existente en la MORDAZA, el Concesionario responde al Interesado en quince (15) dias, dandole a conocer que sera atendido en un plazo MORDAZA de 12 meses. Articulo 19º.- Evaluacion de la Viabilidad Tecnica de la Solicitud de Suministro 19.1 El Concesionario, de forma sustentada y con la MORDAZA detallada de toda la informacion que argumenta, podra declarar la solicitud como no viable tecnicamente en los siguientes casos: a. La presion en el punto de Suministro que solicita el Interesado es distinto a la presion que opera el sistema de distribucion, en el momento de la solicitud. b. El Perfil de Carga presentado por el Interesado es mayor a la capacidad disponible en la parte de la red de derivacion del Sistema de Distribucion inmediatamente cercano al punto de Suministro solicitado por el Interesado. En el caso que, por los dos casos indicados, la solicitud se declare como no viable tecnicamente el Concesionario

17.1 La solicitud se evaluara mediante la comparacion del costo de inversion del MORDAZA Suministro y el valor que resulta de multiplicar el Factor "k" por el Derecho de Conexion, que corresponderia a la categoria tarifaria del Interesado. 17.2 Si el costo de inversion del MORDAZA Suministro es inferior al valor que resulta de multiplicar el Factor "k" por el Derecho de Conexion, entonces la solicitud es viable economicamente. 17.3 Si el Costo de inversion del MORDAZA Suministro es mayor al valor que resulta de multiplicar el Factor "k" por el Derecho de Conexion, entonces el Proyecto no es viable economicamente.

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