TEXTO PAGINA: 66
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de agosto de 2009 400840 Que, con anexo Nº 09 del Registro Nº 25051-R1-2008 de fecha 26 de enero del 2009, el administrado solicita acogerse a la Ley Nº 29090 y que se emita la Resolución de Aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización como Lote Único, de acuerdo a los previsto en la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 29090, cuyo Reglamento ha sido publicado el 27 de setiembre del 2008; Que, la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, señala que los procedimientos administrativos, regulados en la presente Ley, son únicos y de aplicación obligatoria a nivel nacional. Además en la sétima disposición fi nal de la referida Ley indica que los procedimientos administrativos, iniciados al amparo de la normatividad anterior a la entrada en vigencia de la presente Ley, se regirán por dichas normas hasta su culminación, salvo que, por solicitud escrita del administrado, se acoja a lo establecido en esta Ley; Que, conforme establece el Artículo 4º de la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, las municipalidades distritales en el ámbito de su jurisdicción, tienen competencia para la aprobación de proyectos de habilitación urbana; así como de acuerdo con lo establecido en el Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 024 – Decreto que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edifi cación, el cual señala que mediante Resolución de la Municipalidad Distrital podrá aprobarse en vía de regularización las habilitaciones urbanas ejecutadas; Que, de acuerdo al Artículo 38º del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, se indica que mediante Resolución de la Municipalidad Distrital o Provincial, según corresponda, podrán aprobarse en vía de regularización las habilitaciones urbanas ejecutadas, asimismo el Articulo 23º de la Ley Nº 29090 establece que la resolución de aprobación de las habilitaciones urbanas ejecutadas, expedida por la municipalidad distrital deberá contener la resolución que apruebe el proyecto de habilitación urbana en vía de regularización; Que, mediante Liquidación de Pago Nº 002-2009-SGHU- GDU/MDSJL de fecha 26 de enero del 2009, se realizó la liquidación de los derechos respectivos de conformidad con el Artículo 40º del Decreto Supremo Nº 024-2008- VIVIENDA, y con el Recibo de Pago Nº 1672742 de fecha 03 de febrero del 2009, pagado en la Tesorería de esta Corporación Municipal ha acreditado la cancelación de la mencionada liquidación; Que, a través de la Resolución Sub-Gerencial Nº 062-2009-MDSJL-GDU/SGHU de fecha 18 de mayo del 2009, se aprobó la valorización del área de 57.23 m2, correspondiente al Défi cit de Aporte por Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de la Aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización como Lote Único para uso de Comercio Zonal CZ, del terreno de 2,861.40 m2, ubicado en la Av. Próceres de la Independencia (Antes Fernando Wiesse) Lote 18 de la manzana C de la Urbanización Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Dicha valorización fue cancelada a la Tesorería de la Municipalidad Distrital con recibo de pago Nº 1851172 de fecha 19 de mayo del 2009; Que, el administrado ha cumplido con acompañar los documentos establecidos en el TUPA vigente para el presente procedimiento del terreno de 2,861.40 m2, ubicado en la Av. Próceres de la Independencia (Antes Av. Fernando Wiese) Lote 18 de la Manzana C de la Urbanización Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, de conformidad con la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículos 51º y 52º, para la procedencia de una pretensión administrativa es necesario establecer la capacidad procesal del administrado para comparecer ante la administración, así como el interés legítimo de éste para obrar y que este sea actual y cierto; y, si esto es así, de conformidad con el Artículo 75º de la Ley acotada, corresponde a la administración verifi car si los documentos y/o recaudos que el administrado presenta, cumplen con los requisitos exigidos por la entidad y en aplicación del Principio de Presunción de Veracidad, plasmado en el Artículo 42º de la Ley acotada, suponer que estos proceden con verdad en sus atribuciones, sin perjuicio de las probanzas que pueda ejercer la administración para el logro del objetivo del servicio pretendido, debiendo causar convicción a la autoridad administrativa para su procedencia; Que, obra copia de la Ficha Nº 133881 que continúa en la Partida Nº 42989320 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, la misma que en sus asientos señala a los administrados como propietarios del terreno materia de trámite, acreditándose de esta manera la legitimidad para obrar en el presente procedimiento; Que, de acuerdo a lo expuesto en el informe Nº 543- 2008-MDSJL-GDU-AL de fecha 04 de Noviembre del 2008, de la Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano y; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, Decreto Supremo Nº 024 – Decreto que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, Ordenanza Nº 1081-MML- Ordenanza Nº 3471-MML, Ordenanza Nº 836-MML y de la Ley 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- ADECUAR a la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, de acuerdo a la solicitud presentada por el Sr. GLICERIO ARANDA CASTILLO en calidad de representante de los copropietarios del predio signado como Av. Próceres de la Independencia (Antes Av. Fernando Wiese) Lote 18 de la Manzana C de la Urbanización Canto Grande, según denominación de ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS MULTIPLAZA PROCERES, mediante Anexo Nº 09 del Registro Nº 25051-R1-2008 de fecha 26 de enero del 2009, de conformidad con la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 29090. Artículo Segundo.- APROBAR el Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización como lote Único para uso de Comercio Zonal CZ, del terreno de 2,861.40 m2, ubicado en la Av. Próceres de la Independencia (Antes Av. Fernando Wiese) Lote 18 de la Manzana C de la Urbanización Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. De conformidad con el Plano de Lotización y el Plano de Ubicación y Localización, signado para efectos de Registros como Plano Nº 010-2009-HU- SGHU-GDU/MDSJL y Nº 011-2009-HU-SGHU-GDU/ MDSJL, respectivamente; solicitada por el Sr. GLICERIO ARANDA CASTILLO en calidad de representante de los copropietarios del predio signado como Av. Próceres de la Independencia (Antes Av. Fernando Wiese) Lote 18 de la Manzana C de la Urbanización Canto Grande, según denominación de ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS MULTIPLAZA PROCERES. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Sr. GLICERIO ARANDA CASTILLO en calidad de representante de los copropietarios del predio signado como Av. Próceres de la Independencia (Antes Av. Fernando Wiese) Lote 18 de la Manzana C de la Urbanización Canto Grande, según denominación de ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS MULTIPLAZA PROCERES, a culminar en el plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana de conformidad con los Planos signados con el Nº 010- 2009-HU-SGHU-GDU/MDSJL y Nº 011-2009-HU-SGHU- GDU/MDSJL, debiendo sujetarse los trabajos a los planos fi rmados y sellados por los entes ofi ciales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente