Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2009 (09/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
EXPOSICION DE MOTIVOS

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de Solucion de Controversias, incluido el Presidente. Los precedentes deben ser publicados en el diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web del OSINERGMIN, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha en que hayan quedado firmes, bajo responsabilidad del Secretario General. Asimismo, todas las resoluciones finales emitidas por los Cuerpos Colegiados y por el Tribunal de Solucion de Controversias seran publicadas en la pagina web del OSINERGMIN, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha en que estas hayan quedado firmes". "Articulo 54º.- Solicitud de informes de cumplimiento. Transcurridos quince (15) dias de finalizado el procedimiento, la Secretaria General solicitara a la entidad obligada, la MORDAZA de la documentacion que acredite el cumplimiento del mandato contenido en la Resolucion emitida por el Tribunal de Solucion de Controversias o Cuerpo Colegiado, segun corresponda, teniendo un plazo de cinco (05) dias habiles para su presentacion". Articulo 3º. ­ Agregar el inciso d) y modificar el ultimo parrafo del articulo 34º del "Reglamento del OSINERGMIN para la Solucion de Controversias, aprobado por Resolucion del Consejo Directivo del OSINERGMIN Nº 826-2002-OS/CD y sus normas modificatorias, en los siguientes terminos: "Articulo 34º.- Requisitos de la reclamacion. (...) d) Adjuntar el Formato de Solicitud de Notificacion por Medio Electronico -el cual se encuentra disponible en la pagina web del OSINERGMIN- debidamente llenado, en el caso que la parte correspondiente desee que los actos procesales surgidos con motivo del procedimiento de solucion de controversias le MORDAZA notificados via correo electronico, asignado segun lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 23º del presente Reglamento. Al momento de presentar la reclamacion y contestar esta, las partes presentaran un original del escrito y sus anexos completos debidamente foliados en numeracion correlativa, mas un numero igual de ejemplares adicionales completos, como partes intervengan en el procedimiento y tres copias para los integrantes del Cuerpo Colegiado. Ademas, una MORDAZA en medio magnetico en "Acrobat Reader-PDF". Articulo 4º.- Agregar las Sexta y Setima Disposiciones Transitorias y Finales de la Resolucion OSINERGMIN Nº 826-2002-OS/CD, que aprueba el Reglamento de OSINERGMIN para la Solucion de Controversias, las cuales quedaran redactadas como a continuacion se senala: "Sexta.- Las controversias cuyos escritos de reclamacion se hayan presentado MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente resolucion se regiran por lo dispuesto en las normas vigentes a la fecha de MORDAZA del referido escrito". "Setima.- La notificacion por via electronica operara cuando este sistema sea implementado por el OSINERGMIN, lo cual sera debidamente comunicado a las partes". Articulo 5º.- Dejese sin efecto la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Resolucion OSINERGMIN Nº 8262002-OS/CD. Articulo 6º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Igualmente debera ser consignada con sus anexos en la pagina web del OSINERGMIN. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE OSINERGMIN PARA LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS El inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 -Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos-, establece, entre otras, la funcion normativa de los organismos reguladores, la cual comprende la facultad de dictar, entre otros, en el ambito y materia de su respectiva competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, asi como normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios. Sobre la base del referido dispositivo, se aprobo el Reglamento del OSINERGMIN para la Solucion de Controversias en el ano 2002, en adelante el Reglamento, fecha desde la cual se ha venido aplicando; sin embargo, es necesario modificar algunas disposiciones vinculadas a brindar mayor celeridad a los procedimientos de solucion de controversias optimizando el uso de los recursos publicos. En este sentido, el OSINERGMIN prepublico el 05 de octubre de 2008 en el Diario Oficial "El Peruano" el Proyecto de Modificacion del Reglamento, conforme con lo dispuesto en los articulos 8º y 25º del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. Como consecuencia de la referida prepublicacion se recibieron observaciones de parte de la empresa GAS NATURAL DE MORDAZA Y CALLAO S.A., en adelante CALIDDA, que fue la unica en formular observaciones. A continuacion se explica brevemente cada de uno los temas a modificar, se detallan las observaciones presentadas y por ultimo se indican los motivos por los cuales estas fueron aceptadas o rechazadas. Notificacion por via electronica.El articulo 1º de la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, Ley Nº 27658, declaro al Estado en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y contribuir a implementar una gestion moderna, descentralizada y con mayor participacion del ciudadano. En este sentido, el articulo 4º de la referida ley, dispone como finalidad del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado, la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos. En este sentido, con fecha 24 de junio de 2008, se publico el Decreto Legislativo Nº 1029, el cual modifica el numeral 20.1.2 e incorpora el numeral 20.4 del articulo 20º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en adelante LPAG, reconociendo como medio valido de notificacion al correo electronico, siempre que permita comprobar fehacientemente su acuse de recibo y quien lo recibe y, su empleo hubiese sido solicitado expresamente por el administrado. En virtud de lo expuesto, con la presente modificacion al Reglamento de Solucion de Controversias se propone implementar un sistema de notificaciones al domicilio electronico personal, toda vez que se considera importante que, no solo se resuelvan las controversias con prontitud, sino que las decisiones MORDAZA comunicadas a las partes con inmediatez y confiabilidad, sin afectar la calidad de la emision de las resoluciones, tomando en cuenta las facilidades que la tecnologia nos brinda y de esta manera dotar de una herramienta moderna al procedimiento de solucion de controversias. Observaciones de CALIDDA a la modificacion del tercer parrafo del articulo 23º del Reglamento: · Tercer parrafo: "Si bien el Proyecto establece la asignacion de un domicilio electronico personal, consideramos necesario que el Proyecto contemple que pasara si, por algun problema tecnico o fuera del control directo de los

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