Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2009 (09/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de enero de 2009

Que, asimismo, en el DECRETO se establecio que las unidades de generacion que se instalen al MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 037-2008, seran consideradas para efectos de distribuir los retiros sin contrato, y que el costo variable de dichas unidades de generacion, sera considerado para la determinacion de los costos marginales del MORDAZA de corto plazo; Que, finalmente, el DECRETO, vigente desde el 01 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2011, dispuso que OSINERGMIN apruebe las disposiciones necesarias para su aplicacion; Que, de acuerdo a lo MORDAZA expuesto, corresponde a OSINERGMIN publicar las disposiciones necesarias para la aplicacion del DECRETO, siendo pertinente que, debido a que dicha MORDAZA inicia su vigencia el 01 de enero de 2009, la aprobacion de las referidas disposiciones debe tener igual vigencia, lo que obliga a la exoneracion del requisito de prepublicacion, por su caracter de urgencia, posibilidad prevista en el Articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Que, se han emitido el Informe Nº 0015-2009-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe Nº 0533-2008-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, informes que complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, numeral 4 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; el Decreto de Urgencia Nº 049-2008; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA "Procedimiento para Compensacion de los Costos Variables Adicionales y de los Retiros Sin Contrato", vigente por el periodo senalado en el Articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 049-2008. Articulo 2º.- Incorporese el Informe Nº 0015-2009GART, Anexo, como parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Dejese sin efecto a partir del 01 de enero de 2009 las Resoluciones OSINERGMIN Nº 568-2008OS/CD y Nº 589-2008-OS/CD. Articulo 4º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS El Decreto de Urgencia Nº 049-2008, "Decreto de Urgencia que Asegura Continuidad en la Prestacion del Servicio Electrico", dicta medidas aplicables entre el 01 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2011 para la determinacion de los costos marginales en el MORDAZA de corto plazo administrado por el Comite de Operacion Economica del Sistema (COES), unificando los diversos tratamientos emitidos a la fecha sobre el mismo, tales como la Duodecima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 28832, el Decreto de Urgencia Nº 046-2007, el Decreto Legislativo Nº 1041 y el Decreto de Urgencia Nº 037-2008. El mencionado Decreto de Urgencia Nº 049-2008 establece, entre otros, que durante su vigencia: i) los costos marginales de corto plazo se determinaran considerando que no existe restriccion de produccion o transporte de gas natural ni de transmision de electricidad, no pudiendo exceder el valor limite que se fije por Resolucion Ministerial, y ii) se asignaran los retiros

sin contrato destinados al suministro de los Usuarios Regulados en funcion de la energia firme eficiente de las centrales de generacion electrica, valorizandolos a Precios en Barra. Asimismo, el mencionado Decreto de Urgencia Nº 049-2008, complementa estas disposiciones con el establecimiento de compensaciones que seran incorporadas como parte del Peaje por Conexion al Sistema Principal de Transmision. Adicionalmente, como consecuencia de las derogatorias que supone el Decreto de Urgencia Nº 049-2008, de parte del Decreto Legislativo Nº 1041 y del Decreto de Urgencia Nº 046-2007, corresponde dejar sin efecto algunas normas aprobadas por OSINERGMIN vinculadas a los mismos y dictar las medidas pertinentes para reconocer cualquier saldo monetario que de ellas se deriven al 31 de diciembre de 2008. El Articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 049-2008, dispone que OSINERGMIN aprobara las disposiciones necesarias para la aplicacion del mismo desde que inicie su vigencia. De esta manera, se acredita la necesidad de aprobar la MORDAZA que de cumplimiento al Decreto de Urgencia Nº 049-2008 siendo que, por la urgencia de su aprobacion, se le exonera de prepublicacion. Por las razones senaladas precedentemente, la resolucion materia de la presente exposicion de motivos cumple con los objetivos indicados. ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA MORDAZA Procedimiento para Compensacion de los Costos Variables Adicionales y de los Retiros Sin Contrato Enero de 2009 MORDAZA PROCEDIMIENTO PARA COMPENSACION DE LOS COSTOS VARIABLES ADICIONALES Y DE LOS RETIROS SIN CONTRATO Articulo 1º. DEFINICIONES Para efectos de esta MORDAZA se emplean las siguientes definiciones: 1.1 Agentes: Denominacion generica dada al conjunto de Generadores, Transmisores, Distribuidores y Usuarios Libres. 1.2 Ano Tarifario: Periodo comprendido entre el 01 de MORDAZA hasta el 30 de MORDAZA del siguiente ano. 1.3 Barra: Es aquel punto del sistema electrico preparado para entregar y/o retirar energia electrica. 1.4 Barras de Transferencia: Tiene la definicion contenida en el Procedimiento Tecnico Nº 10 del COESSINAC. 1.5 Cargo Unitario por CVOA-CMg: Cargo unitario expresado en Nuevos Soles por kW al mes que se publicara en la Resolucion que establezca los Precios en MORDAZA como parte integrante del Peaje por Conexion al Sistema Principal de Transmision. Corresponde a la compensacion a que se refiere el numeral 1.3 del Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 049-2008. 1.6 Cargo Unitario por CVOA-RSC: Cargo unitario expresado en Nuevos Soles por kW al mes que se publicara en la Resolucion que establezca los Precios en MORDAZA como parte integrante del Peaje por Conexion al Sistema Principal de Transmision. Corresponde a la compensacion a que se refiere el MORDAZA parrafo del Articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 049-2008.

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