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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2009 (10/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 99

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de enero de 2009 388153 42. Ofi cina Especial Carsa Huancayo, ubicada en Calle Real 699, Esq. Loreto s/n, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín 43. Ofi cina Especial Carsa Huánuco, ubicada en Jr. Dos de Mayo 1072, distrito, provincia y departamento de Huánuco 44. Ofi cina Especial Carsa Tingo María, ubicada en Av. Raimondi 141, distrito de Rupa Rupa, provincia de Tingo María y departamento de Huánuco 45. Ofi cina Especial Carsa Iquitos, ubicada en Jr. Próspero 495, Esq. Brasil 176, distrito de Iquitos, provincia de Maynas y departamento de Loreto 46. Ofi cina Especial Carsa Iquitos II, ubicada en Jr. Próspero 252 – 254 y Jr. Arica 253, distrito de Iquitos, provincia de Maynas y departamento de Loreto 47. Ofi cina Especial Carsa Pucallpa, ubicada en Jr. Raymondi 601, distrito Callería, provincia de Pucallpa y departamento de Ucayali 48. Ofi cina Especial Carsa Tarapoto, ubicada en Jr. Martinez de Compagnon 133 – 135, distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín 49. Ofi cina Especial Carsa La Oroya, ubicada en Jr. Dario León 197, distrito de La Oroya, provincia de Yauli y departamento de Junín 50. Ofi cina Especial Carsa La Merced, ubicada en Jr. Tarma 429, distrito de Chanchamayo (La Merced), provincia Chanchamayo y departamento de Junín 51. Ofi cina Especial Carsa Tarma, ubicada en Jr. Lima 461, distrito y provincia de Tarma, departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 298743-1 Dan por concluido el proceso liquidatorio de Banco Serbanco en Liquidación y declaran la extinción de la sociedad RESOLUCION SBS Nº 14167-2008 Lima, 31 de diciembre de 2008 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: Los Informes Nos. 88-2007-DACEL (del 20.12.2007) y 121-2008-DACEL (del 24.10.2008), emitidos por el Departamento de Administración de Carteras y Empresas en Liquidación; así como el Informe de Final de Cierre, elaborado por los representantes legales de Verifi caciones Inversiones y Cobranzas – VERINCO, empresa liquidadora de Banco Serbanco en Liquidación, en adelante, SERBANCO (L), que concluye que el proceso liquidatorio de dicho banco se encuentra en condiciones de darse por culminado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 605-2000 de fecha 08 de septiembre de 2000, se declaró en disolución al Banco Serbanco S.A., para la liquidación defi nitiva de sus bienes y negocios, cancelándose la autorización de funcionamiento; Que, inmediatamente que se declara la disolución a la que se hace referencia en el considerando anterior, los representantes designados por el Superintendente de Banca y Seguros, ahora, Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que se encarguen inicialmente de la liquidación de SERBANCO (L), efectuaron, entre otros actos, la venta de gran parte de la Cartera de Créditos de Consumo al Banco Wiese Sudameris, ahora Scotiabank Perú S.A.A. a un valor de US$ 6 011 mil (seis millones once mil Dólares Americanos), luego que este banco ganara el Concurso Público que se realizó para tal efecto; Que, con los ingresos obtenidos por dicha venta; así como los recibidos por el Fondo de Seguro de Depósitos ascendentes a S/. 19 040 mil (diecinueve millones cuarenta mil Nuevos Soles) y US$ 17 353 mil (Diecisiete millones trescientos cincuenta y tres mil Dólares Americanos), en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, en adelante, Ley General, los representantes pudieron efectuar el pago de gran parte de los créditos reconocidos por concepto de capital, del orden de prelación “A” - Cumplimiento de las Obligaciones de Carácter Laboral; así como gran parte de las acreencias de la prelación “B” - Cumplimiento de la Garantía del Ahorro, dispuesto por el artículo 117° de la Ley General. Luego de dicha gestión quedaron saldos pequeños pendientes de pago de ambas graduaciones; Que, una vez que VERINCO asumió la administración de la liquidación de SERBANCO (L), mediante Resolución SBS Nº 720-2001 del 28 de septiembre de 2001, preparó el Balance General al 31 de octubre de 2001, en el cual dicho banco en liquidación registraba activos netos por un monto de S/. 79 448 mil (setenta y nueve millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil Nuevos Soles) y pasivos por un total de S/. 122 472 mil (ciento veintidós millones cuatrocientos setenta y dos mil Nuevos Soles), y por tanto, un patrimonio negativo de S/. 43 024 mil (cuarenta y tres millones veinticuatro mil Nuevos Soles). Los activos netos lo constituían principalmente, las Inversiones Financieras Temporales, ascendentes a S/. 33 186 mil (treinta y tres millones ciento ochenta y seis mil Nuevos Soles), Colocaciones por S/. 4 443 mil (cuatro millones cuatrocientos cuarenta y tres mil Nuevos Soles) y Activos Fijos por S/. 2 704 mil (dos millones setecientos cuatro mil Nuevos Soles). En tanto los Pasivos se encontraban conformados principalmente por Depósitos, ascendentes a S/. 72 244 mil (setenta y dos millones doscientos cuarenta y cuatro mil Nuevos Soles), siendo el Fondo de Seguro de Depósitos el acreedor con mayor monto; Que, durante la gestión de la empresa liquidadora, SERBANCO (L) obtuvo ingresos del orden de S/. 7 957 mil (siete millones novecientos cincuenta y siete mil Nuevos Soles), producto de la liquidación de los activos, principalmente por recuperación de cartera (S/. 2 306 mil – dos millones trescientos seis mil Nuevos Soles); por recompra por parte del MEF de Bonos del Decreto Supremo N° 114-98-EF, (S/. 2 284 mil – dos millones doscientos ochenta y cuatro mil Nuevos Soles) incluyendo intereses y; por venta de inmuebles (S/. 2 105 mil – dos millones ciento cinco mil Nuevos Soles); Que, SERBANCO (L) logró rebajar las acreencias del orden de prelación B del artículo 117° de la Ley General, pertenecientes al Fondo de Seguro de Depósitos, en los importes de S/. 7 108 mil (siete millones ciento ocho mil Nuevos Soles y US$ 1 856 mil (un millón ochocientos cincuenta y seis mil Dólares Americanos), quedando a la fecha esta acreencia pendiente de pago por S/. 11 932 mil (once millones novecientos treinta y dos mil Nuevos Soles) y US$ 15 497 mil (quince millones cuatrocientos noventa y siete mil Dólares Americanos), la misma que no podrá ser honrada por agotamiento de activos; Que, respecto de las otras acreencias del orden de prelación B, del artículo 117° de la Ley General, existen 1,763 (un mil setecientos sesenta y tres) ex depositantes, representados por 1,248 (un mil doscientos cuarenta y ocho) cuentas en Moneda Nacional por S/. 7 564.90 (siete mil quinientos sesenta y cuatro y 90/100 Nuevos Soles) y 636 cuentas en Moneda Extranjera por US$ 3 972.03 (tres mil novecientos setenta y dos y 03/100 Dólares Americanos), generados principalmente por la diferencia de cambio y por que la cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos, no alcanzó a cubrir la totalidad de los depósitos de un número apreciable de depositantes, los mismos que quedarán impagos por agotamiento de activos; Que, igualmente, las acreencias del orden de prelación “C” - Cumplimiento de Obligaciones de Carácter Tributario, ascendentes a S/. 208 859.76 (doscientos ocho mil ochocientos cincuenta y nueve y 76/100 Nuevos Soles) y “D” - Cumplimiento de Otras Obligaciones, por un valor de S/. 4 902 827.91 (cuatro millones novecientos dos mil ochocientos veintisiete y 91/100 Nuevos Soles) y US$ 2 408 195.26 (dos millones cuatrocientos ocho mil ciento noventa y cinco y 26/100 Dólares Americanos), principalmente por concepto de intereses, quedarán impagas por agotamiento de activos; Que, SERBANCO (L), en cumplimiento de lo ordenado por Juzgados Laborales de Lima y Provincias, cumplió con consignar judicialmente en el Banco de la Nación los Benefi cios Sociales de ex trabajadores, por un importe de S/.