Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2009 (15/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

388575

Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MUNAILLA MORDAZA, como Juez Suplente del Decimo Primer Juzgado de Familia de Lima. Articulo Tercero.- ACEPTAR la DECLINACION formulada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Juez Suplente del Primer Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Cuarto.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Suplente del Primer Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Quinto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

300774-1

ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Otorgan autorizacion provisional de funcionamiento a la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION Nº 522-2008-CONAFU
MORDAZA, 19 de Diciembre del 2008 VISTOS: La Carta recibida en fecha 10 de MORDAZA del 2007, la Resolucion Nº 248-2007-CONAFU de fecha 08 de setiembre del 2007, la Resolucion N° 181-2008-CONAFU de fecha 28 de MORDAZA del 2008, la Carta recibida en fecha 08 de Setiembre del 2008, la Resolucion Nº 367-2008CONAFU de fecha 09 de setiembre del 2008, el Oficio S/N recibido en fecha 09 de diciembre del 2008, y el Acuerdo Nº 541-2008-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 17 y 18 de diciembre del 2008, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el Articulo 3° Inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion N° 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA del 2006.; Que, por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de Octubre de 2004, se aprueba el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no Pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento); el mismo que regula el procedimiento y los requisitos que deben cumplir las Promotoras, con la finalidad de Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional de los Proyectos de Universidades que promueven;

Que, por Carta recibida en fecha 10 de MORDAZA del 2007, el Representante de la Promotora Consorcio DACOR S.R.L., presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para su evaluacion por el CONAFU; Que, por Resolucion Nº 248-2007-CONAFU de fecha 08 de setiembre del 2007, se resuelve admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentado por la Promotora Consorcio DACOR S.R.L.; Que, por Resolucion N° 181-2008-CONAFU de fecha 28 de MORDAZA del 2008 se resuelve Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentado por el Representante de la Promotora Consorcio DACOR S.R.L., con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Teleinformatica, 2) Ingenieria Comercial, 3) Administracion Hotelera y Ecoturismo; Que, por Resolucion Nº 367-2008-CONAFU de fecha 09 de setiembre del 2008, se resuelve nombrar a los integrantes de la Comision Verificadora encargada de Evaluar el Informe de Implementacion Inicial de la Universidad MORDAZA MORDAZA Baca; la cual esta integrada por los siguientes profesiones: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azanero, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendives, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, por Oficio S/N recibido en fecha 09 de diciembre del 2008, la Comision encargada de Evaluar el Proyecto de Universidad Privada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presenta el Informe de Implementacion Inicial del Proyecto Universitario, mediante la cual recomienda la Aprobacion y Autorizacion Provisional de funcionamiento del referido Proyecto; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 46º del Reglamento: "La Promotora que se encuentra apta para recibir la autorizacion provisional de funcionamiento de la Universidad que promueve, debera suscribir ante CONAFU un compromiso ineludible, de cumplir estrictamente con las metas establecidas para cada ano en el Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado, que servira para autorizar el funcionamiento de la Universidad; asi como, cumplir con la inversion proyectada para cada ano de ejecucion del Proyecto y, no exceder el numero de vacantes autorizadas para cada MORDAZA profesional, previa a la promulgacion de la resolucion de autorizacion, bajo expreso apercibimiento de revocarse o dejarse sin efecto la autorizacion de funcionamiento en caso de incumplimiento"; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 47º del Reglamento: "La autorizacion provisional de funcionamiento de una Universidad debe incluir los siguientes aspectos: a) Aprobacion de la organizacion general de la institucion. b) Carreras profesionales que se autoriza. c) Numero de vacantes aprobado para cada MORDAZA profesional autorizada; y. d) Fecha de inicio de las actividades academicas"; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 49º del Reglamento: "Las Universidades cuyo funcionamiento provisional se MORDAZA autorizado, cualquiera que sea su regimen legal, se someten a la evaluacion del CONAFU por el tiempo que se estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo. La autorizacion de funcionamiento definitivo no puede ser concedida MORDAZA de transcurridos cinco (5) anos, contados a partir de la fecha de autorizacion provisional de funcionamiento, siempre que su evaluacion MORDAZA sido satisfactoria y se cuente con una promocion de graduados"; Que, el modelo Institucional adoptado por el Proyecto de la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se rige bajo las normas de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, Decreto Legislativo Nº 882, Ley de la Inversion en la Educacion, y la Ley Nº 26439 Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU); Que, en sesion de fecha 17 y 18 de diciembre del 2008, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 541-2008CONAFU acuerda: otorgar la Autorizacion Provisional de Funcionamiento a la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para brindar servicios educativos de nivel universitario, en el Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; autorizandose con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Teleinformatica, 2) Ingenieria Comercial, 3) Administracion Hotelera y Ecoturismo; Por estas consideraciones;

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