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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de enero de 2009 388563 la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto elaborar las normas y directivas para el funcionamiento del Sistema Nacional de Inversión Pública en el Sector; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Derogación del numeral 12.3 del Artículo 12º del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial Deróguese el numeral 12.3 del Artículo 12º del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC. Asimismo, déjese sin efecto las disposiciones que se hubieran emitido en virtud de lo dispuesto en el numeral 12.3 del Artículo 12º del citado Reglamento. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de enero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 301053-11 Designan Director de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 028-2009-MTC/01 Lima, 14 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con las Leyes Nºs. 27594, 27791 y 29158 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Javier Eduardo Chang Serrano, en el cargo de Director de la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la encargatura efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 904-2008-MTC/01. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 300682-1 Autorizan a la empresa Autogas Jireh S.A.C. a operar taller de conversión de gas natural vehicular en el distrito de Jesús María, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 11785-2008-MTC/15 Lima, 29 de diciembre de 2008 VISTOS: El Parte Diario registrado con Nº 118215 y Expedientes Nos. 2008-030541, 2008-032638, 2008-033790, 2008- 034343 y 2008-034385 presentados por la empresa AUTOGAS JIREH S.A.C., mediante los cuales solicita autorización como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular GNV (GNV); y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre señala que, la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, el Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos, modifi cado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 014-2004- MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 012-2005-MTC, 008-2006-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037- 2006-MTC, 006-2008-MTC y 042-2008-MTC, establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; El artículo 29º del citado Reglamento establece el marco normativo que regula las conversiones de los vehículos originalmente diseñados para combustión de combustibles líquidos con la fi nalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fi n de que éstas se realicen con las máximas garantías de seguridad, por talleres debidamente califi cados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilización sin control; Mediante Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 se aprobó la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 que regula el “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”, modifi cado posteriormente por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284- 2008-MTC/15; Directiva que, en el numeral 1.5 establece el procedimiento y requisitos que deben reunir las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV, encargadas de realizar la conversión del sistema de combustión del vehículo a GNV, con el propósito de asegurar que éste cumpla con los requisitos técnicos establecidos en la referida directiva y demás normas conexas y complementarias; Finalmente, el numeral 6 de la Directiva antes mencionada, modifi cada por el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 7150-2MTC/15, señala que el Taller de Conversión Autorizado es aquel establecimiento debidamente autorizado por la DGCT (hoy Dirección General de Transporte Terrestre), para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, del análisis de los documentos presentados por la empresa AUTOGAS JIREH S.A.C., se advierte que ha cumplido con presentar los documentales exigidos en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150- 2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15. En efecto, ha presentado los siguientes documentos: • Solicitud fi rmada por el representante legal de AUTOGAS JIREH S.A.C.; • Copia Literal de la Partida Nº 11860523 emitida por la Ofi cina Registral de Lima en la que consta la inscripción de la empresa AUTOGAS JIREH S.A.C.; • Certifi cado de vigencia de poder expedido por la Ofi cina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, correspondiente a la Partida Nº 11860523, que acredita la vigencia del poder respectivo; • Certifi cado de Inspección de Taller Nº TACP- CIT181008001 de fecha 18 de octubre del 2008, emitido