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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de enero de 2009 389280 Visto, en Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 17 de Enero del 2009; y. CONSIDERANDO: Que, el Estado y la Constitución protegen a la familia, promueven el Matrimonio, reconociéndoseles como Institutos Naturales y Fundamentales de la Sociedad, al amparo de lo dispuesto en el Art. 4° de la Constitución Política del Perú. Que, el Código Civil en su Art. 233° establece que la regulación jurídica de la familia, tiene por fi nalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del Perú. Que, existen en el Distrito de Chorrillos, numerosas parejas que viven en unión de hecho y que desean formalizar su Estado Civil, contrayendo Matrimonio. Que, proteger a la familia y promover el matrimonio como Institución Natural y Fundamental de la Sociedad cautelando su legalidad y seguridad jurídica, es deber que los gobiernos locales tienen, Que, la Ofi cina de Registro Civil ha recomendado celebrar el Matrimonio Civil Comunitario con ocasión de celebrarse el día de San Valentín resultando pertinente autorizar la celebración por dicha fecha, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitario organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdicción. Que, estando a lo antes expuesto, a lo establecido en el Libro de Familia, Arts. 233°, 234° y 248° del Código Civil, a las facultades conferidas al Concejo en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, Art. 9°, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Artículo 1°.- Autorizar la celebración del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el día 13 de Febrero del 2009, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitarios organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdicción. Artículo 2°.- Establézcase por derecho de celebración de Matrimonio Civil Comunitario, descrito en el Artículo precedente, un único pago ascendente a la suma de S/. 68.69 (SESENTA Y OCHO 69/100 NUEVOS SOLES). Artículo 3°.- Las parejas contrayentes podrán inscribirse para el Matrimonio Civil Comunitario hasta el 02 de Febrero del 2009 plazo en el que vencerá la presentación de expedientes matrimoniales. Artículo 4°.- Las parejas interesadas en contraer Matrimonio Civil Comunitario, deberán cumplir con presentar los siguientes documentos: a. Partida de Nacimiento original de cada uno de los contrayentes o, en su defecto la respectiva Dispensa Judicial. b. Original y copia de los documentos de Identidad de cada uno de los contrayentes. c. Declaración Jurada del domicilio de cada uno de los contrayentes, según formato. d. Certifi cado Médico. e. Recibo de Pago por el derecho de celebración del Matrimonio, debidamente cancelado. f. Dos (02) testigos mayores de edad, por cada contrayente, adjuntando copia de sus documentos de identidad. En caso de contrayentes viudos o divorciados, además deberán presentar: a. Partida original de Defunción o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolución en anotación marginal, según sea el caso. b. Declaración Jurada legalizada ante Notario Público, que acredite tener o no la administración de los bienes de hijos habidos en anterior matrimonio. Artículo 5°.- Ordénese a la Unidad de Registro Civil la publicación de la relación de las parejas que contraerán Matrimonio Civil en la referida fecha, durante ocho (08) días en el periódico mural de la Municipalidad y a la Sub Gerencia de Informática en la página Web de la Municipalidad. Artículo 6°.- Encargar a la Secretaría General del Concejo y la Unidad de Registro Civil el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 304542-1 Establecen los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto y de vencimiento de pago del Impuesto Predial 2009 ORDENANZA Nº 150-MDCH Chorrillos, 17 de enero de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS. POR CUANTO: El Consejo Municipal Distrital de Chorrillos, en Sesión Ordinaria de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son Órganos de Gobierno Local que gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción; correspondiendo al Concejo Municipal la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al Numeral 4) del Artículo 200º de nuestra Carta Magna. Que, mediante Ordenanza Nº 130 – MDCH se aprobó la emisión mecanizada de las Declaraciones Juradas de actualización de valores, determinación del impuesto y de vencimiento de pago del impuesto Predial 2008, siendo modifi cada por la Ordenanza Nº 134-MDCH la misma que fue ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 118 del 17 de Marzo de 2008. Que, mediante informe de la Sub Gerencia de Administración Tributaria la proyección de los costos de emisión mecanizada de las declaraciones juradas del impuesto predial para el ejercicio 2009 no tienen variación sustancial en la estructura de costos comparada con la Ordenanza Nº 130-MDCH modifi cada por la Ordenanza Nº 134-MDCH. Que, en uso de la autonomía económica y administrativa se debe establecer que para la determinación de los costos de emisión mecanizada de las Declaraciones Juradas para el periodo 2009, se consideren los mismos que se establecieron para el periodo 2008 en la Ordenanza Nº 130-MDCH, modifi cada por la Ordenanza Nº 134-MDCH. Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 093 -2009-GAJ-MDCH, mediante el cual la Gerencia de Asesoría Jurídica, expresa su conformidad con la presente Ordenanza y en uso de las facultades concedidas por el Inciso 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL IMPUESTO Y DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL 2009 Artículo Primero.- MARCO LEGAL Aprobar la emisión mecanizadas de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial del Ejercicio Tributario 2009 y dispóngase que para efectos de establecer los derechos de emisión mecanizadas de actualización de valores, determinación del impuesto Predial 2009, el marco legal