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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 1 de junio de 2009 396830 y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 212 213,68 m², ubicado en el Lote N° 11, altura del Km. 381 de la Carretera Panamericana Sur, en la margen derecha con dirección a Palpa, al Oeste del Valle de Santa Cruz, en el distrito de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral N° XI - Sede Ica sobre la base del Informe Técnico Nº 2275-2008- ZR-XI/AC-ICA de fecha 17 de diciembre de 2008, señala que sobre el terreno en consulta no existe superposición gráfi ca con predio digitalizado en la base gráfi ca; Que, realizada la inspección técnica con fecha 24 de marzo de 2009, se verifi có que el citado terreno eriazo presenta un suelo de textura arenosa y un relieve topográfi co variable, al observarse zonas planas y zonas con pendientes moderadas, encontrándose desocupado y sin uso; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 212 213,68 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003- 2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0231-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 29 de abril de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 212 213,68 m², ubicado en el Lote N° 11, altura del Km. 381 de la Carretera Panamericana Sur, en la margen derecha con dirección a Palpa, al Oeste del Valle de Santa Cruz, en el distrito de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 354266-2 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 114-2009/SBN-GO-JAR San Isidro, 27 de mayo de 2009 Visto el Expediente N° 070-2009/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 435 526,11 m², ubicado al Oeste del centro poblado de Vista Alegre, a la margen izquierda de la Carretera Panamericana Sur (rumbo a Arequipa), distrito de Vista Alegre, provincia de Nazca, departamento de Ica; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 435 526,11 m², ubicado al Oeste del centro poblado de Vista Alegre, a la margen izquierda de la Carretera Panamericana Sur (rumbo a Arequipa), distrito de Vista Alegre, provincia de Nazca, departamento de Ica, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, la Ofi cina Registral de Nazca de la Zona Registral N° XI - Sede Ica, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 02 de marzo de 2009, señala que sobre el terreno en consulta no existe superposición gráfi ca con predio digitalizado en la base gráfi ca; Que, realizada la inspección técnica con fecha 24 de marzo de 2009, se verifi có que el citado terreno eriazo presenta un relieve topográfi co predominantemente accidentado, con suelo de textura arenosa y afl oramiento rocoso, que forma parte de un área mayor que se encuentra delimitada y administrada por la empresa Minera y Exportaciones S.A.C.; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 435 526,11 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003- 2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente