Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (04/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de junio de 2009 396979 situación inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, el artículo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184–2008-EF, dispone el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados; Que, en el artículo 135º de la normal legal acotada, se encuentra señalado el procedimiento para las contrataciones exoneradas, debiendo la Ofi cina Regional Sur Oriente Cusco sujetarse estrictamente a la norma indicada; sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones defi nitivas; Estando a lo solicitado por la Ofi cina Regional Sur Oriente Cusco, contándose con las visaciones de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS y Resolución Suprema Nº 064-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR, en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, internas, niños menores de tres años y personal de seguridad de los Establecimientos Penitenciarios de Cusco Varones y Mujeres Cusco, a partir del 04 de junio de 2009, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- EXONERAR, a la Ofi cina Regional Sur Oriente Cusco del INPE del correspondiente proceso de selección para la contratación del suministro de alimentos preparados a que se refi ere el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Ofi cina Regional Sur Oriente Cusco del INPE para que a través del Comité Ad Hoc que designe se realice la contratación del suministro de alimentos preparados para internos, internas, niños menores de tres años y personal de seguridad de los Establecimientos Penitenciarios de Cusco Varones y Mujeres Cusco, de acuerdo al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS PERIODO TOTAL S/. 1 2 CUSCO VARONES CUSCO MUJERES 60 DIAS 60 DIAS 346 860,00 18 810,00 TOTAL 365 670,00 Dicha autorización es por el período de sesenta (60) días calendario, de acuerdo al cuadro de raciones que se encuentra indicado en el Informe Técnico Nº 0009-2009- INPE/22.04 de fecha 27 de mayo de 2009, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiéndose efectuar la contratación del servicio en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4º.- DISPONER, que la Ofi cina General de Administración comunique a la Contraloría General de la República la presente Resolución y los correspondientes informes, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º.- REMITIR, copia al Órgano de Control Institucional del INPE para el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados. Artículo 6º.- DISTRIBUIR, copia de la presente Resolución a la Ofi cina Regional Sur Oriente Cusco del INPE e instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALEJANDRO LEÓN BALLÉN Presidente Consejo Nacional Penitenciario 356128-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designaciones y designa Intendentes de la Aduana de Chimbote y Aérea del Callao RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 119-2009/SUNAT Lima, 3 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que el Artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1° de dicha Ley se efectúa mediante resolución del Titular de la entidad correspondiente; Que mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 604-2008/SUNAT/A, se designó al señor Jorge Salomón Montoya Atencio, como Intendente de la Aduana de Chimbote; Que asimismo, a través de la Resolución de Superintendencia N.° 049-2009/SUNAT se designó a la señora Gloria Emperatriz Luque Ramírez como Intendente de la Aduana Aérea del Callao; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto las citadas designaciones y proceder a designar a las personas que asumirán las funciones de los cargos precedentemente anotados, los cuales son considerados de confi anza, según la Resolución Suprema N.° 105-2008- EF, que aprobó la modifi cación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la SUNAT; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el inciso i) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.º 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación del señor Jorge Salomón Montoya Atencio, en el cargo de Intendente de la Aduana de Chimbote, dándosele las gracias por su desempeño en el mismo. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la designación de la señora Gloria Emperatriz Luque Ramírez, en el cargo de Intendente de la Aduana Aérea del Callao, dándosele las gracias por su desempeño en el mismo. Artículo 3º.- Designar al señor José Luis Otero Lachira, en el cargo de Intendente de la Aduana de Chimbote. Artículo 4º.- Designar al señor Jorge Salomón Montoya Atencio, en el cargo de Intendente de la Aduana Aérea del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administración Tributaria 356369-1