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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de junio de 2009 396989 de casos sobre terrorismo, en los que pese a situaciones de peligro para su vida y su salud no ha dejado que ello afecte su puntualidad y asistencia a sus labores diarias. De la valoración conjunta de este rubro se llega a la conclusión que el doctor Chirinos Manrique satisface los parámetros de rectitud y respeto de las normas que caracterizan su desempeño como representante del Ministerio Público. Sexto: Que, por su signifi cativa importancia en el contexto de la participación de la sociedad civil organizada y dada su representatividad de la colectividad jurídica, debe considerarse entre otras informaciones aquellas proporcionadas por los Colegios de Abogados; en este orden de ideas resulta pertinente tomar en cuenta los resultados de diversos referéndums llevados a cabo por el gremio de Lima, en los años 2002 y 2006, en los que aparece con un resultado promedio, en los que si bien no aparece entre los primeros lugares tampoco se encuentra entre los últimos, lo que permite concluir que el evaluado denota un ejercicio adecuado de su función sin que aparezca desmerecimiento alguno por parte de la comunidad jurídica, lo cual implica un respaldo a su desempeño como Fiscal Adjunto Superior, constituyendo ello un elemento a valorarse en forma positiva. Sétimo: Que, respecto al patrimonio del magistrado, se desprende del examen de los documentos que obran en el expediente como sus declaraciones juradas, la información de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos y de lo vertido en la entrevista personal, que sus bienes declarados evidencian una situación regular o compatible con sus ingresos y obligaciones, advirtiéndose que el evaluado ha cumplido con presentar sus declaraciones de bienes en forma oportuna a los órganos competentes de su institución. Octavo: Que, en lo referente al aspecto de idoneidad, la producción fi scal del evaluado, de acuerdo con la información enviada por el Ministerio Público, que corre de fojas 387 a 396, se concentra en mayor porcentaje en el conocimiento de causas sobre delitos de terrorismo, por cuya especial complejidad en números absolutos reporta 741 expedientes durante el período del 2003 al 2008, lo que se valora como una buena producción, dada la circunstancia antes descrita, denotando además durante el acto de su entrevista dominio y experiencia comprobada sobre el manejo de dichas causas, así como de la organización de su despacho para resolverlas oportunamente. Noveno: Que, con respecto a la calidad de las resoluciones del evaluado, en mérito al análisis e informe emitido por el especialista y que este colegiado asume con ponderación, de los 14 documentos y dictámenes analizados 12 han sido considerados como buenos y dos como aceptables, apreciándose que los comentarios del especialista destacan el dominio del evaluado en las materias jurídicas sometidas a su conocimiento, hecho que también fue confi rmado durante la entrevista personal en la que demostró versación y conocimiento propios de su especialidad, lo que constituye un factor relevante a su favor, debiendo destacarse su experiencia en el manejo de casos complejos sobre todo en materia de terrorismo. Sobre el particular, merece destacarse su sistema de trabajo el cual explicó en forma clara ante el Pleno, denotando además de dominio de materias jurídicas, habilidades de gestión de procesos que lo hacen competente para ejercer el cargo que viene desempeñando, lo cual implica que a lo largo del período de evaluación este rubro se valora positivamente. Décimo: Que, respecto a la capacitación se ha podido establecer que el doctor Chirinos Manrique ha sido ponente, panelista u organizador en 11 eventos académicos; y como participante en 27 certámenes entre seminarios, conferencias, cursos de especialización, forums, jornadas de actualización, talleres; incluyendo además 3 diplomados en materias de derechos humanos, derecho penal y corrupción y delitos contra la administración pública; asimismo, ha aprobado en la Academia de la Magistratura el Segundo Curso Especial de Preparación para el Ascenso. El magistrado además, ha egresado de la Maestría en Derecho con mención en la especialidad de Ciencias Penales, así como del doctorado en derecho, en ambos casos en la Escuela de post grado de la Universidad Nacional Federico Villarreal, por lo que también cabe exhortar al evaluado para que opte los grados que están pendientes; de otro lado, acredita tener conocimientos del idioma quechua y el italiano. Cabe precisar que en este rubro su constante actualización y capacitación, así como sus conocimientos han sido corroborados a través de la entrevista personal realizada por el Pleno, en la que teniendo en cuenta la especialidad y el cargo del magistrado evaluado absolvió las preguntas de carácter jurídico que se le formularon en forma acertada y con seguridad, demostrando dominio y conocimiento de las materias sobre las que fue preguntado, en particular en derecho penal. Décimo Primero: Que, de lo actuado en el proceso de evaluación y ratifi cación ha quedado establecido que el doctor Edgar Zenón Chirinos Manrique durante el período sujeto a evaluación ha satisfecho las exigencias de conducta e idoneidad acordes con la delicada función fi scal; situación que se acredita con el hecho de no registrar antecedentes policiales, judiciales y penales; tampoco medidas disciplinarias impuestas o fi rmes; las quejas o denuncias formuladas ante la Fiscalía Suprema de Control Interno se encuentran archivadas; respecto a su patrimonio, no se ha encontrado un incremento sustancial o injustifi cado del mismo; y dicho patrimonio ha sido declarado oportunamente ante su institución; y de otro lado, registra también una continua actualización y capacitación evidenciada en su asistencia a cursos, seminarios y talleres durante el periodo de evaluación; además de resultados aceptables en los referéndums del Colegio de Abogados de Lima. De esta forma el magistrado evaluado ha evidenciado buena conducta, contracción al trabajo funcional, además de capacitación y actualización adecuada, como también respeto y observancia a la Constitución y a la ley, todo lo cual ha incidido en su buen desempeño como representante del Ministerio Público. Décimo Segundo: Que, este Consejo también tiene presente el examen psicométrico (psiquiátrico y psicológico) practicado en la persona del doctor Edgar Zenón Chirinos Manrique, cuyas conclusiones resultan favorables al evaluado. Décimo Tercero: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta únicamente aquellos elementos objetivos ya glosados para el proceso de evaluación y ratifi cación que nos ocupa, se ha determinado la convicción unánime del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de renovar la confi anza al magistrado evaluado. En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del artículo 154° de la Constitución Política del Perú, artículo 21° inciso b) y artículo 37° inciso b) de la Ley 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y artículo 29° del Reglamento del Proceso de Evaluación y Ratifi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, aprobado por Resolución N° 1019-2005-CNM, y al acuerdo unánime adoptado por el Pleno en sesión de 23 de abril de 2009. SE RESUELVE: Primero: Renovar la confi anza al doctor Edgar Zenón Chirinos Manrique y, en consecuencia, ratifi carlo en el cargo de Fiscal Adjunto Superior del Distrito Judicial de Lima. Segundo: Notifíquese personalmente al magistrado ratifi cado y remítase copia certifi cada al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, de conformidad con el artículo trigésimo segundo del Reglamento del Proceso de Evaluación y Ratifi cación de jueces del Poder Judicial y fi scales del Ministerio Público, y remítase copia de la presente resolución a la Ofi cina de Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CARLOS ARTURO MANSILLA GARDELLA EDWIN VEGAS GALLO FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO ANIBAL TORRES VASQUEZ EFRAIN ANAYA CARDENAS MAXIMILIANO CARDENAS DÍAZ LUIS EDMUNDO PELAEZ BARDALES 355426-3