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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de mayo de 2009 395265 benefi cio de las relaciones de Trabajo y de la Seguridad Social; Que, la señora Ana María Yáñez Málaga es una reconocida abogada de amplia trayectoria profesional que se ha orientado y desplegado acciones en el ámbito del derecho de trabajo y de la promoción social y ciudadana, con énfasis en el impulso de políticas a favor de la igualdad de oportunidades entre varones y mujeres; así como la protección a la niñez, alentando procesos de participación ciudadana y diálogo social; Que, aspiraciones enmarcadas en la consecución de justicia social y la equidad la llevaron a fundar el Movimiento Manuela Ramos, organización sin fi nes de lucro que desde hace más de 30 años viene trabajando para mejorar la situación y posición de las mujeres en los diversos ámbitos de las sociedad; asumiendo la Dirección de dicha institución entre los años 2002 y 2005 y en la actualidad forma parte del programa denominado “Derecho a la Participación Política y Ciudadanía”; Que, en el ámbito de la promoción de una cultura de diálogo a favor de la cohesión social ha sido miembro del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo desde el año 2001 hasta la actualidad, representando a las organizaciones sociales vinculadas al Sector Trabajo, participando activamente en los debates sobre lineamientos sectoriales y políticas en materia de trabajo y empleo con enfoque de género; Que, a lo largo de su amplia experiencia ha contribuido en la promoción y propuesta de normas a favor de las mujeres y de los niños y adolescentes formando parte de comisiones ofi ciales encargadas de la preparación de proyectos de normas tales como el Código de los Niños y Adolescentes, la Ley de la Madre Trabajadora, entre otras, demostrando con ello su profesionalismo e interés por el bienestar de este sector expuesto a situaciones de vulnerabilidad; Que, como parte de su desarrollo profesional ha escrito diversos artículos y ensayos sobre la problemática laboral y de empleo entre los cuales cabe destacar “Hacia un Derecho Social de la Mujer: Riesgos y Potencialidades” en el que aborda las causas y orígenes de la división sexual del trabajo y de su impacto en el desarrollo de las mujeres a lo largo de la vida en sociedad; asimismo, ha dirigido diversos números de revistas especializadas como “El Cuarto Femenino”, la “Actuación Política de Mujeres Peruanas Durante el Siglo XX, de Catalina Salazar, “Mujeres y Política: El poder Escurridizo”, ambos de la serie Mujer y Política, “Balance Institucional y Político” de la experiencia de PROMUJER, proyecto que dirigió y fue ejecutado por un consorcio de instituciones, en el que se postula el balance de los procesos políticos en los que se aplicó la cuota electoral a favor de la participación femenina; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios, contemplados en el artículo 22º y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el artículo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Gran Ofi cial” a la señora ANA MARIA YAÑEZ MALAGA, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR. Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 343343-10 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2009-TR Lima, 30 de abril de 2009 VISTO: Con fecha 20 de abril de 2009, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral deliberó y aprobó por unanimidad, la postulación del señor Wilfredo Alberto Sanguineti Raymond para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de Gran Ofi cial, en mérito a las siguientes consideraciones: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Condecoración con la Orden del Trabajo se confi ere por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, constituyen acciones distinguidas los actos o servicio prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; Que, constituyen servicios meritorios aquellos que hayan contribuido para enaltecer las instituciones del Sector Trabajo o el progreso del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, en el país como en el extranjero; que, bajo el desempeño de responsabilidades directivas hayan favorecido la creación o perfeccionamiento de entidades o programas de alta signifi cación para el progreso del Sector Trabajo; que sustenten producción, trabajo o investigación relacionado con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye signifi cativamente al mejor desempeño de éste; que se traduzcan en el desempeño efi ciente de las funciones encomendadas, de excepcional importancia en benefi cio de las relaciones de Trabajo y de la Seguridad Social; Que, el doctor Wilfredo Alberto Sanguineti Raymond es un destacado abogado con la más alta especialización en Derecho del Trabajo y Seguridad Social al haber obtenido el título de Licenciado en Derecho por la Pontifi cia Universidad Católica del Perú y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca; es al mismo tiempo catedrático en las referidas Universidades; Que, su especializado conocimiento de las instituciones del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social han dado lugar a una fructífera trayectoria profesional, habiendo contribuido signifi cativamente a su estudio y perfeccionamiento tanto en el ejercicio privado de la profesión como en los ámbitos académico y función pública; Que, en la actualidad ejerce actividades profesionales como conciliador-mediador del Servicio de Relaciones Laborales de Castilla y León, España y del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje, España, desde 2006; en el ejercicio de la función pública, ocupó entre marzo y julio de 2004 el cargo de Jefe del Gabinete de Asesores del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo de nuestro país, participando como representante del Gobierno del Perú en la Mesa Laboral de la II Ronda de Negociaciones y en Mesa Laboral de la III Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos de América y los Países Andinos; asimismo, fue un activo promotor del diálogo y la concertación laboral en el país, liderando las discusiones sobre la reforma de la legislación laboral peruana y lineamientos de política en materia de trabajo y empleo ante el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en el ámbito académico, el doctor Wilfredo Alberto Sanguineti Raymond, destaca por su contribución a la investigación del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en su condición de profesor titular del Departamento de Derecho del Trabajo y Trabajo Social de la Universidad de Salamanca, siendo el primer peruano en obtener habilitación para desempeñarse como Catedrático en Derecho en alguna Universidad de España; Que, su vocación por la investigación en la disciplina del Derecho del Trabajo y la práctica jurídica se refl eja en la vasta producción bibliográfi ca sobre esta materia en la que destacan publicaciones como “El contrato de locación de servicios frente al Derecho Civil y al Derecho del Trabajo” (1988, 2001), “Lesión de la Libertad sindical y comportamientos antisindicales” (1993), “Contrato de Trabajo y nuevos sistemas productivos” (1997), “Los contratos de trabajo de duración determinada” (1999), “La inaplicación parcial del contenido del convenio colectivo” (2000), “Teletrabajo y globalización” (2003), y “Los empresarios y el confl icto laboral” (del cierre a la defensa de la producción) (2006), y “Derecho Constitucional del Trabajo” (2007), además de más de medio centenar de artículos, estudios y publicaciones, varias sobre temas diversos de su especialidad, publicados en obras colectivas y revistas españolas, europeas y americanas; Que, su interés por promover el mejor conocimiento y efi caz ejercicio del Derecho del Trabajo para lograr