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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2009 (01/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de mayo de 2009 395268 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el artículo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Gran Ofi cial” al señor LUIS JOSÉ NAVA GUIBERT, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR. Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 343343-14 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 012-2009-TR Lima, 30 de abril de 2009 VISTO: Con fecha 20 de abril de 2009, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación de la señora Susana Isabel Pinilla Cisneros, para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de Gran Ofi cial, en mérito a las siguientes consideraciones: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Condecoración con la Orden del Trabajo se confi ere por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, constituyen acciones distinguidas los actos o servicio prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; Que, constituyen servicios meritorios aquellos que hayan contribuido para enaltecer las instituciones del Sector Trabajo o el progreso del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, en el país como en el extranjero; que, bajo el desempeño de responsabilidades directivas hayan favorecido la creación o perfeccionamiento de entidades o programas de alta signifi cación para el progreso del Sector Trabajo; que sustenten producción, trabajo o investigación relacionado con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye signifi cativamente al mejor desempeño de éste; que se traduzcan en el desempeño efi ciente de las funciones encomendadas, de excepcional importancia en benefi cio de las relaciones de Trabajo y de la Seguridad Social; Que, la señora Susana Isabel Pinilla Cisneros es una reconocida antropóloga y docente universitaria, consultora, especialista y conferencista internacional en temas relacionados con el fortalecimiento de las capacidades productivas y emprendedoras de mujeres y sectores de escasos recursos, desarrollo de las micro y pequeñas empresas y desarrollo local, promoción del empleo de colectivos expuestos a situaciones de vulnerabilidad; Que, su destacada trayectoria profesional ha tenido diversos ámbitos de actuación tanto en el sector privado como en el desempeño de la función pública, habiéndole correspondido ejercer altas responsabilidades directivas a nivel nacional e internacional, tales como la fundación y presidencia ejecutiva del Instituto Nacional de Desarrollo del Sector Informal (IDESI) enfocado a la atención de las necesidades del empresariado emergente y al desarrollo de las micro y pequeñas empresas; funcionaria de la Entidad Financiera de la Micro y Pequeña Empresa Proempresa S.A., de International Network of Alternatives Financial Institutions - INAFI, de la Fundación Financiera Suiza: Recherches Et Applications de Financements Alternatifs au Développement – RAFAD, de la Agencia para las Finanzas y la Integración de la Mujer – AFIM; Que, a los reconocidos méritos en el sector privado se suma la alta responsabilidad desempeñada en el Sector Público como Ministra de Estado en las carteras de Trabajo y Promoción del Empleo entre el período 2006 – 2007 y, de la Mujer y Desarrollo Social en el período 2007 – 2008 sectores en los que impulsó decididamente una gestión pública con enfoque estratégico, promovió la discusión y aprobación de modifi caciones a la normatividad laboral a favor de la formalización del empleo, mejora de competencias laborales y productividad de las empresas y al cumplimiento de los derechos laborales; Que, destaca igualmente su vocación concertadora y promotora de la participación y el diálogo social las misma que se ha hecho manifi esta durante la Presidencia del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, instancia en la que desplegó denodados esfuerzos para que concluyera el debate del Proyecto de Ley General de Trabajo, cuando se desempeñó como Ministra en la Cartera de Trabajo y, en la actualidad, como Consejera presidencial en temas de inversión pública para gobiernos locales y regionales y lidereza del Movimiento “Perú Emergente”, un equipo de dirigentes de las micro y pequeñas empresas, rondas campesinas y artesanos que tiene por objetivo dialogar con los diferentes movimientos y partidos políticos y encontrar puntos de coincidencia encaminados a un proyecto de desarrollo nacional; Que, las consideraciones expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el artículo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Gran Ofi cial” a la señora SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR. Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 343343-15 Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Gran Oficial” al SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL - SENATI RESOLUCIÓN SUPREMA N° 013-2009-TR Lima, 30 de abril de 2009 VISTO: Con fecha 20 de abril de 2009, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral deliberó y aprobó por unanimidad, la postulación del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de Gran Ofi cial, en mérito a las siguientes consideraciones: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Condecoración con la Orden del Trabajo se confi ere por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, constituyen acciones distinguidas los actos o servicio prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; Que, constituyen servicios meritorios aquellos que hayan contribuido para enaltecer las instituciones del Sector Trabajo o el progreso del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, en el país como en el extranjero;