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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2009 (01/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de mayo de 2009 395270 Que, es importante reconocer el trabajo que ha desarrollado el señor Luis Cáceres en la defensa de los derechos laborales de los trabajadores de los diferentes gremios sindicales en nuestro país, desempeñando una loable labor sindical que ha merecido el reconocimiento de sus compañeros de trabajo, quienes lo han reeligido en forma democrática como Secretario General de la Federación a la que pertenece, cargo desde el cual ha representado a los trabajadores en diversas instancias, valorando y fortaleciendo la negociación colectiva para coadyuvar en la solución de las controversias laborales de su sector; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios, contemplados en el Artículo 22º y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el Artículo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, las consideraciones expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el Artículo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Comendador” al señor LUIS VICTORIANO CÁCERES CERVANTES, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR. Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 343343-17 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 015-2009-TR Lima, 30 de abril de 2009 VISTO: Con fecha 20 de abril de 2009, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación de la señora Marina Aurora Bustamante Méjico, para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de Comendador, en mérito a las siguientes consideraciones: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Condecoración con la Orden del Trabajo se confi ere por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, constituyen acciones distinguidas los actos o servicio prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; Que, constituyen servicios meritorios aquellos que hayan contribuido para enaltecer las instituciones del Sector Trabajo o el progreso del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, en el país como en el extranjero; que, bajo el desempeño de responsabilidades directivas hayan favorecido la creación o perfeccionamiento de entidades o programas de alta signifi cación para el progreso del Sector Trabajo; que sustenten producción, trabajo o investigación relacionado con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye signifi cativamente al mejor desempeño de éste; que se traduzcan en el desempeño efi ciente de las funciones encomendadas, de excepcional importancia en benefi cio de las relaciones de Trabajo y de la Seguridad Social; Que, la señora Marina Aurora Bustamante Méjico es Gerente General y fundadora de Renzo Costa SAC una reconocida empresa de la industria de prendas y artículos de cuero del país, que cuenta con más de 35 años de existencia; Que, destaca su espíritu emprendedor y responsabilidad directiva con enfoque social que le condujeron a constituir su propia empresa en el año 1973 y desde entonces ha logrado posicionar el nombre de la empresa y prestigio del país al haber logrado altos estándares de calidad reconocidos en otras latitudes como Nueva Zelanda, Italia, Uruguay, Argentina y Colombia; Que, su responsabilidad directiva con enfoque social la conducen a establecer un sistema armonioso de relaciones laborales que se pone a prueba en la década de los años noventa, en el que el compromiso recíproco de la empresa y sus trabajadores logran remontar los efectos perjudiciales originados por el fenómeno climático “El Niño” que ocasionó problemas en la industria de la confección y que generó la quiebra de muchas empresas; Que, en la misma línea constituye acción distinguida el haber creado en el año 2007 el programa de responsabilidad social “Renzo Costa piensa en mí”, benefi ciando con ello a muchos jóvenes aprendices del arte de trabajar el cuero, incluyendo en este programa a jóvenes con discapacidad auditiva a quienes ofrece talleres y cursos de capacitación en lenguaje de señas en el que participan los empleados, padres de los jóvenes con discapacidad, e incluso para aquellos que aún no dominan su manejo, generando con ello un mecanismo efectivo de inclusión en el mercado de trabajo, con enfoque de igualdad de oportunidades; Que, los esfuerzos desplegados por el programa puesto en marcha por la empresa Renzo Costa busca además, concientizar al empresariado nacional para que se den mayores oportunidades a personas con habilidades diferentes, evitando con ello la discriminación y promoviendo su inclusión no sólo en el mercado laboral, sino también en la sociedad; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios, contemplados en el artículo 22º y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el artículo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la “Orden del Trabajo” en el Grado de “Comendador” a la señora MARINA AURORA BUSTAMANTE MEJICO, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 343343-18 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 016-2009-TR Lima, 30 de abril de 2009 VISTO: Con fecha 20 de abril de 2009, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral deliberó y aprobó por unanimidad, la postulación del señor Luís Alberto Ortiz Pilco para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de Comendador, en mérito a las siguientes consideraciones: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Condecoración con la Orden del Trabajo se confi ere por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, constituyen acciones distinguidas los actos o servicio prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; Que, constituyen servicios meritorios aquellos que hayan contribuido para enaltecer las instituciones del Sector Trabajo o el progreso del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, en el país como en el extranjero; que, bajo el desempeño de