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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2009 (01/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de mayo de 2009 395269 que, bajo el desempeño de responsabilidades directivas hayan favorecido la creación o perfeccionamiento de entidades o programas de alta significación para el progreso del Sector Trabajo; que sustenten producción, trabajo o investigación relacionado con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye significativamente al mejor desempeño de éste; que se traduzcan en el desempeño eficiente de las funciones encomendadas, de excepcional importancia en beneficio de las relaciones de Trabajo y de la Seguridad Social; Que, el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI es una institución que tiene por objeto brindar formación profesional y capacitación para la actividad industrial manufacturera así como de apoyo a otras actividades económicas, la misma que desde su fundación hasta la actualidad representa uno de los más importantes referentes educativos que favorece la empleabilidad e inserción efectiva y adecuada de jóvenes u adultos en el mercado de trabajo, con oportunidades de desarrollo y reconocimiento de sus derechos y al mismo tiempo, coadyuva al mejoramiento de la productividad y la competitividad de las empresas y del país. Que, resulta importante destacar la contribución de los empresarios industriales del país que han hecho posible la gestión de servicios educativos, con enfoque innovador y descentralizado lo que representa una alianza estratégica virtuosa entre el sector público y privado, habida cuenta que sus programas formativos guardan estrecha correspondencia con las demandas de calificaciones por parte de la actividad privada y de otra parte, la red de unidades operativas garantizan que en más de sesenta localidades del país se puedan ofertar decenas de carreras profesionales y técnicas, así como cursos de capacitación continua, complementando con estándares de calidad las oportunidades de formación de la fuerza laboral, haciendo posible el desarrollo personal y local en distintas regiones del país; Que, al mismo tiempo constituye un importante aporte al país el enfoque social y de permanente innovación que complementa la gestión de los servicios que ofrece SENATI habida cuenta que, gracias a la contribución económica de las empresas industriales es posible el patrocinio y profesionalización gratuita de jóvenes; así como la dotación de un régimen de pensiones mínimas para los trabajadores de empresas aportantes, habiendo alcanzado durante el año 2008 un total de 343,939 beneficiarios; al mismo tiempo, el permanente monitoreo de la actividad económica y productiva del país por parte de esta institución ha hecho posible la adaptación oportuna de sus programas de formación alcanzado certificaciones internacionales de Gestión de la Calidad ISO 9001, de Gestión Ambiental ISO 14001 y la Certificación OHSAS de Gestión de la Seguridad y la Salud Ocupacional; así como también ha merecido el reconocimiento como una de las veinte experiencias más exitosas del mundo en materia de formación para el trabajo según el estudio realizado por USAID y el “Education Development Center, Inc” de los Estados Unidos de Norteamérica; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios, contemplados en el artículo 22º y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el artículo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Gran Ofi cial” al SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL - SENATI, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR. Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 343343-16 Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Comendador” a diversas personalidades RESOLUCIÓN SUPREMA N° 014-2009-TR Lima, 30 de abril de 2009 VISTOS: Con fecha 20 de abril de 2009, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral deliberó y aprobó por unanimidad, la postulación del señor Luis Victoriano Cáceres Cervantes para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de Comendador, en mérito a las siguientes consideraciones: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Condecoración con la Orden del Trabajo se confi ere por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, constituyen acciones distinguidas los actos o servicio prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; Que constituyen servicios meritorios aquellos que hayan contribuido para enaltecer las instituciones del Sector Trabajo o el progreso del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, en el país como en el extranjero; que, bajo el desempeño de responsabilidades directivas hayan favorecido la creación o perfeccionamiento de entidades o programas de alta signifi cación para el progreso del Sector Trabajo; que sustenten producción, trabajo o investigación relacionado con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye signifi cativamente al mejor desempeño de éste; que se traduzcan en el desempeño efi ciente de las funciones encomendadas, de excepcional importancia en benefi cio de las relaciones de Trabajo y de la Seguridad Social; Que, el señor Luis Victoriano Cáceres Cervantes es un distinguido dirigente sindical que ha dedicado su vida al servicio de la defensa de los derechos de los trabajadores, al desarrollo armónico de las relaciones laborales y a la generación y promoción del empleo en el país; Que, desde muy joven se ha dedicado a la actividad sindical, formando parte del sindicato de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú en el Hospital Nacional Edgardo Rebagliati, del ex Instituto Peruano de Seguridad Social así como del Seguro Social en Salud - ESSALUD, desempeñándose en la actualidad como Secretario General de la Federación Centro Unión de Trabajadores del Seguro Social en Salud – ESSALUD; Que, ha ejercido funciones sindicales a nivel internacional siendo miembro de la Federación Internacional de Empleados y Técnicos – FIET con sede en Francia (1996), del Comité Ejecutivo Regional de la Federación Internacional de Empleados y Técnicos, celebrado en Argentina (1996). Ha participado también en el I Congreso Mundial de la UNI (Union Networf Internacional), realizado en Australia (1999); en la Reunión de los Comités de Seguridad Social en Colombia y Argentina, durante los años 2001, 2006 y 2008 y ha sido miembro de la International de Servidores Públicos – ISP, con sede en Francia; Que, en el ámbito formativo-académico, ha participado en diferentes Seminarios y Forums a nivel nacional, representando a la Central Unitaria de Trabajadores del Perú con un alto sentido de compromiso; en este sentido su experiencia ha servido para que en los últimos se aboque al diseño y desarrollo de cursos de capacitación y formación de líderes y dirigentes sindicales de las diferentes organizaciones del sector público, auspiciados por la Internacional de Servicios Públicos - ISP, reconociéndosele sus esfuerzos porque rescata la formación sindical de jóvenes y mujeres, promoviendo la equidad de género en las organizaciones sindicales de todo el país, lo que ha originado que la Federación de la Central Unitaria de Trabajadores del Perú – ESSALUD tenga actualmente la representación de la ISP en Perú;