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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 18 de mayo de 2009 396110 041-98/SUNAT y normas modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM, Resoluciones de Superintendencia N°s. 190-2002/SUNAT de fecha 31 de diciembre de 2002, 234-2008/SUNAT de fecha 30/12/2008, Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 034-2006/SUNAT y la Ley Nº 27334 que amplía las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 039- 2001-EF y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la baja de ofi cio: a) En el Registro de Entidades Empleadoras al contribuyente AGUIRRE RAMÍREZ SONIA VIOLETA RICARDINA con RUC 10255649952 responsable de las Aportaciones a la Seguridad Social; por los períodos mayo 2005 hasta julio 2007. b) En el Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante ESSALUD a las siguientes personas: Datos de las Aseguradas Titulares a dar de baja Períodos a dar de baja Doc. de Identidad Apellidos Nombres Del Al N° Orden D.N.I. Paterno Materno 01 25564995 AGUIRRE RAMIREZ SONIA VIOLETA RICARDINA 200505 200707 02 10782045 VILLARREAL NICHO MONICA JUDITH 200701 200707 Datos del Derechohabiente – Cónyuge e Hijos a dar de baja Períodos a dar de baja N° Orden D.N.I. / Part. Nac. Paterno Materno Nombres Del Al 01 08130303 GONZALES ALVARADO ANGEL JOSE 200505 200707 01 66140443 GONZALES AGUIRRE FABIO LUCCA 200702 200707 Regístrese, notifíquese¹ y comuníquese a la Intendencia Nacional de Sistemas de Información para los fi nes pertinentes. FELIPE EDUARDO IANNACONE SILVA Intendente Regional Intendencia Regional Lima 1 Conforme al artículo 2° de la Ley N° 29135, la presente Resolución podrá ser impugnada de acuerdo a Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444. 348252-1 Designación de Auxiliar Coactivo INTENDENCIA REGIONAL TACNA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 110-024-0000487/SUNAT Tacna, 06 de Mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, a fi n de mantener la operatividad de la Sección Cobranza de la Intendencia Regional Tacna, es necesario designar un nuevo Auxiliar Coactivo; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el articulo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Tacna, al profesional que se indica a continuación: - LUIS FERNANDO CARRILLO LIU Regístrese, comuníquese y publíquese. GIOVANNA C. FERNÁNDEZ VELAZCO Intendente Intendencia Regional Tacna 348433-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Chilloroya, Distrito Judicial del Cusco RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 088-2009-CE-PJ Lima, 19 de marzo de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 131-2004-P-CSJCU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco y el Informe Nº 187-2007-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Chilloroya, distrito de Livitaca, provincia de Chumbivilcas, departamento del Cusco, a solicitud de las autoridades y pobladores de la referida localidad; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 2,800 habitantes; así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a 130 kilómetros de distancia, lo cual representa para los pobladores trasladarse durante aproximadamente 11 horas en auto por trocha carrozable y terreno sinuoso; lo que signifi ca gasto excesivamente oneroso en tiempo y dinero considerando las difi cultades económicas de dicha población; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 187-2007-SEP-GP-GG- PJ, de la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Chilloroya, del distrito de Livitaca, provincia de Chumbivilcas, departamento y Distrito Judicial del Cusco; asimismo, en dicho informe aparecen los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional;