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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2009 (18/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 18 de mayo de 2009 396105 minerales, con énfasis en las personas, las empresas, comunidades y en los gobiernos; promoviendo el intercambio tecnológico entre los profesionales asistentes y la oportunidad de negocios entre las empresas participantes en la exhibición técnica; así como la promoción de inversiones en nuevos proyectos para benefi cio del país; De conformidad con los artículos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ofi cializar el evento “IV Congreso de Metalurgia de Transformación”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 19 al 22 de mayo de 2009. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 348396-1 SALUD Amplían plazo otorgado al Grupo de Trabajo conformado por R.M. Nº 648- 2008/MINSA, para la elaboración de un Plan Nacional para la prevención de la deficiencia de micronutrientes en el ámbito nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2009/MINSA Lima, 14 de mayo de 2009 Visto el Expediente Nº 08-117287-001, que contiene el Memorando Nº 4963-2008-DGSP/MINSA y el Informe Nº 04-2008-PSL/DGSP/MINSA , de la Dirección General de Salud de las Personas y el Informe Nº 120-2009-OGAJ/ MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica ; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 648-2008/MINSA, del 22 de setiembre del 2008 se dispuso la elaboración de un Plan Nacional para la distribución de las “Estrellitas Nutricionales”, a cargo de un Grupo de Trabajo dentro del plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles; Que, por Resolución Ministerial N° 662-2008/MINSA, del 26 de setiembre de 2008, se modifi có la resolución precitada, disponiendo que dicho grupo de trabajo estará a cargo de elaborar un Plan Nacional para la prevención de la defi ciencia de micronutrientes (vitaminas y minerales) en el ámbito nacional; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Salud de las Personas ha expuesto las razones por las cuales resulta necesario ampliar el plazo establecido, a efecto que el citado grupo de trabajo culmine con la labor encargada; Que, siendo de importancia las funciones encargadas al mencionado grupo de trabajo, corresponde autorizar la ampliación del plazo solicitado; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del Artículo 8° de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar el plazo al Grupo de Trabajo conformado por Resolución Ministerial N° 648-2008/ MINSA, para la elaboración de un Plan Nacional para la prevención de la defi ciencia de micronutrientes (vitaminas y minerales) en el ámbito nacional, hasta por sesenta (60) días hábiles adicionales, contados a partir de la vigencia de la presente resolución, debiendo emitir un Informe Final al Despacho Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 348814-1 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Salud V Lima Ciudad y su Órgano Desconcentrado, Dirección de Red de Salud Lima Norte IV RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 314-2009/MINSA Lima, 14 de mayo del 2009 Vistos: el Expediente Nº 08-073630-001, que contiene el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Salud V Lima Ciudad y su Órgano Desconcentrado, Dirección de Salud Lima Norte IV, el Informe Nº 0011-2009-OGPP-OO/MINSA de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 401-2009-OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 0011-2009-OGPP-OO/ MINSA, la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable al proyecto de Cuadro para Asignación de Personal propuesto con el documento de visto, señalando además, que dicho proyecto cumple con las exigencias legales establecidas por la normatividad vigente; Que, en tal sentido, de conformidad con lo señalado en el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, corresponde al órgano responsable de su elaboración y de asesoría jurídica, emitir informes técnico y legal respectivamente, y visar el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal – CAP; Que, de acuerdo a lo previsto en el literal c) del sub numeral 5.3.7 del numeral 5.3 del acápite V de la Directiva Nº 007-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional” aprobada por Resolución Ministerial Nº 603- 2006/MINSA, los proyectos de Cuadros para Asignación de Personal se aprueban mediante Resolución Ministerial con el informe previo de la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, a tal efecto, siendo la Dirección de Salud V Lima Ciudad un Organismo Desconcentrado del Ministerio de Salud, según lo previsto en el numeral 1) del literal b) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005/MINSA y la Dirección de Red de Salud Lima Norte IV, un Órgano Desconcentrado, según lo previsto en la Resolución Ministerial Nº 461-2006/MINSA, que no tiene la calidad de Unidad Ejecutora, se considera pertinente aprobar el Cuadro para Asignación de Personal de las mencionadas direcciones; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el numeral l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;