Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2009 (20/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

396175

(c) Doc. 9613 - OACI:
http://www.lima.icao.int/icaosamnet/ATM%5Ce-Documents/ PBN%20Manual%20-%20Doc%209613%20Final%205.10.08.pdf

(d) Doc. 9905 - OACI:
http://www.icao.int/icaonet/dcs/9905/9905_draft_en.pdf

350099-1

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Formalizan la aprobacion del Plan Anual de Cooperacion Internacional No Reembolsable para el ano 2009
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA N° 037-2009/APCI-DE Miraflores, 14 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Acuerdo Nº 1 del Consejo Directivo de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, consignado en el Acta de la sesion realizada el 7 de MORDAZA de 2009, que aprobo el Plan Anual de Cooperacion Internacional No Reembolsable, correspondiente al ano 2009; CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, es un organismo publico adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la APCI, responsable, como ente rector de la cooperacion tecnica internacional de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperacion internacional no reembolsable, que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/ o privado, en funcion de la Politica Nacional de Desarrollo y de la Politica Nacional de Cooperacion Tecnica Internacional, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 044-2007-RE; Que, para ese proposito, el literal b) del articulo 4º de la Ley Nº 27692, establece como una de las funciones de la APCI, la elaboracion y aprobacion del Plan Anual de Cooperacion Internacional No Reembolsable, con la finalidad de establecer cada ano las prioridades tematicas y territoriales que ordenan la demanda y oferta de cooperacion internacional no reembolsable del Peru; Que, en este sentido, la aprobacion del Plan Anual de Cooperacion Internacional No Reembolsable, se constituye en el documento directriz para la gestion y negociacion de la cooperacion internacional no reembolsable del Peru, durante el ano correspondiente; Que, segun consta en el documento de Visto, el Consejo Directivo de la APCI, en ejercicio de las atribuciones conferidas al citado organo mediante el literal b) del articulo 7º de la Ley Nº 27692, ha aprobado el Plan Anual de Cooperacion Internacional No Reembolsable para el ano 2009 con eficacia anticipada al 1 de enero de 2009, mediante el Acuerdo Nº 1 de la sesion de fecha 7 de MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, corresponde a la Direccion Ejecutiva de la APCI, en aplicacion de lo dispuesto en el literal a) del articulo 10º de la Ley Nº 27692, hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo, encontrandose facultado para expedir las resoluciones necesarias para el cumplimiento de las

funciones de la Agencia, en aplicacion del literal i) del articulo 10º de la mencionada ley; Que, por otra parte, es una funcion de la APCI, prevista en el literal e) del articulo 10º de la Ley Nº 27692, mantener los sistemas de informacion que garanticen la difusion, modalidades y condiciones de la oferta y la demanda de cooperacion internacional que se gestiona y negocia de conformidad con los Politica Nacional de Desarrollo y con la Politica Nacional de Cooperacion Tecnica Internacional; Que, por lo MORDAZA expuesto, es necesario formalizar la aprobacion y difundir el Plan Anual de Cooperacion Internacional No Reembolsable para el ano 2009, con el proposito de poner en conocimiento de la comunidad cooperante, el documento que orienta la gestion y la negociacion de la cooperacion internacional no reembolsable del Peru, correspondiente al ano 2009; Con las visaciones de la Direccion de Politicas y Programas, de la Oficina General de Administracion y de la Oficina de Asesoria Juridica; y En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI y sus normas modificatorias Ley Nº 28386 y Ley Nº 28925; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI; y en concordancia con lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 044-2007-RE, que aprueba la Politica Nacional de Cooperacion Tecnica Internacional; SE RESUELVE: Articulo Primero.- FORMALIZAR la aprobacion del Plan Anual de Cooperacion Internacional No Reembolsable para el ano 2009, conforme a lo expuesto en la parte considerativa, asi como el Anexo Unico que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y, conjuntamente con el Plan Anual de Cooperacion Internacional No Reembolsable para el ano 2009, en el MORDAZA institucional de la APCI: www.apci.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo Agencia Peruana de Cooperacion Internacional 349241-1

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Rectifican R.D. Nº 342/INC referente a MORDAZA de seleccion para alquiler de equipos de radios troncalizados digitales
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 552/INC MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 342/INC, de fecha 06 de marzo de 2009, se exonero del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de alquiler de equipos de radios troncalizados digitales; por no admitir sustitutos y brindado por proveedor unico; Que, la Oficina de Logistica y Produccion de Bienes y Servicios mediante Informe Nº 065-2009-OLPBS-GG/INC

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