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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2009 (20/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de mayo de 2009 396190 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Reincorporan a magistrado como Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis - Sicuani del Distrito Judicial del Cusco RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 298-2009-CNM Lima, 7 de mayo de 2009 VISTO: La Resolución Nº 40 de fecha 28 de abril de 2009, expedida por el Juez del Primer Juzgado Mixto de Puno; y, CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional mediante sentencia de fecha 18 de enero de 2007, declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por el doctor Melitón Néstor Apaza Pacori contra el Consejo Nacional de la Magistratura y otros, recaída en el Expediente Nº 0578-2005-PA/TC, en consecuencia, inaplicable el acuerdo de su no ratifi cación en el cargo de Juez de Paz Letrado del Distrito Judicial de Puno de fecha 20 de noviembre de 2002 y la Resolución Nº 500-2002-CNM de la misma fecha que lo contiene, ordenando la reincorporación del actor a la misma situación en que se encontraba cuando fue sometido al proceso de ratifi cación; Que, el Juez del Primer Juzgado Mixto de Puno mediante Resolución Nº 40 de fecha 28 de abril de 2009, dispone la reincorporación del demandante Melitón Néstor Apaza Pacori en el cargo de Juez de Paz Letrado del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis – Sicuani del Distrito Judicial del Cusco, al tratarse de una plaza aledaña al Distrito Judicial de Puno, que en la actualidad no cuenta con plaza vacante de Juzgado de Paz Letrado y era el lugar de la plaza original del demandante; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión de fecha 6 de mayo de 2009, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 37° incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Reincorporar al doctor MELITÓN NÉSTOR APAZA PACORI, como Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis – Sicuani del Distrito Judicial del Cusco. Segundo.- Cancelar el título de Juez de Paz Letrado del Distrito Judicial de Puno, otorgado a favor del doctor MELITÓN NÉSTOR APAZA PACORI. Tercero.- Expedir el título de Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis – Sicuani del Distrito Judicial del Cusco, a favor del doctor MELITÓN NÉSTOR APAZA PACORI. Cuarto.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS A. MANSILLA GARDELLA Presidente 349099-1 Disponen expedir título de Juez Mixto de Carabaya - Macusani del Distrito Judicial de Puno RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 299-2009-CNM Lima, 7 de mayo de 2009 VISTOS: El Ofi cio Administrativo Nº 152-2009-P-CSJPU/PJ del 11 de marzo de 2009 remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, y el escrito del 20 de abril de 2009 presentado por el doctor Juan Leopoldo Gil Layme; y, CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional mediante sentencia del 30 de marzo de 2007, declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por el doctor Juan Leopoldo Gil Layme contra el Consejo Nacional de la Magistratura y otros, en consecuencia inaplicable la Resolución Nº 037-2003-PCNM del 19 de mayo de 2003 y ordena su reincorporación en el cargo de Juez Titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Yunguyo del Distrito Judicial de Puno; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno mediante Ofi cio Administrativo Nº 152-2009- P-CSJPU/PJ del 11 de marzo de 2009, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 221-2009-P-CSJPU/ PJ del 3 de marzo de 2009, que incorpora al doctor Juan Leopoldo Gil Layme, como Juez Titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Carabaya – Macusani, al encontrarse su plaza original ocupada por un magistrado titular; Que, el doctor Juan Leopoldo Gil Layme mediante escrito del 20 de abril de 2009 solicita la expedición del título de Juez Titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Carabaya – Macusani del Distrito Judicial de Puno, en mérito a la Resolución Administrativa Nº 221-2009-P- CSJPU/PJ del 3 de marzo de 2009, expedida por la Corte Superior de Justicia de Puno; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM y publicado en el diario Ofi cial “El Peruano” del 6 de agosto del 2006, dispone que el Consejo Nacional de la Magistratura tendrá en cuenta la información que le remita el Poder Judicial y el Ministerio Público, sobre el cuadro de asignación de personal y presupuesto analítico de personal, así como la correspondiente resolución que acredite al Juez o Fiscal en el cargo; Que, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República mediante Ofi cio Nº 3058-2009-SG-CS-PJ del 4 de mayo de 2009, remite copia del Ofi cio Nº 589-2009- GG/PJ del 29 de abril de 2009, elaborado por el Gerente General del Poder Judicial mediante el cual informa que la plaza asignada al doctor Juan Leopoldo Gil Layme como Juez Titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Carabaya – Macusani del Distrito Judicial de Puno, se encuentra en el cuadro de asignación de personal y presupuesto analítico de personal; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JUAN LEOPOLDO GIL LAYME, de Juez Mixto de Yunguyo del Distrito Judicial de Puno.