Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2009 (20/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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reparos cuando ha emitido su informe de descargo y al prestar su declaracion, ha sostenido entre otros aspectos ya senalados anteriormente, que desconocia sobre las prohibiciones existentes y que no le interesaba enterarse dado su condicion de auxiliar; a lo cual debe agregarse que obran en autos, fojas ciento veinte y ciento ocho, documentos donde es puesto a disposicion de la Corte Superior de Justicia por irregularidades en el desempeno de sus funciones, y el informe emitido por el Pool de Especialistas Judiciales, comunicando al Juez del Juzgado Mixto de MORDAZA el comportamiento irrespetuoso, grosero y conflictivo del servidor investigado, lo que hace arribar a Ia conclusion que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no obstante tener pleno conocimiento de Ia comision de falta grave en que ha incurrido, no tiene ninguna muestra de corregir su conducta; Setimo: De todo lo anteriormente glosado, se puede colegir que el actuar del investigado afecta gravemente los principios basicos de una conducta decorosa que debe tener todo servidor judicial, danando gravemente la dignidad del cargo y desmereciendolo ante el concepto publico, en atencion a lo dispuesto por los incisos primero, MORDAZA y MORDAZA del articulo doscientos uno del Texto Unico de Ia Ley Organica del Poder Judicial; siendo de aplicacion Ia sancion prevista en el articulo doscientos once de dicho dispositivo legal; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez quien no interviene por encontrarse de vacaciones, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como vigilante del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA, Corte Superior de Justicia de La Libertad. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 348896-18

Sancionan con destitucion a servidora por su actuacion como Encargada de la Jefatura de la Mesa de Partes del Juzgado Penal de Ferrenafe, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
QUEJA ODICMA Nº 531-2007-LAMBAYEQUE MORDAZA, treinta de enero de dos mil ocho.VISTO: El expediente administrativo que contiene la Queja ODICMA numero quinientos treinta y uno guion dos mil siete guion MORDAZA seguida contra la servidora MORDAZA Chullen MORDAZA, en su condicion de encargada de la Jefatura de Mesa de Partes del Juzgado Penal de Ferrenafe, Distrito Judicial de Lambayeque; por los fundamentos pertinentes de la resolucion numero cuarenta expedida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, su fecha seis de agosto de dos mil siete; y, CONSIDERANDO: Primero: Mediante resolucion numero uno obrante de fojas veinticuatro a veinticinco, la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA abrio investigacion contra los servidores MORDAZA Chullen MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por sus actuaciones como Encargada de la Jefatura de Mesa de Partes y Secretario Judicial del Juzgado Penal de Ferrenafe, respectivamente; por los cargos de infraccion

a las prohibiciones y retardo en la administracion de justicia en la tramitacion del Expediente numero doscientos noventa y tres guion dos mil uno seguido contra MORDAZA MORDAZA Pennano MORDAZA por delito de estafa y otro, en agravio de la Cooperativa Agraria de Usuarios de Ferrenafe Ltda. Molino "Santa Lucia"; Segundo: Concluido el procedimiento administrativo disciplinario mediante resolucion obrante de fojas mil cuarenta y uno a mil cuarenta y ocho, la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura propone la medida disciplinaria de destitucion contra la servidora MORDAZA Chulen Guerrero; y con relacion al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha emitido pronunciamiento absolviendolo de los cargos atribuidos en su contra; por lo cual no es materia de pronunciamiento en esta instancia; Tercero: Analizando la conducta incurrida por la servidora MORDAZA Chullen MORDAZA, en su condicion de encargada de la Jefatura de Mesa de Partes del Juzgado Penal de Ferrenafe, se advierte que se le atribuye los siguientes cargos: a) Haber permitido que en la tramitacion del Cuadernillo de Semi MORDAZA se falsifique la firma y huella digital del sentenciado MORDAZA MORDAZA Pennano MORDAZA, quien venia gozando del beneficio penitenciario de semi MORDAZA, derivado del Expediente numero doscientos noventa y tres guion dos mil uno, que se le siguio por delito de estafa en agravio de la Cooperativa Agraria de Usuarios Ferrenafe Ltda. Molino "Santa Lucia"; MORDAZA en el cual fue sentenciado a seis anos de pena privativa de la MORDAZA efectiva y la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante tramite de beneficio penitenciario le concedio Semi Libertad; vale decir, que la queja se origina al haberse advertido irregularidades en el Libro de Registro de Firmas de Semilibertades en el periodo dos mil dos a dos mil seis, segun folio numero cero cero cero treintinueve del citado cuaderno; especificamente porque se habria falsificado las firmas del sentenciado Pennano MORDAZA en los meses de febrero, marzo, MORDAZA y junio de dos mil seis, ademas que en los meses de MORDAZA y junio de dos mil seis no se encuentran impresas sus huellas digitales, b) El control de firmas en el Libro de Registro de Firmas de Sentenciados con beneficios penitenciarios, estaba a cargo de la Jefatura de Mesa de Partes del Juzgado Penal de Ferrenafe, de la cual la investigada Chullen MORDAZA, era la responsable; Cuarto: En su descargo, la servidora MORDAZA Chullen MORDAZA sostiene que ingreso a laborar al Juzgado Penal de Ferrenafe como asistente judicial, a partir del mes de noviembre de dos mil cinco, siendo derivada a la Secretaria del senor MORDAZA MORDAZA Rodriguez; luego por el periodo vacacional del uno de febrero al tres de marzo de dos mil seis se le encargo la Mesa de Partes, refiriendo que en efecto tenia a su cargo el Libro de Control de semilibertad y los otros Libros de Control de Registro de Firmas de Sentenciados, agrega que desde el veintiseis de MORDAZA de dos mil seis, conforme al Memorandum numero cero cero cero cuatro guion dos mil seis JEF guion F, obrante a fojas novecientos diecisiete, se le designo como Encargada de la Jefatura de Mesa de Partes, que en ningun momento ha falsificado firma ni huella digital alguna, responsabilizando de estos hechos a la practicante Maritza MORDAZA Yarlaque Piscoya, quien colaboro en el Juzgado e inclusive MORDAZA que MORDAZA estuviera a cargo de la Mesa de Partes; manifestando ademas que al asumir las funciones de Jefa de Mesa de Partes le solicito su apoyo, aun a sabiendas que existia una prohibicion; pero que lo hizo en su afan de tratar de ordenar su Area, ya que se encontraban proximos a recibir una visita judicial. Luego que tomo conocimiento de una posible falsificacion le reclamo a Yarlaque Piscoya por ese hecho, lo que motivo que le dijera que ya no queria contar con su apoyo, fue asi que Martiza MORDAZA Yarlaque Piscoya se retiro del local del juzgado; Quinto: De autos se advierte la Pericia Grafotecnica obrante de fojas seiscientos setenta y uno a seiscientos setenta y tres, por la cual se concluye que la firma atribuida al sentenciado MORDAZA MORDAZA Pennano MORDAZA en el Libro de Registro de Firmas de Sentenciados numero uno y Semi MORDAZA correspondiente al Juzgado Penal de Ferrenafe, no provienen de su MORDAZA grafico; es decir se trata de firmas "Falsificadas por Imitacion"; asimismo, obra en autos

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