Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2009 (20/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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VISTOS el Oficio Nº 364-2009/Z.R.NºXI-JZ, la Carta Nº 043-2009-SUNARP-Z.R.NºXI/CE, la Resolucion Nº 107-2009-SUNARP/SN y el Informe de la Gerencia Legal de la Sede Central; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 364-2009/Z.R.NºXI-JZ, el Jefe de la MORDAZA Registral Nº XI-Sede Ica, solicita la publicacion de una Fe de Erratas de la Resolucion Nº 1072009-SUNARP/SN. Que, mediante Carta Nº 043-2009-SUNARP-Z.R.NºXI/ CE, el Comite Especial encargado de ejecutar la ADP Nº 002-2009-ZRNº XI-SEDE ICA, manifiesta que por "error involuntario" (Sic) en su Carta Nº 114-2009/Z.R.Nº XIGAF-A.ABAS "consigno el MORDAZA como ADS Nº0042009-SUNARP-ZRXI-SEDE ICA Contratacion Servicio de Limpieza debiendo decir ADP Nº 002-2009-SUNARPZRXI-SEDE ICA: Contratacion Servicio de Limpieza" (Sic). Tal error, como es obvio, se reprodujo en el informe legal que sustento la nulidad del MORDAZA de seleccion, como en la misma Resolucion Nº 107-2009-SUNARP/SN mediante la cual se declaro la nulidad del citado MORDAZA, en los terminos solicitados. Que, al existir error en la citada Resolucion (motivado por la informacion proporcionada por el Comite Especial), tanto en la calificacion del MORDAZA de MORDAZA de seleccion (dice: ADS; debe decir: ADP) como en su numeracion (dice: ADS 004-2009-ZR Nº XI-SEDE ICA; debe decir: ADP 002-2009-ZR Nº XI-SEDE ICA), la correccion del mencionado error debe hacerse mediante la emision y publicacion de una Resolucion de Superintendencia Nacional y no mediante una simple fe de erratas, ya que desde la fecha de publicacion de la Resolucion Nº 1072009-SUNARP/SN (24.04.09), a la fecha han transcurrido mas de 10 dias utiles (Art. 6.1. de la Ley Nº 26889). Estando a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y al Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; con la respectiva visacion de la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- PRECISAR el primer considerando de la Resolucion Nº 107-2009-SUNARP/SN, en el sentido que el MORDAZA cuya nulidad se solicito era la ADP Nº 002-2009-SUNARP-Z.R. Nº XI-Sede Ica (contratacion de servicio de limpieza) y no la ADS Nº 004-2009-SUNARPZ.R. Nº XI-Sede Ica. Articulo Segundo.- MODIFICAR el articulo primero de la Resolucion Nº 107-2009-SUNARP/SN, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Declarar la nulidad del MORDAZA de seleccion correspondiente a la ADP Nº 002-2009-SUNARP-Z.R.Nº XI ­ Sede Ica, contratacion de servicio de limpieza, debiendo retrotraerse el MORDAZA de contratacion hasta la elaboracion de bases, momento en el cual el Comite Especial debera observar lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion". Articulo Tercero.- DISPONER que el Jefe de la MORDAZA Registral disponga las acciones correspondientes, con la finalidad de determinar las responsabilidades a que hubiere lugar por los hechos que motivan la presente. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Secretaria General: 1) notifique la presente Resolucion a la MORDAZA Registral XI-Sede Ica, con la finalidad que esta se publique en la pagina web del SEACE; 2) publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese en el SEACE y en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos 349645-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Incorporan a la provincia de Cotabambas, departamento de MORDAZA, a la competencia territorial del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 123-2009-CE-PJ MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 VISTOS: Los Oficios Nº 601-2009-P-CSJCU-PJ y 379-2009-PCSJAP/PJ, cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA y de MORDAZA, y Oficio Nº 244-2009-GR.APURIMAC/PR, cursado por el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA y de MORDAZA someten a consideracion de este Organo de Gobierno, su solicitud para que se transfieran los organos jurisdiccionales de la Provincia de Cotabambas, Departamento de MORDAZA, y de esa manera la mencionada provincia que actualmente se encuentra bajo la jurisdiccion del Distrito Judicial del MORDAZA sea incorporada a la del Distrito Judicial de Apurimac; Segundo: Que, en la misma direccion el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA tambien solicita la incorporacion de la indicada provincia al Distrito Judicial de MORDAZA, para lo cual senala que dentro del presupuesto Institucional de Apertura PIA - 2009, esta comprendida la construccion de la carretera Abancay - Mariscal MORDAZA - Coyllurqui - Tambobamba, capital de la Provincia de Cotabambas; todo ello en aras de la integracion regional, en tanto esta MORDAZA pertenece politicamente a la Region MORDAZA, y con la ejecucion del proyecto de intercomunicacion vial, el acceso a la capital de la citada region sera fluido; Tercero: Al respecto, es menester precisar que la Provincia de Cotabambas esta conformada por los distritos de Tambobamba, Haquira, Challhuahuacho, MORDAZA, Cotabambas y Coyllurqui; donde el Juzgado Mixto de Cotabambas ubicado en la sede de la capital de la provincia, esto es, en la localidad de Tambobamba, es el unico organo jurisdiccional que tramita los procesos judiciales de toda la referida provincia; siendo el caso que jurisdiccionalmente el referido juzgado actualmente pertenece al Distrito Judicial del MORDAZA, en razon a las deficientes vias de comunicacion a la MORDAZA de Abancay, situacion que a la fecha se ha superado; MORDAZA si se considera el proyecto aludido por el Presidente Regional de MORDAZA, y el hecho de que en la actualidad los pobladores de la Provincia de Cotabambas deben trasladarse por vehiculo durante mas de 12 horas hasta llegar a la MORDAZA del Cusco; Cuarto: Que, de igual modo, se informa que con excepcion del Juzgado Mixto de Cotabambas, todas las demas instituciones publicas sectoriales como Educacion, Salud, Policial, Politica y Gobierno Local de la Provincia de Cotabambas dependen estructural y organicamente de Abancay, motivo por el cual resulta recomendable que el servicio de justicia tambien se integre a la region a la que politicamente pertenece; Quinto: Finalmente, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA refiere que mediante Resolucion Ministerial Nº 194-2009-IN/PNP, publicada

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