Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2009 (26/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 86

406648

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de noviembre de 2009

Precisan atribuciones y convierten despachos de Fiscalias de los Distritos Judiciales de Ica y Canete
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1713-2009-MP-FN
MORDAZA, 25 de noviembre de 2009 VISTOS : El Informe Nº 013-2009-MP-FN-ETI-NCPP/ST de la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, relacionado con la conversion de la actual estructura organizacional fiscal del Distrito Judicial de Ica, en Fiscalias Superiores de Liquidacion y Apelaciones y Fiscalias Provinciales Penales Corporativas, las mismas que conoceran los procesos en estado de liquidacion y adecuacion de los casos iniciados con el Codigo de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciaran con el Codigo Procesal Penal a partir del 01 de diciembre del presente ano, contando con la aprobacion de la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ica. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobo el Codigo Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias, que este entrara en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales segun el Calendario Oficial; Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en los articulos 16º, 17º y 18º regula el MORDAZA de implementacion y transitoriedad de la mencionada MORDAZA procesal; modificado por la Ley Nº 28994 en el articulo 18º referente a la adecuacion de denuncias y liquidacion de procesos en etapa de investigacion. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobo la actualizacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal; Que, por Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, se modifico el Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal, especificando en dicha MORDAZA que el mencionado codigo, entrara en vigencia en el Distrito Judicial de Ica, el 01 de octubre de 2010. Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-JUS, se aprueba la modificacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, estableciendose que el mencionado codigo entrara en vigencia en el Distrito Judicial de Ica, el 01 de diciembre de 2009; por lo que se hace necesario convertir y delimitar las competencias de los despachos fiscales a la nueva estructura aprobada mediante Acuerdo Nº 457 de Junta de Fiscales Supremos, de fecha 04 de noviembre de 2004, en el MORDAZA legal del Decreto Legislativo Nº 958. Que, por Resolucion Nº 090-2009-MP-FN-JFS, de fecha 25 de noviembre de 2009, segun Acuerdo Nº 1699 de Junta de Fiscales Supremos, se han creado Fiscalias para ser implementadas en el Distrito Judicial de Ica, ante la entrada en vigencia del MORDAZA Codigo Procesal Penal. Que, de conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 ­ Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- La Primera Fiscalia Superior Penal de Ica, conocera las apelaciones y recursos en queja de los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Segundo.- La MORDAZA Fiscalia Superior Penal de Ica, conocera las apelaciones y recursos en queja de los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Tercero.- Convertir los despachos de las Fiscalias Provinciales Penales de Ica, en la forma que a continuacion se detalla: · La Primera, MORDAZA y Tercera Fiscalia Provincial Penal de Ica, en Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Ica, que conocera los procesos en liquidacion, hasta su culminacion, en cuyo caso pasara a conocer las causas que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal.

· La Cuarta y MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Ica, asi como la Sexta Fiscalia Provincial Penal Transitoria de Ica, en MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Ica, que conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Cuarto.- La Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de Ica, en adicion a sus funciones conocera los casos en materia Ambiental. Articulo Quinto.- Convertir los despachos de las Fiscalias Provinciales Mixtas del Modulo Basico de Parcona, en la forma que a continuacion se detalla: · La Primera Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Parcona, en Primera Fiscalia Provincial Penal de Parcona, que conocera los procesos en liquidacion. · La MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Parcona, en Fiscalia Provincial Civil y de Familia de Parcona, que conocera las causas en materia civil y de familia, asi como los casos relacionados al area de prevencion del delito. Articulo Sexto.- La MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Parcona, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Setimo.- Convertir la Primera Fiscalia Superior Mixta Descentralizada de Chincha, en Fiscalia Superior Penal de Chincha, que conocera las apelaciones y recursos en queja de los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal, asi como las apelaciones y recursos en queja de los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Octavo.- Convertir la MORDAZA Fiscalia Superior Mixta Descentralizada de Chincha, en Fiscalia Superior Civil y de Familia de Chincha, que conocera las causas en materia civil y de familia. Articulo Noveno.- Convertir los despachos de las Fiscalias Provinciales Penales de Chincha, en la forma que a continuacion se detalla: · La Primera Fiscalia Provincial Penal de Chincha, en Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Chincha, que conocera los procesos en liquidacion, hasta su culminacion, en cuyo caso pasara a conocer las causas que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. · La MORDAZA y Tercera Fiscalia Provincial Penal de Chincha, en MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Chincha, que conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de Huaytara, en Fiscalia Provincial Civil y de Familia de Huaytara, que conocera las causas en materia civil y de familia. Articulo Decimo Primero.- La Fiscalia Provincial Penal de Huaytara, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal, asi como los procesos en liquidacion. Articulo Decimo Segundo.- La Fiscalia Superior Mixta Descentralizada de Nazca, conocera adicionalmente las apelaciones y recursos en queja de los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal, asi como las apelaciones y recursos en queja de los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Decimo Tercero.- Convertir la Fiscalia Provincial Penal de Nazca, en Primera Fiscalia Provincial Penal de Nazca, que conocera los procesos en liquidacion hasta su culminacion, en cuyo caso pasara a conocer las causas que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo Cuarto.- La MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Nazca, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo Quinto.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de Vista MORDAZA, en Fiscalia Provincial Civil y de Familia de Vista MORDAZA, que se encargara de los procesos en materia civil y de familia, asi como los casos relacionados al area de prevencion del delito. Articulo Decimo Sexto.- La Fiscalia Provincial Penal de Vista MORDAZA, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal, asi como los procesos en liquidacion. Articulo Decimo Setimo.- La Fiscalia Provincial Mixta de Palpa, conocera adicionalmente los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal, asi como los procesos en liquidacion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.