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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de noviembre de 2009 406647 que cumple con las especifi caciones solicitadas, esto es, se encuentra saneado registralmente, asimismo, se encuentra ubicado dentro del Cercado de Lima con un radio máximo de 3 km a la Sede Principal del Ministerio Público; el área del inmueble cumple con los parámetros referenciales para almacén; tiene amplia puerta a calle con acceso para camiones de 40 Toneladas Métricas, cuenta con zona de maniobras para carga y descarga de los bienes y sin restricciones municipales para uso durante las 24 horas del día, la zonifi cación es compatible con el uso a destinarse, encontrándose ubicado en la Calle Villamar N° 254, Cercado de Lima, entre la primera cuadra de la Av. Argentina y Plaza Unión, cuya área registral es de 6,406 m2 con un área total construida 7,094.40 m2, de propiedad del señor Paul William Tuxford, conforme a la inscripción que aparece en la Partida Electrónica N° 49038389 de los Registros Públicos; Que, mediante Informe N° 19-2009-MP-FN-GG- GECINF/WSC del 10 de noviembre de 2009, el mismo que hace suyo la Gerencia Central de Infraestructura mediante Memorándum N° 3484-2009-MP-FN-GG-GECINF del 12 de noviembre de 2009, se señala que el local ubicado en Calle Villamar N° 254, Cercado de Lima, entre la primera Cuadra de la Av. Argentina y Plaza Unión, reúne las condiciones para ser usado como almacén o depósito, encontrándose en una zona comercial y cuenta con servicios sanitarios, electricidad, telefonía, cuenta con espacio para descarga y maniobra de vehículos; Que, los criterios básicos que permiten verifi car si efectivamente el bien o servicio es insustituible son que el bien o servicio requerido –cuyas características han sido previamente identifi cadas- no encuentra ningún equivalente en el mercado o, en el caso que existe un bien o servicio equivalente, la complejidad de la necesidad producida hace que dicha necesidad no pueda ser satisfecha por ningún otro bien o servicio semejante y que exista un solo proveedor que pueda ofrecer ese bien o servicio; Que, tratándose de adquisiciones de bienes que no admiten sustitutos, carece de objeto la convocatoria a una pluralidad de proveedores, toda vez que sólo uno podrá ofertar el bien que cumpla con las especifi caciones de la Entidad, tal como lo establece el artículo 131° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; Que, mediante Ley Nº 29330 de fecha 18 de marzo de 2009, se autoriza al Ministerio Público la adquisición y construcción de inmuebles para sedes institucionales, exceptuándose para tal efecto de las limitaciones dispuestas por los numerales 8.1. literal c y 9.6 de los artículos 8º y 9º de la Ley 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, con sujeción estricta a los montos autorizados en las respectivas genéricas de gasto y con cargo a su propio presupuesto; Que, con Memorando N° 888-2009-MP-FN-GG del 20 de noviembre de 2009, se aprobó el Expediente de contratación para la Adquisición del “Local para el funcionamiento del Almacén Central del Ministerio Público”, considerado en el Plan Anual de Contrataciones 2009, PAC, modifi cado por Resolución de Gerencia General Nº 1129- 2009-MP-FN-GG de fecha 3 de noviembre de 2009, con el Registro N° 619, cuyo valor referencial es S/.4´988,000.00 (Cuatro Millones Novecientos Ochenta y Ocho Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe N° 142-2009-MP-FN- GECLOG del 19 de noviembre de 2009, la Gerencia Central de Logística del Ministerio Público, ante la necesidad de contar con un inmueble cuyas instalaciones reúnan las características y/o requisitos para el desempeño de las actividades del Almacén Central del Ministerio Público con sede en el Centro de Lima, solicita tramitar la exoneración del proceso de selección para la adquisición de un inmueble para el proyecto “Local para el funcionamiento del Almacén Central del Ministerio Público”, por la causal de proveedor único señalando que, de los estudios previos para determinar las posibilidades que ofrece el mercado para un local para el Almacén, se desprende que solo un predio ubicado en la Calle Villamar N° 254 Cercado de Lima, de propiedad de Paul William Tuxford, cumple con los requerimientos de la Entidad, toda vez que es un inmueble amplio que cuenta con un área total de 6,406 m2 de terreno, contando con un área construida de 7,094.40 m2, superando el requerimiento técnico mínimo solicitado por la Sub Gerencia de Almacén, determinación ratifi cada por la Gerencia Central de Infraestructura y el informe de tasación del inmueble referido, de conformidad con lo establecido en el inciso e) del artículo 20° de la Ley de Contrataciones del Estado, artículo 131° y 135° de su Reglamento, aprobados por Decreto Legislativo 1017 y Decreto Supremo N° 184-2008-EF, respectivamente, por lo que solicita la exoneración del proceso de selección por la causal de bien que no admite sustituto, con lo cual se agotará la necesidad de adquirir un local para el funcionamiento del Almacén del Ministerio Público, indicando que tal exoneración debe considerar como monto contractual máximo la suma de S/.4´988,000.00 (Cuatro Millones Novecientos Ochenta y Ocho Mil y 00/100 Nuevos Soles), de acuerdo al expediente de contratación aprobado por la Gerencia General del Ministerio Público; Que, la Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto con el Memorando N° 1140-2009-MP-FN-GG-OCPLAP/02 de fecha 16 de noviembre de 2009, emite opinión favorable sobre la Factibilidad Presupuestal solicitada para la compra del “Local para el funcionamiento del Almacén Central del Ministerio Publico” por S/.4’988,000.00 con cargo a las fuentes de fi nanciamiento: 1. Rubro 00: Recursos Ordinarios y Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 1730-2009-MP-FN-OAJ, de fecha 20 de noviembre de 2009 manifi esta que, teniendo en cuenta los Informes Técnicos, se aprecia que el inmueble citado cumple con los requisitos establecidos en el artículo 20°, inciso e) de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017 y artículo 131° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, por lo que procede la exoneración del proceso de selección pertinente; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Gerencia Central de Logística, de la Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 20°, inciso e) y 21° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1017 y los artículos 131° y 135° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección para la adquisición de local para el Proyecto: “Local para el funcionamiento del Almacén Central del Ministerio Público”, ubicado en la Calle Villamar N° 254, Cercado de Lima, entre la primera Cuadra de la Av. Argentina y Plaza Unión, cuya área registral es de 6,406 m2 y con un área total construida de 7,094.40 m2, de propiedad del señor Paul William Tuxford, por la causal de proveedor único de bien que no admite sustitutos, autorizándose a la Gerencia General a suscribir el contrato correspondiente con el mencionado propietario, por un monto de hasta S/.4´988,000.00 (Cuatro Millones Novecientos Ochenta y Ocho Mil y 00/100 Nuevos Soles), egreso que se afectará a las Fuentes de fi nanciamiento 1. Rubro 00: Recursos Ordinarios y 2. Rubro 09 Recursos Directamente Recaudados, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer se efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el SEACE y, asimismo se remita a la Contraloría General de la República y al Organismo Superior de Contrataciones del Estado (OSCE), copia de la misma y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo Tercero.- Remitir copia de la presente Resolución a la Gerencia General, Gerencia Central de Logística, Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto, Órgano de Control Institucional y Ofi cina de Asesoría Jurídica, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO WILFREDO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal Supremo Titular Encargado del Despacho de la Fiscalía de la Nación 427962-1