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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de octubre de 2009 403730 deviene en procedente la autorización del viaje al exterior por las razones ya señaladas en el párrafo anterior; Que, asimismo la citada ley presupuestal, prevé que para la autorización de los viajes al extranjero de servidores y funcionarios de los Gobiernos Regionales, corresponde al Consejo Regional del Gobierno Regional autorizar dichos viajes en comisión de servicios; Que, por las consideraciones expuestas y al amparo de lo regulado en la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, de la Ley 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, en observancia del marco legislativo constituido por la Ordenanza Regional No. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional No. 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional No. 055-AREQUIPA; Estando al Dictamen de Comisión N° 019-2009- GRA/CRA-CPP de la Comisión de Normas y Asuntos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa; SE ACUERDA: Primero.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios al señor Donar Eduardo Luna Quiroz, Director del Programa Sectorial II de la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Arequipa a la Ciudad de Porto Velho – Rondonia – Brasil a la III FEIRON a realizarse del 16 al 20 de setiembre del 2009. Segundo.- Los gastos que irrogue la ejecución del presente Acuerdo Regional, se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 443, Unidad Ejecutora 757 Sede Arequipa, que comprende pasajes y viáticos hasta por la suma de S/. 2,500.00 (DOS MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES). Tercero.- A su retorno, y dentro de los 15 días calendario siguientes, el señor Donar Eduardo Luna Quiroz, deberá presentar un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva conforme a ley y en observancia a las normas regionales aprobadas para el efecto. Cuarto.- Disponer que la Ofi cina Regional de Administración cumpla con sufragar los gastos que demande la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Disponiéndose en este acto su registro y notifi cación. Arequipa, 2009 septiembre 21 JEISTER D. CHÁVEZ CARNERO Presidente del Consejo Regional de Arequipa 404088-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de febrero, abril, mayo, junio y julio del 2009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL SECTORIAL REGIONAL Nº 201-2009-GR.LAMB/DREMH Lambayeque, 21 de agosto del 2009 VISTOS: La relación de Títulos Mineros otorgados por la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de Lambayeque, en los meses de febrero, abril, mayo, junio y julio del 2009. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que específi camente resulta: Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; conforme lo señala el inciso f) del artículo 59° de la referida Ley; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008 MEM/DM, publicada con fecha el 16 de enero del 2008, en el Diario Ofi cial El Peruano, se declaró que el Gobierno Regional de LAMBAYEQUE, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de la misma; Mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 293-2008- GR-LAMB/PR, de fecha 19 de agosto del 2008, se resuelve delegar con efi cacia anticipada a partir del 17 de enero del 2008, a la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de Lambayeque, las competencias establecidas en el inciso f) del artículo 59° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, y con su complementaria Resolución Nº 363- 2008.GR.LAMB/PR, de fecha 09 de octubre del 2008, en la que se resuelve delegar con efi cacia anticipada a partir del 17 de enero del 2008, a la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de Lambayeque, las competencias establecidas en los incisos a), c), d), f), g) y h) del artículo 59° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; y, De conformidad con el Artículo 124º del D.S Nº 014-92- EM – TUO de la Ley General de Minería, el Artículo 24º del D.S. Nº 018-92-EM – Reglamento de Procedimientos Mineros y el inciso n) del Artículo 10º del D.S. Nº 084-2007-EM; Con la Visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lambayeque; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las Concesiones Mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de febrero, abril, mayo, junio y julio del 2009, A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN JEFATURAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS y G) COORDENADAS UTM DE AREAS A RESPETAR; siendo éstos los siguientes: 1.- A) AGAPE; B) 01-03626-07; C) VERONICA LOURDES BARDALES CASTILLO; D) RDRS Nº 055- 2008-GR.LAMB/DREMH 24/02/2009, RDRS Nº 081-2009- GR.LAMB/DREMH 30/03/2009; E) 17; F) V1: N9282 E652 V2: N9281 E652 V3: N9281 E651 V4: N9279 E651 V5: N9279 E649 V6: N9280 E649 V7: N9280 E650 V6: N9282 E650 2.- A) MINERA CALCAREO LAMBAYEQUE IV; B) 64-00022-08; C) FRUCTUOSO SIERRA AYSA; D) RDRS Nº 087-2009-GR.LAMB/DREMH 02/04/2009; E) 17; F) V1: N9250 E660 V2: N9249 E660 V3: N9249 E658 V4: N9250 E658. 3.- A) AUGURIOS III; B) 64-00027-08; C) SILDA ANITA VERTIZ CELLERINI; D) RDRS Nº 090- 2009-GR.LAMB/DREMH 08/04/2009; E) 17; F) V1: N9318 E658 V2: N9314 E658 V3: N9314 E656 V4: N9316 E656 V5: N9316 E655 V6: N9318 E655 4.- A) SANTA ELISA LAMBAYEQUE II; B) 64-00003-08; C) CONSTRUCTORA OLFRA S.A.C.;D)RDRS Nº 091-2009-GR.LAMB/DREMH 08/04/2009; E) 17; F) V1: N9241 E651 V2: N9241 E653 V3: N9240 E653 V4: N9240 E651 5.- A) AUGURIOS V; B) 64-00029-08; C) SILDA ANITA VERTIZ CELLERINI; D) RDRS Nº 094-2009-GR.LAMB/DREMH 13/04/2009; E) 17; F) V1: N9334 E650 V2: N9333 E650 V3: N9333 E648 V4: N9334 E648 6.- A) AUGURIOS II; B) 64-00026-08; C) SILDA ANITA VERTIZ CELLERINI; D) RDRS Nº 095-2009- GR.LAMB/DREMH 13/04/2009; E) 17; F) V1: N9320 E656 V2: N9318 E656 V3: N9318 E655 V4: N9316 E655 V5: N9316 E654 V6: N9320 E654 7.- A) AUGURIOS IV; B) 64- 00028-08; C) SILDA ANITA VERTIZ CELERINI; D) RDRS