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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de octubre de 2009 404500 DNTP UNIDAD EJECUTORA TOTAL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO 8,646.31 889 REGION PASCO - SALUD PASCO 296.46 890 REGION PASCO - SALUD AIS HOSPITAL DANIEL A. CARRION 2,427.17 891 REGION PASCO - SALUD AIS UTES OXAPAMPA 5,922.68 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA 4,229.86 899 REGION PIURA - SALUD PIURA 952.86 900 REGION PIURA - SALUD LUCIANO CASTILLO COLONNA 1,210.10 901 REGION PIURA - HOSPITAL DE APOYO III SULLANA 467.99 1026 REGION PIURA - SALUD MORROPON - CHULUCANAS 51.66 1116 REGION PIURA - HOSPITAL DE APOYO I CHULUCANAS 16.16 1117 REGION PIURA - HOSPITAL APOYO I “NUESTRA SRA. DE LAS MERCEDES” PAITA 752.09 1306 REGION PIURA - HOSPITAL DE APOYO I SANTA ROSA 779.00 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO 2,863.64 914 REGION PUNO - SALUD PUNO - LAMPA 126.86 915 REGION PUNO - SALUD MELGAR 147.41 916 REGION PUNO - SALUD AZANGARO 0.00 917 REGION PUNO - SALUD SAN ROMAN 773.83 918 REGION PUNO - SALUD HUANCANE 28.27 919 REGION PUNO - SALUD PUNO 1,542.72 920 REGION PUNO - SALUD CHUCUITO 27.29 967 REGION PUNO - SALUD YUNGUYO 5.72 968 REGION PUNO - SALUD COLLAO 203.46 1006 REGION PUNO - SALUD MACUSANI 0.00 1007 REGION PUNO - SALUD SANDIA 8.08 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN 6,724.94 930 REGION SAN MARTIN - SALUD SAN MARTIN 2,364.55 1058 REGION SAN MARTIN - SALUD ALTO MAYO 3,936.03 1059 REGION SAN MARTIN - SALUD HUALLAGA CENTRAL 407.86 1060 REGION SAN MARTIN - SALUD ALTO HUALLAGA 16.50 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA 1,311.82 935 REGION TACNA - SALUD TACNA 725.96 970 REGION TACNA - HOSPITAL DE APOYO HIPOLITO UNANUE 585.86 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES 5,611.25 940 REGION TUMBES - SALUD TUMBES 1,852.59 941 REGION TUMBES - HOSPITAL DE APOYO JAMO TUMBES 3,758.66 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI 1,817.12 950 REGION UCAYALI - SALUD UCAYALI 298.81 951 REGION UCAYALI - HOSPITAL DE APOYO DE PUCALLPA 1,257.39 952 REGION UCAYALI - HOSPITAL DE APOYO YARINACOCHA 219.87 1175 REGION UCAYALI - DIRECCION DE RED DE SALUD N°3 ATALAYA 41.05 OPD 1235 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLÁSICAS 0.00 TOTAL CALENDARIO INICIAL S/ 315,000.00 409245-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Resolución que corrige la Resolución OSINERGMIN Nº 089-2009-OS/CD que modificó la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión y su Actualización con Costos 2008 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 183-2009-OS/CD Lima, 14 de octubre de 2009 VISTO El Informe N° 0429-2009-GART emitido por la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria. CONSIDERANDO: Que, con fecha 23 de julio del año 2006, se publicó la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante “Ley N° 28832”), la cual tiene como objetivo, entre otros, el de perfeccionar el marco legal para la regulación de los sistemas de transmisión eléctrica establecido en la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobada mediante el Decreto Ley N° 25844; Que, el 17 de mayo de 2007, se expidió el Decreto Supremo N° 027-2007-EM, con el cual se aprobó el Reglamento de Transmisión; y se modifi caron los Artículos 127°, 128° y 139°, se complementó el Artículo 135° y se derogaron los Artículos 132° y 138°, del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Con ello, se reglamentó la Ley N° 28832 en lo referente a la transmisión eléctrica y se armonizó el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas con lo dispuesto en la citada Ley N° 28832; Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 010-2009-EM, que dicta medidas para promover la inversión en sistemas complementarios de transmisión eléctrica, se modifi caron y derogaron artículos del mencionado Reglamento de Transmisión, así como se modifi có el citado Artículo 139° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, el referido Artículo 139° modifi cado, en el numeral IV) de su literal b), establece que la valorización de la inversión correspondiente a las instalaciones de transmisión que no conforman los Sistemas Secundarios de Transmisión remunerados de forma exclusiva por la demanda, ni se encuentran comprendidos en un Contrato de Concesión de Sistema Complementario de Transmisión, será efectuada sobre la base de costos estándares de mercado. Seguidamente, el numeral V) señala que para este propósito, OSINERGMIN establecerá y mantendrá actualizada y disponible, para todos los interesados, la Base de Datos que corresponda; Que, en cumplimiento de lo señalado en los párrafos anteriores, mediante Resolución OSINERGMIN N° 343- 2008-OS/CD y sus modifi catorias se aprobó la “Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión” (MOD INV V1). El Artículo 3° de la indicada Resolución dispuso la actualización anual de los costos de la referida Base de Datos con información correspondiente al año anterior; Que, en este sentido, mediante Resolución OSINERGMIN N° 051-2009-OS/CD se aprobó la “Modifi cación de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión y su Actualización con Costos 2008” (MOD INV V2). Esta Base de Datos fue posteriormente modifi cada mediante Resolución OSINERGMIN N° 089-2009-OS/ CD como consecuencia del análisis de los recursos de reconsideración interpuestos por las empresas Edelnor S.A.A., Luz del Sur S.A.A. y COSANAC, y renombrada como MOD INV V3. Esta Base de Datos se constituye en uno de los elementos utilizados para sustentar la Resolución OSINERGMIN N° 156-2009-OS/CD que publicó el “Proyecto de Resolución que fi ja las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios y Complementarios aplicables al período comprendido entre el 01 de noviembre 2009 y el 30 de abril 2013” y que dispuso la recepción de opiniones y sugerencias al mencionado proyecto; Que, Edelnor S.A.A. ha señalado en sus comentarios al referido proyecto que la Base de Datos denominada MOD INV V3 no recoge todas las modifi caciones que se motivaron como resultado de los recursos de reconsideración a la Resolución OSINERGMIN N° 051- 2009-OS/CD, de conformidad con lo señalado por Resolución OSINERGMIN Nº 089-2009-OS/CD; Que, efectivamente se ha verifi cado que en la Base de Datos MOD INV V3 se han omitido las modifi caciones referidas a Obras Provisionales y a Puerta de Acceso