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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (15/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de octubre de 2009 404505 Yura S.A.), cuyos volúmenes de producción son entre 76 y 160 veces más grandes que los de COMACSA12 y que, por ende, no son comparables con la empresa productora peruana sino se efectúan previamente los ajustes respectivos a en función a la escala de producción de las empresas productoras de cemento gris. De otro lado, si bien Cemex manifestó que el costo adicional de US$ 34 corresponde a las diferencias en sus costos de producción de cemento gris y cemento blanco, no ha justifi cado el cálculo de dicho costo, pese a que ello era necesario para verifi car las variaciones estructurales existentes en los costos de producción en los que incurre Cemex en función de su escala de producción, tomando en cuenta que dicha empresa es la más grande productora mundial de cemento blanco13. Por los motivos expuestos, las variables “costo de fabricación de un productor de cemento blanco efi ciente” y “Proxy de producción efi ciente de cemento blanco” no constituyen referentes adecuados para medir la “efi ciencia” de la empresa productora local de cemento blanco, por lo que no pueden ser considerados en el presente caso. • La presunta “inefi ciencia productiva” del productor local Como ha sido señalado en la presente Resolución, Cemex cuestionó la efi ciencia productiva de la productora nacional de cemento blanco alegando que tal empresa incurriría en costos de producción superiores a los de una empresa productora “efi ciente”. En relación con este tema, en la Resolución Nº 1074- 2008/TDC-INDECOPI, la Sala señaló que existían inconsistencias en la información sobre la estructura de costos de COMACSA. Por tal motivo, ordenó a la Comisión que efectúe actuaciones de investigación adicionales para determinar si la RPN obtuvo pérdidas durante el periodo investigado y si éstas fueron causadas por las importaciones objeto de investigación14. En cumplimiento de dicha orden, la Comisión ha efectuado diversos requerimientos de información a la RPN, a los productores nacionales de cemento gris y a las productoras extranjeras de cemento blanco15. Si bien COMACSA ha presentado la información requerida por la Secretaría Técnica, en el caso de los otros productores nacionales y extranjeros a los que se ha pedido su colaboración en la investigación, sólo se ha recibido respuesta de cuatro de ellos: las productoras nacionales de cemento gris Cementos Yura S.A. y Cementos Sur S.A.; y, las productoras extranjeras de cemento blanco Argos S.A. y Camargo Correa. De acuerdo con las consideraciones formuladas en el Informe Nº 054-2009/CFD-INDECOPI, se ha podido determinar que los costos de producción de cemento blanco de COMACSA se encuentran entre los valores de los costos estimados por las empresas productoras nacionales de cemento gris que han colaborado en la investigación, ascendentes a 154 y 209.2 US$ por Tm.16 Inclusive, los costos estimados para Cementos Sur y Yura se encuentran muy por encima del costo unitario de US$ 100 por Tm. que, según Cemex, debiera enfrentar una empresa productora de cemento blanco “efi ciente”. De otro lado, en relación con la información proporcionada por las empresas productoras de cemento blanco de la región (Argos S.A. y Camargo Correa) debe indicarse que Argos S.A. ha presentado información relativa a sus costos directos de producción para el periodo 2003 – 2006, pero no ha proporcionado información sobre sus costos indirectos unitarios ni sus costos unitarios totales de producción; mientras que Camargo Correa remitió información sobre sus precios promedio de venta interna para el periodo 2004 – 2006, mas no sobre sus costos unitarios de producción. En la medida que la información proporcionada por ambas empresas no es comparable con los costos de producción de COMACSA, tal información no resulta adecuada para efectuar el análisis requerido por la Sala. Ahora bien, aun cuando en el presente caso Cemex ha proporcionado información sobre sus costos de producción en US$ por Tm. para el periodo de análisis, éstos tampoco pueden ser utilizados para medir la efi ciencia productiva de COMACSA, considerando la mayor escala de producción de la primera. En efecto, como ha sido señalado en el Informe Nº 054-2009/CFD- INDECOPI, Cemex produce anualmente 37,1 millones de Tm. al año frente a las 11,000 Tm. producidas anualmente por COMACSA. Es decir, la empresa denunciada produce cemento blanco en una proporción que resulta más de 3,000 veces mayor a la producción anual de la productora local, por lo que no resultaría equitativo comparar los niveles de costos de ambas empresas. • Depreciación acelerada y reasignación de costos por líneas de producción Cemex ha señalado que la inefi ciencia de COMACSA se demuestra en la depreciación acelerada de sus maquinarias y en la metodología empleada para calcular la “reasignación de costos indirectos por líneas industrias”, la cual carecería de sustento técnico válido y se basaría en criterios arbitrarios. Asimismo, Cemex ha manifestado que para validar el empleo de la “reasignación de costos indirectos por líneas industriales” de COMACSA se debía conocer cuántos frentes de trabajo tiene dicha empresa respecto de la explotación de canteras y cuántas de éstas se emplean para la producción de cemento blanco. No obstante, los argumentos formulados por Cemex para cuestionar los criterios utilizados por COMACSA para aplicar la depreciación en su maquinaria, determinar la forma de explotación de sus canteras o para destinar sus costos de producción dentro de una estructura particular, no resultan pertinentes en el análisis del presente caso, atendiendo a que, en concordancia con el principio de libre iniciativa privada reconocido constitucionalmente en el Perú, corresponde a cada empresa establecer libremente los criterios de asignación de sus recursos, gestión, organización y manejo contable, en función de las características y particularidades de la actividad empresarial que realiza. 12 Estos cálculos se pudieron obtener a partir de la información sobre los costos de las empresas productoras de cemento gris para el año 2006 que obran en el Expediente Nº 065-2007-CDS, correspondiente al procedimiento de investigación iniciado por Cementos Lima S.A. contra Cemex Dominicana S.A. por presuntas prácticas de dumping en las exportaciones al Perú de cemento gris, provenientes de la República Dominicana. 13 Cemex produce anualmente 37,1 millones de Tm. al año frente a las 11,000 Tm. producidas anualmente por COMACSA. 14 La Sala indicó que las actuaciones de investigación adicionales a cargo de la Comisión para corroborar la información presentada por Comacsa sobre los costos de producción de la industria nacional, podría incluir las siguientes acciones: (i) requerir a Comacsa el detalle fundamentado de sus costos de producción; (ii) requerir a las empresas nacionales que se dediquen a la producción de cemento gris que informen cuál es el costo de producción estimado por tonelada métrica; o, (iii) consultar, a modo de referencia, información sobre los costos de producción de empresas extranjeras en economías similares a la peruana. 15 La Secretaría Técnica de la Comisión, en cumplimiento de las disposiciones de la Sala, requirió a COMACSA el detalle fundamentado de sus costos de producción. Asimismo, solicitó a ocho (4) empresas extranjeras productoras de cemento blanco en la región información sobre su estructura de costos: Argos S.A. de Colombia, Cementos Cruz Azul de México S.A. de C.V., Lafarge Cementos S.A. de C.V. y Camargo Correa de Brasil. Adicionalmente, se formularon pedidos de información a otras cuatro (4) empresas productoras de cemento blanco que fueron identifi cadas por la Comisión: Lafarge Cementos S.A. de C.V., Cementos Cerro Blanco S.A., Cemento Vencemos, Holcim, Cementos Cruz Azul, Cementos Monteczuma S.A. De igual manera, requirió a seis (6) empresas productoras nacionales de cemento gris en el Perú que estimen el costo de producción y precio de venta en el mercado peruano de cemento blanco en caso se dedicasen a la fabricación de dicho producto: Yura, Cemento Sur, Cemento Andino S.A., Cementos Lima S.A., Cementos Pacasmayo S.A.A. y Cementos Selva S.A. 16 Estos valores fueron obtenidos sobre la base de los costos proporcionados por Cementos Sur y Yura (112.88 y 152.86 US$ por Tm., respectivamente), a los cuales se les realizó un ajuste en función de los volúmenes de producción de cemento blanco de COMACSA (11,000 Tm.). Al respecto, véase el acápite D.1 del Informe Nº 054-2009/CFD-INDECOPI.