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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (31/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de octubre de 2009 405403 proyectos de inversión que se propongan y prioricen en el proceso del presupuesto participativo deben responder a los objetivos establecidos en los Planes de Desarrollo Concertados”; asimismo agrega en el punto 3.3: “Consejo Regional y Concejo Municipal.- b) Toman en cuenta en la aprobación y modifi caciones del presupuesto institucional las prioridades de inversión identifi cadas en el proceso de Presupuesto Participativo”; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 018-2009- CR/GOB.REG.TACNA, se aprueba el Cronograma de Ejecución de Actividades Propuestas 2009, para el Proceso Participativo Presupuestal 2010 del Gobierno Regional de Tacna; así como, el Reglamento de Identifi cación de los Agentes Participantes para el proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2010 del Gobierno Regional de Tacna y el Reglamento de Conformación del Equipo Técnico para la Formulación, Evaluación y Asesoría en el Proceso de Presupuesto Participativo 2010 del Gobierno Regional Tacna; Que, con Oficio 460-2009-PR-GOB.REG.TACNA, Presidencia Regional solicita al Consejo Regional la Aprobación de la Formalización de Acuerdos y Compromisos con la Sociedad Civil, del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2010; adjuntando al mismo el Informe Nro. 645-2009-ORAJ/G.R.TACNA de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 019-2009-SGPLAT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; ambos informes señalan y recomiendan la aprobación de la propuesta normativa; Que, en aplicación del Reglamento Interno del Consejo Regional, la propuesta normativa se deriva a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que emita el Dictamen correspondiente; por lo que, analizada, debatida y modifi cada al interior de la Comisión, se emite el Dictamen Nº 012-2009-CR-COPPAT, el cual aprueba por unanimidad la propuesta normativa; Que, por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, se aprobó por Unanimidad, la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR LA PRIORIZACIÓN DE LOS PROYECTOS (59) ESTABLECIDOS EN PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PRESUPUESTAL – 2010, EL CUAL FORMA PARTE COMO ANEXO 1 DE LA PRESENTE ORDENANZA. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y demás entes regionales implementen la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo el anexo se publicará en el portal del Gobierno Regional de Tacna, www.regiontacna.gob.pe, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veintiuno de octubre del año dos mil nueve. ROBERT JULIO PERALTA REYNOSO Consejero Delegado Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día veintitrés de octubre del año dos mil nueve. HUGO ORDOÑEZ SALAZAR Presidente del Gobierno Regional de Tacna 416089-1 Modifican el Reglamento para la elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR) ORDENANZA REGIONAL Nº 030-2009-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiuno de octubre del año dos mil nueve, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 011-2007- CR/GOB.REG.TACNA se aprueba el Reglamento para la Elección de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR); Que, con Ofi cio Nº 500-2009-PR-GOB.REG.TACNA, Presidencia Regional solicita al Consejo Regional que aprobar la modifi cación de los artículos 19, 20, 21, 22, 28 y 34 del Reglamento para la elección de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR), adjuntando al mismo el Informe Nº 248-2009-SGDO-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y el Informe Nº 800-2009- ORAJ/G.R.TACNA de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, ambos informes recomiendan la aprobación de la propuesta normativa; Que, mediante el Dictamen Nº 013-2009-CR-COPPAT, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, aprueba por unanimidad la propuesta normativa; Que, por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, se aprobó por Unanimidad, la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- MODIFÍQUENSE LOS ARTÍCULOS 19, 20, 21, 22, 28 Y 34 DEL REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL (CCR), con los siguientes textos: “Artículo 19º.- La Secretaría Técnica del CCR procederá a evaluar los documentos sustentatorios de inscripción. Artículo 20º.- Vencido el plazo de presentación y recepción de las solicitudes de inscripción y/o