Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2009 (31/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ambiental el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 416076-1

Tercero.- El Comite Electoral como MORDAZA autoridad del MORDAZA velara por su cumplimiento. Cuarto.- Encarguese a la Gerencia Municipal para que dicte las medidas que correspondan para el cumplimiento del presente Decreto. Expedido a los catorce dias del mes de octubre del ano dos mil nueve. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 416398-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Convocan a elecciones para los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital
DECRETO DE ALCALDIA Nº 07-2009/MDLCH EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº067-CDL-CH de 18 de agosto de 2005, se modifico el MORDAZA parrafo del articulo 8º de la Ordenanza Nº046-CDL-CH aprobatoria del Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital, estableciendose que la convocatoria a elecciones de los representantes de la sociedad civil como miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital, se realizara cuando menos 30 dias calendario MORDAZA del termino del mandato de los actuales representantes y la eleccion de los nuevos cuando menos cinco (05) dias calendario MORDAZA del termino del referido mandato. Que, en cumplimiento del articulo 8º de la Ordenanza Nº 046-CDL-CH, es necesario convocar a elecciones de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital. Que, estando a lo dispuesto por la Ordenanza Nº046CDL-CH modificada por la Ordenanza Nº067-CDL-CH, articulo 102º de la Ley Organica de Municipalidades Nº27972 asi como a las atribuciones previstas por el articulo 20º, inciso 6) de la misma ley. DECRETA: Primero.- Convocar a Elecciones para los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital del distrito de Lurigancho Chosica, para el periodo 2009 - 2011, las que se llevaran a cabo el dia 15 de noviembre de 2009, en el Centro Cultural Municipal, ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, s/n, San MORDAZA Bajo, Chosica, conforme al siguiente cronograma:
- Inscripciones - Tachas - Publicacion de la Lista Oficial - MORDAZA Electoral - Publicacion de Resultados Del 15 al 31 de octubre Del 02 al 05 de noviembre 10 de noviembre 15 de noviembre de 09:30 hrs. a 15.30 hrs. 15 de noviembre a 18.00 hrs.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 413-MDMM MORDAZA MORDAZA, 29 de setiembre de 2009 LA MORDAZA MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 18 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 46º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en funcion a la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias. Concordante con ello esta lo dispuesto en el articulo 47º de la MORDAZA acotada, que senala que el Concejo Municipal aprueba y modifica la escala de multas respectivas; Que, el Poder Ejecutivo dentro de la implementacion del Acuerdo de Promocion Comercial Peru ­ Estados Unidos, dicto y aprobo una serie de normas, dentro de las cuales se encontraba el Decreto Legislativo Nº 1014, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 16 de MORDAZA de 2008, orientado a impulsar la inversion en infraestructura para la provision de servicios publicos esenciales para el desarrollo humano, a traves de la implementacion de medidas que eliminen sobrecostos y logren una efectiva simplificacion administrativa, en beneficio de los usuarios de dichos servicios publicos; Que, el articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 1014 establece que sus disposiciones son aplicables a las empresas privadas y entidades del sector publico que realizan la prestacion de uno o mas servicios publicos esenciales, tales como: a) Agua potable y alcantarillado; b) Transmision y Distribucion de Electricidad, asi como alumbrado publico; c) Gas Natural, y; d) Telecomunicaciones; Que, el articulo 10º de la MORDAZA acotada incorpora el articulo 231-A en la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, que establece fundamentalmente que en el caso de infracciones administrativas pasibles de multas que tengan como fundamento el incumplimiento de la realizacion de tramites, obtencion de licencias, permisos y autorizaciones u otros procedimientos similares ante

Segundo.- Constituir el Comite Electoral como organismo MORDAZA que tendra a su cargo todo el MORDAZA eleccionario descrito en la clausula anterior, el mismo que estara integrado de la siguiente manera: - El Gerente de Desarrollo Social, quien lo presidira. - El Secretario General del Concejo. - El Gerente de Planeamiento y Presupuesto. - Un representante de la Gerencia de Asesoria Juridica como Secretario Tecnico

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