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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de abril de 2010 416722 El interesado presentará una solicitud a la Dirección Ejecutiva del SENASA en formato proporcionado por el SENASA de su jurisdicción, adjuntando los siguientes requisitos: 3.1. Comprobante de pago por derecho de inspección para registro, según lo indicado en el inciso d) del artículo 60º de este Reglamento. 3.2. Informe técnico de Inspección favorable. La Dirección Ejecutiva del SENASA fi jará fecha y hora de la inspección, en la que se constatará lo siguiente: a. Condiciones mínimas de infraestructura, manejo y sanidad. b. Registro de procedencia de la especie suina. c. Contar con los certifi cados de vacunación del ganado suino (domésticos y salvajes), cuando corresponda. d. Certifi cado de tránsito interno. IV.- REQUISITOS PARA REGISTRO DE ACOPIADORES DE GANADO PORCINO (Artículo 50°) El interesado presentará una solicitud a la Dirección Ejecutiva del SENASA en formato proporcionado por el SENASA de su jurisdicción, adjuntando los siguientes requisitos: a. Comprobante de pago por derecho de inspección para registro, según lo indicado en el inciso e) del artículo 60º de este Reglamento. b. Copia de Documento de identidad. c. Lista de sus proveedores y procedencia de los animales. V.- REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE PROFESIONAL RESPONSABLE DE GRANJA PORCINA (Artículo 51°) El interesado presentará una solicitud a la Dirección Ejecutiva del SENASA en formato proporcionado por el SENASA de su jurisdicción, adjuntando los siguientes requisitos: a. Comprobante de pago por el registro, según lo indicado en el inciso c) del Artículo 60º de este Reglamento. b. Copia simple del Documento Nacional de Identidad. c. Copia del título de médico veterinario. d. Certifi cado de habilidad del Colegio Médico Veterinario. e. Currículum vitae narrativo. El Registro del Profesional Responsable tendrá una vigencia de cinco años, el mismo que será renovado antes de la fecha de su vencimiento, y deberá ser solicitado con treinta (30) días de anticipación. 477421-1 Encargan funciones de las Administraciones Locales de Agua Las Yangas - Suite y Alto Piura - Huancabamba RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 220-2010-ANA Lima, 31 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 188-2010-ANA, del 10 de marzo del 2010, en su artículo 3º, se procedió a la creación y delimitación de las Administraciones Locales de Agua de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, estando entre ellas la Autoridad Local de Agua Las Yangas – Suite; Que, resulta necesario encargar al nuevo profesional que asuma las funciones de la Administración Local de Agua Las Yangas – Suite; Que, de conformidad con los dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008- AG: “Los Directores y Administradores Locales de Agua, califi cados como empleados de confi anza, serán designados por Resolución Jefatural de la Autoridad Nacional del Agua”; y, Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el articulo 10º inciso g) del Decreto Supremo antes citado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, a partir de la fecha, al Ingeniero Segundo Niciades Pérez Marrufo las funciones de la Administración Local de Agua Las Yangas – Suite. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO PALOMINO GARCIA Jefe Autoridad Nacional del Agua 476903-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 221-2010-ANA Lima, 31 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 011-2010- ANA, del 12 de enero del 2010, se encargaron las funciones de la Administración Local de Agua Alto Piura – Huancabamba, al Ingeniero Segundo Niciades Pérez Marrufo; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 220 -2010- ANA, el citado profesional ha asumido la encargatura de la Autoridad Local de Agua Las Yangas – Suite; Que, resulta necesario encargar al nuevo profesional que asuma las funciones de la Administración Local de Agua Alto Piura - Huancabamba; Que, de conformidad con los dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008- AG: “Los Directores y Administradores Locales de Agua, califi cados como empleados de confi anza, serán designados por Resolución Jefatural de la Autoridad Nacional del Agua”; y, Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el artículo 10º inciso g) del Decreto Supremo antes citado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura del Ingeniero Segundo Niciades Pérez Marrufo en el cargo de Administrador Local de Agua Alto Piura – Huancabamba, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar, a partir de la fecha, al Ingeniero Miguel Antonio Flores Zeta las funciones de la Administración Local de Agua Alto Piura – Huancabamba. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO PALOMINO GARCIA Jefe Autoridad Nacional del Agua 476903-2