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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (23/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de abril de 2010 417696 Que, por necesidades del servicio, se ha visto por conveniente dar por concluida la mencionada designación, así como emitir el acto mediante el cual se designe a la persona que se desempeñará en dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26918 – Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo, la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004- MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, modifi cado por Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor ALDO SALAMANCA PILCO como miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Tacna, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la señora LOURDES SOLEDAD AGUIRRE LAGOS VDA. DE CORTEZ como miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 484739-1 PRODUCE Otorgan a Inversiones Frigoríficas PRC S.A.C. autorización para instalación de establecimiento industrial pesquero RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 145-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 11 de marzo del 2010 Visto los escritos con Registro Nº 00014284-2010, Adjuntos 1 y 2 de fechas 15 y 25 de febrero, y 3 de marzo del 2010, presentados por la empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C. CONSIDERANDO: Que el inciso b) del numeral 4 del artículo 43º, artículo 44º y artículo 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la instalación de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorización, la que constituye un derecho específi co que el Ministerio de Pesquería, actualmente Ministerio de la Producción, otorga a plazo determinado y, a nivel nacional; Que el artículo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que las personas naturales o jurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requerirán de autorización para la instalación o aumento de la capacidad de operación del establecimiento industrial y de licencia para la operación de cada planta de procesamiento; Que mediante Resolución Ministerial Nº 218-2001-PE del 28 de junio de 2001, se establecen normas para el funcionamiento de plantas de harina de pescado residual, las cuales tienen por objeto someter a un proceso gradual de transformación a dicho pescado residual, a fi n de contribuir con el aprovechamiento integral y racional de los recursos hidrobiológicos destinados a las actividades de enlatado, congelado y curado, complementando la función del sistema de tratamiento de residuos y desechos: Que el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 205- 2006-PRODUCE del 11 de agosto del 2006, dispone entre otros, que la planta de harina de pescado residual deberá ser accesoria y complementaria al funcionamiento de la actividad principal y ser de uso exclusivo para el procesamiento de los residuos y pescado descartado provenientes de las plantas de enlatado, congelado o curado del titular de los derechos administrativos, cuya capacidad instalada estará en relación directa a las cantidades de residuos de pescado generado y descartado; Que mediante los escritos del visto, la empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C. solicita autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar las actividades de procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de las plantas de congelado con capacidad de 55 t/día y su almacenamiento de 806 t y harina de pescado residual con capacidad de 7.5 t/h, a ubicarse a la altura del Km. 445 de la Carretera Panamericana Norte, distrito y provincia del Santa, departamento de Ancash; Que la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, mediante Certifi cado Ambiental Nº 026-2009- PRODUCE/DIGAAP, señala que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C. ha obtenido califi cación favorable para la autorización de instalación de una planta de congelado y harina residual de productos hidrobiológicos; Que, en cumplimiento de la norma sanitaria para las actividades pesqueras y acuícola, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, la administrada ha cumplido con alcanzar el Protocolo Técnico Sanitario para la Autorización de Instalación Nº PTI-007-10-CG- HA-SANIPES, expedido por el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, mediante el cual, se ha examinado y evaluado la memoria descriptiva y los planos del proyecto de instalación de una planta de congelado de recursos hidrobiológicos, con el resultado que muestran conformidad con los requerimientos de diseño establecidos en la norma sanitaria para actividades pesquera acuícolas; Que de acuerdo a la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 26 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar las autorizaciones solicitadas; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, a través de su Informe Nº 100- 2010-PRODUCE/DGEPP-Dch y, con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con el numeral 4 inciso b) del artículo 43º, los artículos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los artículos 49º, 52º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; Resolución Ministerial Nº 205-2006-PRODUCE; y el procedimiento Nº 26 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C. autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero para realizar las actividades de procesamiento de productos hdirobiológicos, a través de las plantas de congelado y harina de pescado residual de carácter accesorio y complementaria a su actividad principal, a ubicarse a la