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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2010 (28/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 50

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de enero de 2010 412269 la referida Universidad en cumplimiento de la Resolución Nº 197-2009-CONAFU; Que, por Resolución Nº 312-2009-CONAFU de fecha 3 de julio de 2009, se resuelve declarar inadmisible la solicitud de aprobación de PDI Modifi cado de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, otorgándole un plazo de 08 días hábiles a fi n que subsane las defi ciencias persistentes, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada su solicitud y archivarse el expediente en caso de incumplimiento; Que, con Carta 196-09-Presidencia/UARM recibido con fecha 27 de agosto de 2009, el doctor Vicente Santunc Laborde S.J, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, remite el levantamiento de las observaciones del PDI Modifi cado de la referida Universidad en cumplimiento de la Resolución Nº 312-2009-CONAFU; Que, por Resolución Nº 479-2009-CONAFU de fecha 7 de octubre de 2009, se resuelve admitir a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional Modifi cado de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, presentado por el doctor Benjamín Fernández- Dávila Olivera, SJ Vicepresidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya; Que, por Resolución Nº 489-2009-CONAFU de fecha 12 de octubre de 2009, se resuelve conformar la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional Modifi cado de Universidad Antonio Ruiz de Montoya; la cual estará integrada por los siguientes profesionales: Jorge Arturo Benites Robles, Ludovina Gutiérrez Castro y Tula Espinoza Moreno, en calidad de presidente, secretaria y vocal respectivamente; Que, por Ofi cio Nº 1996-2009-CONAFU-P de fecha 18 de noviembre de 2009, el Presidente del CONAFU remite a la Universidad Antonio Ruiz de Montoya el Informe Preliminar, realizado por la Comisión encargada de evaluar el PDI Modifi cado de la referida Universidad, conteniendo las observaciones realizadas otorgándole para su subsanación correspondiente el plazo de quince (15) días hábiles de conformidad a lo dispuesto en Reglamento del CONAFU aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU; Que, con Ofi cio Nº 266-09-UARM-Presidencia recibido con fecha 2 de diciembre de 2009, el doctor Vicente Santunc Laborde S.J, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, remite el levantamiento de las observaciones del PDI Modifi cado de la referida Universidad dando cumplimiento al Ofi cio Nº 1996-2009-CONAFU-P; Que, por Ofi cio Nº 1217-2009-CONAFU-CDAA de fecha 21 de diciembre de 2009, el Consejero de Asuntos Académicos del CONAFU informa al Pleno, que el Presidente de la Comisión Califi cadora del PDI Modifi cado de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, remite su Informe Final donde recomienda que se debería aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional Modifi cado de la referida Universidad; asimismo conformar la Comisión encargada de evaluar el Quinto Informe de Autoevaluación; Que, en sesión de fecha 22 de diciembre de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 582-2009-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional Modifi cado de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, con las Carreras Profesionales de: de: 1.- Turismo Sostenible, 2.- Periodismo, 3.- Filosofía, 4.- Ciencias Políticas, Educación Secundaria con la especialidades de: a) Filosofía y Ciencias Sociales; y b) Lengua y Literatura. En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Único.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional Modifi cado de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, con las Carreras Profesionales de: 1.- Turismo Sostenible, 2.- Periodismo, 3.- Filosofía, 4.- Ciencias Políticas, Educación Secundaria con la especialidades de: a) Filosofía y Ciencias Sociales; y b) Lengua y Literatura. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 450489-2 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado Chullisana RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 026-2010-JNAC/RENIEC Lima, 21 de enero de 2010 VISTOS: El Informe N° 000406-2009/SGIRC/GRC/ RENIEC (17DIC2009) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles y el Informe N° 000002-2010-GRC/RENIEC (04ENE2010) de la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, la Ofi cina Registral que funciona en la Municipalidad de Centro Poblado a que se refi ere los Informes del Visto, ha formalizado expediente para la regularización de delegación de funciones registrales, el cual ha sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegación referida, a fi n de establecer la vinculación funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; así como por lo establecido en el Decreto Supremo No. 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado Chullisana, Distrito San Antonio de Cachi, Provincia de Andahuaylas, Departamento de Apurímac. Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del Estado Civil señalada en el artículo 1, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado Chullisana; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.- EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 450506-1