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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de enero de 2010 412272 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27º de la Ley General y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la precitada norma legal; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, el funcionamiento de “Financiera Uno S.A.” como una empresa fi nanciera, la que podrá realizar las operaciones señaladas en el artículo 284º de la Ley General, debiendo para la captación de depósitos contar con la previa autorización de esta Superintendencia, conforme a lo señalado en la Resolución SBS Nº 3371-2009. Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría General de esta Superintendencia se otorgue el correspondiente certifi cado de autorización de funcionamiento, el que deberá ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el diario ofi cial El Peruano y la segunda en uno de extensa circulación nacional, debiendo exhibirse de forma permanente copia certifi cada de dicho documento en las ofi cinas de la empresa, en lugar visible al público Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 450590-1 Autorizan a Citibank del Perú el traslado de oficina especial ubicada en la ciudad de Chiclayo RESOLUCIÓN SBS Nº 603-2010 Lima, 20 de enero de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Citibank del Perú, para que se le autorice el traslado de una (1) Ofi cina Especial, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el mencionado traslado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A” mediante el Informe Nº 08-2010- DSB“A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Citibank del Perú para el traslado de una (1) Ofi cina Especial ubicada en Manuel María Izaga 711-A, Segundo Piso a Manuel María Izaga 715, ciudad de Chiclayo, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 450495-1 Modifican el TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones RESOLUCIÓN SBS Nº 746-2010 Lima, 25 de enero de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe Nº 065 -2009-DOC de fecha 17 de diciembre del 2009, elaborado por el Departamento de Organización y Calidad referente a la modifi cación de procedimientos administrativos relacionados con el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia; CONSIDERANDO: Que, con la fi nalidad de precisar el alcance, el plazo, requisitos, forma de envio de información y las condiciones que deben cumplir los documentos a ser presentados a la Superintendencia para la emisión de las Constancias de Irrecuperabilidad de créditos y/o cuentas por cobrar, se han efectuado modifi caciones a la Circular que regula la emisión de la Constancia de Irrecuperabilidad para Castigo Tributario de Créditos y Cuentas por Cobrar; Que, para precisar los plazos, la forma de envío, requisitos y el contenido del informe sobre la evaluación del impacto de los instrumentos fi nancieros en el perfi l de riesgo de la empresa emisora que los supervisados deben presentar a la Superintendencia, se han efectuado modifi caciones a la Norma de Emisión en Serie de Instrumentos Financieros; Que, debido a las modifi caciones normativas señaladas en los considerandos anteriores, se hace necesario efectuar las adecuaciones a los procedimientos administrativos relacionados a las citadas normas consignados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomía funcional que le confi ere el artículo 346º de la Ley Nº 26702 y al artículo 38º de la Ley Nº 27444, aprobar las modifi caciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA institucional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolución SBS Nº 131- 2002, en los siguientes procedimientos administrativos: procedimiento Nº 32 Constancia de irrecuperabilidad para castigo tributario de créditos y/o cuentas por cobrar de Empresas de Operaciones Múltiples y Empresas Especializadas, y procedimiento Nº 25 Opinión favorable sobre emisión en serie de Instrumentos Financieros para Empresas del Sistema Financiero y de Seguros cuyo texto modifi cado se anexa a la presente Resolución y se publica conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 004-2008- PCM, reglamento de la Ley Nº 29091. (Portal institucional: www.sbs.gob.pe). Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 450719-1 Aprueban Circular referente a la Constancia de Irrecuperabilidad de Créditos y Cuentas por Cobrar CIRCULAR Nº B-2185-2010 Lima, 25 de enero de 2010