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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de febrero de 2010 413885 ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Disponen expedir títulos a favor de Jueces Superiores de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte, Callao y Lima RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 032-2010-CNM Lima, 1 de febrero del 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 343-2010-CE-PJ de fecha 18 de enero del 2010, remitido por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 343-2010-CE-PJ de fecha 18 de enero del 2010, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 392-2009-CE-PJ de fecha 21 de diciembre del 2009, que declara fundada la solicitud de traslado por razones de unidad familiar presentada por el magistrado Vicente Amador Pinedo Coa, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia del Cusco; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquía en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión de fecha 28 de enero del 2010, y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura- , y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor VICENTE AMADOR PINEDO COA, de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia del Cusco. TIPIFICACIÓN DE LA INFRACCIÓN BASE LEGAL Sancion Pecuniaria Organos Competentes para resolver PRIMERA INSTANCIA SEGUNDA INSTANCIA O.I. O.S. 1 No presentar ante el Ministerio de Energía y Minas el Plan de Remediación Ambiental , respecto de actividades o proyectos mineros, o actividades conexas o vinculadas a éstas. Artículo 3° y 4º del DSMRA Artículos 2° y 3° de LSEIA Artículo 15° del RLSEIA Hasta 1 000 UIT GFM GG CONSEJO DIRECTIVO* 2 Concluir de manera extemporánea con lo establecido en el cronograma de actividades contenido en el Plan de Remediación Ambiental. Artículo 1°, 3° y numeral 4.5 del art. 4° del DSMRA Hasta 2 000 UIT GFM GG CONSEJO DIRECTIVO* 3 Incumplir las medidas, obligaciones y compromisos aprobados en el Plan de Remediación Ambiental. Artículo 3° y 4° del DSMRA Hasta 10 000 UIT GFM GG CONSEJO DIRECTIVO* 4 No comunicar a OSINERGMIN la conclusión de la ejecución del Plan de Remediación Ambiental. Artículo 7º del DSMRA Hasta 1 000 UIT GFM GG CONSEJO DIRECTIVO* 5 No presentar el Estudio Ambiental correspondiente dentro del plazo de 6 meses contados a partir de la fecha de acogimiento. Primera Disposición Transitoria del DSMRA Hasta 2 000 UIT GFM GG CONSEJO DIRECTIVO* ANEXO TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES Y ESCALA DE SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES DEL DECRETO SUPREMO 078-2009-EM LEYENDA (Referencia Legal) LEYENDA (Organos competentes para Resolver) DSMRA Implementan medidas de remediación ambiental a cargo del titular minero que haya - O.I. Organo Instructor realizado actividades y/o ejecutado proyectos relacionados con actividades mineras previstas en la Ley General de Minería, Decreto Supremo N° 078-2009-EM LSEIA Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Ley Nº 27446 - O.S. Organo Sancionador RLSEIA Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM - GFM Gerencia de Fiscalización Minera - GG Gerencia General - CD Consejo Directivo LEYENDA (Sanción Pecuniaria) - UIT - Unidad Impositiva Tributaria NOTA: * De forma transitoria el órgano competente en segunda instancia es el Consejo Directivo del OSINERGMIN en tanto se concluya la implementación del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería. 457326-2