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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2010 (02/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de julio de 2010 421589 desarrollo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Segunda.- Las acciones defi nidas para el Proceso del Presupuesto Participativo, se realizan siguiendo una secuencia lógica, en la cual se superponen la revisión del proceso del año anterior, la ejecución de los acuerdos del año en curso, los trabajos de programación del año siguiente y sus implicancias en años subsiguientes. Tercera.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto será la responsable de ingresar en el Aplicativo Informático toda la información correspondiente al Presupuesto Participativo del respectivo Año fi scal, requerida por el Ministerio de Economía y Finanzas. 513441-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Modifican el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias a favor de los Contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2010/MLV La Victoria, 25 de junio del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el memorandum Nº 423-2010-GR- MLV de 21 de junio del 2010 emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 189-2010-GAJ-MDLV del 23 de junio del 2010 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 28607 – Ley de Reforma Constitucional – en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 36º del Texto Único Ordenado – TUO – del Código Tributario aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece la facultad de conceder aplazamiento y/o fraccionamiento de deudas tributarias, al deudor tributario que lo solicite; Que, en atención a lo expuesto, mediante Decreto de Alcaldía Nº 006-2010/MLV, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 11 de junio del 2010, se aprobó el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias a favor de los Contribuyentes del distrito, norma a través de la cual se establecieron mecanismos más fl exibles y se mejoraron las facilidades y condiciones que se otorgaban a los contribuyentes respecto al fraccionamiento de sus adeudos, con el objeto de incentivar el cumplimiento de este tipo de obligaciones y en consecuencia mejorar la recaudación, lo cual permitiría mejorar los servicios públicos que se brindan a la población; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en el artículo 20º numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; DECRETA: MODIFICAR EL REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO Artículo Primero.- Modifíquese el artículo 13º del Decreto de Alcaldía Nº 006-2010/MLV que aprobó el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias a favor de los Contribuyentes del distrito, el cual quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 13º.- De la pérdida de fraccionamiento Sin perjuicio de los requisitos para la pérdida de fraccionamiento establecidos en el artículo 37º del Decreto de Alcaldía Nº 003-2009-ALC/MLV, queda precisado que el incumplimiento de dos (2) cuotas vencidas genera la pérdida del benefi cio, para lo cual la Subgerencia de Recaudación y Control expedirá la resolución correspondiente. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto la suspensión de la vigencia del Decreto de Alcaldía Nº 006-2009-ALC/ MLV que establece la incorporación del fraccionamiento especial para contribuyentes que tengan desde sesenta (60) años de edad a más y cuyos predios se ubiquen en las zonas especiales establecidas en el Decreto de Alcaldía Nº 003-2009-ALC/MLV. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 513461-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº 339-MPL que estableció un Régimen Excepcional de Regularización de Obligaciones Tributarias y Administrativas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09-2010-MPL Pueblo Libre, 30 de junio de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 339-MPL publicada el 12 de junio de 2010, se estableció un Régimen Excepcional de Regularización de Obligaciones Tributarias y Administrativas, con vigencia hasta el 30 de junio de 2010; Que, conforme lo establece la Segunda Disposición Final de la citada Ordenanza, se faculta al Alcalde a dictar mediante Decreto de Alcaldía las medidas complementarias para el adecuado cumplimiento de la misma, incluyendo su prórroga de ser necesario; Que, es necesario prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 339-MPL a fi n de extender sus benefi cios a un mayor número de contribuyentes; Que, el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que es facultad de la autoridad administrativa disponer la efi cacia anticipada de sus actos, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no se agravie el interés de terceros, como es el presente caso. En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972: DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 339-MPL hasta el 16 de julio de 2010. Artículo Segundo.- DISPONER que el presente Decreto tendrá efi cacia anticipada a partir del 01 de julio de 2010. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 513867-1